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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 28 de diciembre de 1990 por la que se modifica la de 21 de enero de 1988 sobre tramitación de expedientes de construcción y modernización de la flota pesquera y de las correspondientes ayudas en 1988, estableciendo los plazos de presentación de expedientes para el año 1991.

BOE-A-1991-66Publicada: 03/01/1991MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 28 de diciembre de 1990 por la que se modifica la de 21 de enero de 198 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece los plazos de presentación de expedientes para el año 1991 en materia de construcción y modernización de la flota pesquera, modificando una disposición anterior de 1988. 2. **CONTEXTO** La norma se enmarca en el marco regulatorio de la actividad pesquera en España, con el objetivo de regular la tramitación de expedientes relacionados con la modernización de la flota. Fue publicada como Orden Ministerial en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 28 de diciembre de 1990. Se trata de una norma de actualización de una disposición previa de 1988. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 28 de diciembre de 1990 modifica la Orden de 21 de enero de 1988, que establecía los plazos de presentación de expedientes de construcción y modernización de la flota pesquera, así como las ayudas correspondientes en 1988. La norma establece nuevos plazos para el año 1991, con el fin de regular el proceso de tramitación de los expedientes de forma más eficiente y transparente. En concreto, la norma establece que los interesados deberán presentar los expedientes en el plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de publicación de la Orden, que fue el 28 de diciembre de 1990. Esto significa que el plazo final para la presentación de los expedientes sería el 27 de enero de 1991. Además, la norma establece que los expedientes deberán cumplir con los requisitos previamente establecidos en la Orden de 1988, incluyendo la documentación necesaria y la justificación de la necesidad de modernización. La norma también establece que los expedientes deberán ser tramitados por las autoridades competentes, que serán las que correspondan según la normativa vigente en materia de pesca. La norma no introduce nuevos requisitos sustanciales, sino que se limita a establecer plazos más claros y específicos para el año 1991, con el fin de mejorar la eficacia del sistema de tramitación. No se menciona la posibilidad de prórrogas ni excepciones, salvo en casos de fuerza mayor o causas justificadas, que deberán acreditarse ante las autoridades competentes. La norma también establece que los expedientes deberán ser tramitados en el ámbito territorial correspondiente, según la ubicación de la flota pesquera o la actividad desarrollada. La norma no establece un régimen de tramitación distinto para los diferentes tipos de expedientes, sino que se aplica de forma general. En resumen, la norma tiene como objetivo principal la regularización del proceso de tramitación de los expedientes de construcción y modernización de la flota pesquera, estableciendo plazos claros y específicos para el año 1991, con el fin de garantizar una gestión eficiente y transparente de dichos expedientes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece nuevos plazos para la presentación de expedientes de modernización de la flota pesquera en 1991. Se basa en una norma anterior de 1988 y busca mejorar la eficacia del sistema de tramitación. No introduce cambios sustanciales en los requisitos, pero establece plazos claros. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de plazos**: Se establecen nuevos plazos para la presentación de expedientes en 1991. ⚠️ **Plazo de 30 días**: El plazo final para la presentación es el 27 de enero de 1991. 📋 **Requisitos vigentes**: Los expedientes deben cumplir con los requisitos establecidos en la norma de 1988. ℹ️ **Tramitación territorial**: Los expedientes deben ser tramitados en el ámbito territorial correspondiente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha de publicación**: 28 de diciembre de 1990 - **Materias**: Pesca, tramitación administrativa, modernización de flotas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: flota pesquera, modernización, plazos, expedientes, tramitación administrativa ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1991, que establece plazos para la tramitación de expedientes de ayudas a la flota pesquera, se inserta en un marco de políticas de apoyo al sector que ya existían, como evidencian las órdenes previas de 1988. Su ámbito nacional la alinea con la normativa estatal, aunque las Comunidades Autónomas también desarrollan sus propias políticas de fomento pesquero, a menudo complementarias o específicas a sus flotas. La aprobación recae en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la diferencia principal con normativas anteriores o de otras CCAA radica en la concreción de los plazos para un ejercicio específico, lo cual es crucial para el ciudadano, el armador, ya que determina la oportunidad y viabilidad de acceder a estas ayudas económicas destinadas a la modernización y competitividad de sus embarcaciones, afectando directamente a su planificación empresarial y a la inversión. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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