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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 50/1991, de 18 de enero, para la matriculación de vehículos de los Juegos Olímpicos de Barcelona 1992.

BOE-A-1991-2155Publicada: 25/01/1991MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 50/1991, de 18 de enero, para la matriculación de vehículos de los ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 50/1991, de 18 de enero, establece una matrícula específica para vehículos utilizados en los Juegos Olímpicos de Barcelona 1992, permitiendo su circulación por vías públicas nacionales durante la organización de los mismos. **2. CONTEXTO** Los Juegos Olímpicos de Barcelona 1992 fueron un evento de gran relevancia internacional, lo que justificó la necesidad de un tratamiento administrativo especial. La complejidad de su organización llevó a la creación de la Comisión Delegada del Gobierno para los Juegos Olímpicos de 1992 y a la Ley de Beneficios Fiscales. Para mejorar la imagen del evento, se decidió otorgar una matrícula específica a vehículos utilizados en la preparación y desarrollo de los Juegos, con un límite de 5.000 unidades. Este Real Decreto se emitió en el marco del Código de la Circulación, que ya regulaba la matriculación de vehículos, pero necesitaba una norma específica para la matrícula especial COOB’92. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 50/1991, de 18 de enero, regula la matriculación de vehículos utilizados en los Juegos Olímpicos de Barcelona 1992, otorgando una matrícula específica denominada COOB’92. Esta norma se basa en la necesidad de un tratamiento administrativo singular para un evento de tal importancia, lo que justifica la creación de una matrícula especial que sustituya temporalmente a la matrícula ordinaria. El Real Decreto establece que la Sociedad «Comité Organizador Olímpico Barcelona’92, Sociedad Anónima» podrá utilizar una matrícula especial previa su matriculación ordinaria, amparando la circulación por las vías públicas nacionales de los vehículos de transporte de personas y mercancías destinados al servicio de los Juegos Olímpicos. Esta matrícula se otorga a vehículos que se utilicen durante la preparación y desarrollo de los Juegos, con posibilidad de circular incluso fuera de su recinto. La matrícula especial COOB’92 se regula en el Anexo I del Real Decreto, que detalla las características técnicas de las placas matrícula, incluyendo medidas, colores y diseño. La placa COOB alta tiene dimensiones de 200 × 280 milímetros, con una superficie reflectante de 190 × 270 milímetros, y se utiliza para vehículos de menor tamaño. La placa COOB larga tiene dimensiones de 110 × 500 milímetros, con una superficie reflectante de 100 × 490 milímetros, y se utiliza para vehículos de mayor tamaño. Ambas placas tienen un color fondo blanco (N) y caracteres negros (B), con trazos de 7,0 milímetros para la placa COOB alta y 11,5 milímetros para la placa COOB larga. Además, el Real Decreto establece que la Sociedad «Comité Organizador Olímpico Barcelona’92, Sociedad Anónima» deberá solicitar la matriculación ordinaria a la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona, lo que implica un procedimiento específico para la obtención de la matrícula especial. Esta norma se emitió en virtud de la propuesta de los Ministros de Interior y de Industria y Energía, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de enero de 1991. El Real Decreto se emitió en el marco del Código de la Circulación, aprobado por Decreto de 25 de septiembre de 1934, que regula exhaustivamente la matriculación de vehículos. Sin embargo, la necesidad de una norma específica para la matrícula especial COOB’92 justifica la creación de este Real Decreto, que establece condiciones y requisitos para su utilización. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 50/1991 crea una matrícula especial para vehículos utilizados en los Juegos Olímpicos de Barcelona 1992, con características técnicas detalladas en el Anexo I. Esta norma se emitió en el marco del Código de la Circulación y fue aprobada tras deliberación del Consejo de Ministros. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Matrícula especial COOB’92**: Permite la circulación de vehículos utilizados en los Juegos Olímpicos de Barcelona 1992. ⚠️ **Límite de 5.000 unidades**: Se establece un límite para la cantidad de vehículos que pueden utilizar esta matrícula. 📋 **Características técnicas**: Se detallan las medidas y diseño de las placas matrícula, incluyendo colores y dimensiones. ℹ️ **Procedimiento específico**: La Sociedad «Comité Organizador Olímpico Barcelona’92, Sociedad Anónima» debe solicitar la matriculación ordinaria a la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 50/1991 - **Tipo**: Norma de aplicación general - **Fecha**: 18 de enero de 1991 - **Materias**: Circulación de vehículos, matriculación, Juegos Olímpicos - **Relevancia**: ALTA - **Tipo de norma**: Real Decreto - **Relevancia**: ALTA (por su importancia en la organización de un evento internacional de alto impacto) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1991, la matriculación de vehículos en España se regía de forma exhaustiva por el Código de la Circulación de 1934, sin contemplar excepciones para eventos de magnitud internacional. La normativa estatal actual, y las directivas europeas, establecen un marco general para la matriculación que no prevé este tipo de matrículas conmemorativas o de servicio específico para eventos. Este Real Decreto fue aprobado por el Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministerios de Interior y de Industria y Energía, y su singularidad radica en otorgar un tratamiento administrativo especial a un número limitado de vehículos vinculados a los Juegos Olímpicos de Barcelona '92. Para el ciudadano, esta diferencia implicaba la posibilidad de ver circular vehículos con una identificación distintiva, realzando la imagen del evento, sin que ello supusiera una alteración de las normas generales de circulación para el resto de los usuarios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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