Real Decreto 1753/1990, de 21 de septiembre, por el que se crea la Agregaduría de Defensa en la Embajada de España en los Emiratos Arabes Unidos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1753/1990, de 21 de septiembre, por el que se crea la Agregaduría d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1753/1990 crea la Agregaduría de Defensa en la Embajada de España en los Emiratos Árabes Unidos con el objetivo de mejorar la coordinación en asuntos de defensa entre ambos países. 2. **CONTEXTO** En 1990, se observaba un notable incremento en las relaciones bilaterales en el ámbito de la Defensa entre España y los Emiratos Árabes Unidos. Esta evolución justificaba la necesidad de una estructura diplomática especializada en temas de defensa. Para dar respuesta a esta necesidad, se decidió crear una Agregaduría de Defensa en la Embajada española en los Emiratos Árabes Unidos. La iniciativa fue aprobada por los Ministros de Asuntos Exteriores y de Defensa, con la propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y la deliberación del Consejo de Ministros. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1753/1990, de 21 de septiembre de 1990, establece la creación de la Agregaduría de Defensa en la Embajada de España en los Emiratos Árabes Unidos. Este Real Decreto fue aprobado en virtud de la necesidad de mejorar la coordinación en asuntos de defensa entre España y los Emiratos Árabes Unidos, según se establece en el preámbulo. La creación de la Agregaduría se fundamenta en la necesidad de agilizar la tramitación de temas de interés mutuo en el ámbito de la Defensa. El artículo único del Real Decreto establece que se crea la Agregaduría de Defensa en la Embajada de España en los Emiratos Árabes Unidos. Esta medida busca facilitar la comunicación y coordinación entre las autoridades españolas y los Emiratos Árabes Unidos en temas relacionados con la Defensa. En las Disposiciones Finales, la Primera establece que los Ministros de Economía y Hacienda, de Asuntos Exteriores y de Defensa, previo cumplimiento de los trámites legales oportunos, dictarán las disposiciones y adoptarán las medidas necesarias para el desarrollo del presente Real Decreto. La Segunda disposición final establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». El Real Decreto fue firmado por el Rey Juan Carlos I, y firmado por el Ministro para las Administraciones Públicas, Joaquín Almunia Amann. Este Real Decreto se emitió en Madrid el día 21 de septiembre de 1990, y fue publicado en el Boletín Oficial del Estado, entrando en vigor al día siguiente. Este Real Decreto se enmarca en el marco de la legislación española sobre relaciones exteriores y defensa, y refleja la importancia que se le da a la cooperación bilateral en el ámbito de la Defensa. La creación de la Agregaduría de Defensa en la Embajada de España en los Emiratos Árabes Unidos representa una medida concreta para fortalecer las relaciones diplomáticas y militares entre ambos países. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1753/1990 crea una Agregaduría de Defensa en la Embajada de España en los Emiratos Árabes Unidos. Esta medida busca mejorar la coordinación en asuntos de defensa entre ambos países. El Real Decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Agregaduría de Defensa**: Se establece una estructura especializada en la Embajada de España en los Emiratos Árabes Unidos. ⚠️ **Coordinación en asuntos de defensa**: La medida busca mejorar la comunicación y coordinación entre España y los Emiratos Árabes Unidos. 📋 **Trámites legales**: Los Ministros de Economía y Hacienda, de Asuntos Exteriores y de Defensa deben dictar las disposiciones necesarias. ℹ️ **Vigencia del Real Decreto**: Entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de creación institucional - **Fecha**: 21 de septiembre de 1990 - **Materias**: Relaciones exteriores, defensa, diplomacia - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Agregaduría de Defensa, Embajada, Emiratos Árabes Unidos, cooperación bilateral, relaciones exteriores ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la creación de esta Agregaduría de Defensa en 1990, las relaciones bilaterales en materia de defensa con los Emiratos Árabes Unidos se gestionaban de forma menos especializada, probablemente a través de canales diplomáticos generales o de forma ad hoc. La normativa estatal española, a través de Reales Decretos como este, es la que habilita la creación de este tipo de representaciones especializadas, no existiendo una normativa específica en las Comunidades Autónomas que regule la creación de agregadurías de defensa en el extranjero, ni tampoco directivas de la UE que aborden directamente esta cuestión particular. La aprobación recae en el Consejo de Ministros, a iniciativa de los Ministerios de Asuntos Exteriores y Defensa. Esta diferencia es relevante para el ciudadano porque una agregaduría especializada facilita la gestión de intereses de defensa mutuos, pudiendo traducirse en acuerdos de cooperación, formación o adquisición de material, lo que indirectamente puede repercutir en la seguridad y en oportunidades económicas o tecnológicas para España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────