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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 9/1990, de 27 de agosto, de Carreteras de la Región de Murcia.

BOE-A-1991-3332Publicada: 07/02/1991COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Ley 9/1990, de 27 de agosto, de Carreteras de la Región de Murcia. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 9/1990, de 27 de agosto, de Carreteras de la Región de Murcia, establece el marco legal para la gestión, mejora y regulación de la red viaria de la región, con especial atención a la seguridad, uso de vehículos pesados y protección de la infraestructura. **2. CONTEXTO** La Ley fue aprobada por la Asamblea Regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y promulgada por el Presidente de la Comunidad Autónoma en nombre del Rey. Se basa en la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia y en la necesidad de mejorar la red viaria, que presenta condiciones deficiente y limitaciones en la capacidad de carga. La norma busca regular el uso de la vía pública, proteger la infraestructura y garantizar la seguridad en la circulación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 9/1990, de 27 de agosto, de Carreteras de la Región de Murcia, regula el uso, mantenimiento y mejora de la red viaria de la Región de Murcia, estableciendo un marco legal que se fundamenta en la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia y en la necesidad de modernizar la infraestructura viaria. La Ley establece que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene competencia exclusiva sobre las obras públicas de interés para la región y sobre las carreteras y caminos cuyo itinerario se desarrolle enteramente en su territorio, según el artículo 10 del Estatuto de Autonomía. En materia de seguridad y uso de la vía pública, la Ley establece que desde la entrada en vigor de la norma, deberá retirarse cualquier clase de publicidad afectada por lo dispuesto en el artículo 25, corriendo los gastos por cuenta del propietario de la instalación publicitaria. Asimismo, los terrenos de propiedad particular situados en la zona de dominio público a la entrada en vigor de esta ley no podrán destinarse más que a cultivos que no impidan la visibilidad a los usuarios de la carretera. La Ley también establece que en el plazo de dieciocho meses desde la entrada en vigor de la presente ley, la Consejería de Política Territorial y Obras Públicas aprobará el Reglamento de Utilización de la Red Viaria de la Región de Murcia para Vehículos Pesados. En materia de desarrollo y aplicación de la norma, se autoriza al Consejo de Gobierno para que dicte las disposiciones necesarias para su desarrollo. Además, en el plazo de dieciocho meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, se procederá a redactar el Programa de Actuación de Carreteras, que deberá enviarse a la Asamblea Regional antes de transcurridos veintiún meses. El actual Plan Regional de Carreteras seguirá vigente hasta la aprobación del Programa de Actuación en Carreteras en cuanto no se opongan a esta ley. En todas las materias no reguladas expresamente por la presente ley, se aplicará, en lo que no se oponga a la misma, la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras y el Reglamento General de Carreteras vigente. Los términos utilizados en esta ley, y que no estén definidos en la misma, se entenderán en el sentido que tienen en la Ley 25/1988, citada. La Ley establece que el uso de la vía pública debe respetar las normas de seguridad, la protección de la infraestructura y la mejora continua de la red viaria, con especial atención a la circulación de vehículos pesados y la protección del medio ambiente. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 9/1990, de 27 de agosto, de Carreteras de la Región de Murcia, establece un marco legal para la gestión y mejora de la red viaria de la región. Regula el uso de la vía pública, la protección de la infraestructura y la seguridad en la circulación. Establece plazos para la aprobación de reglamentos y programas de actuación, y se basa en normas constitucionales y estatutarias. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Competencia exclusiva**: La Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre las carreteras y obras públicas en su territorio. ⚠️ **Uso de la vía pública**: Se establecen normas para el uso de la vía pública, incluyendo la retirada de publicidad y la protección de la visibilidad. 📋 **Reglamentos y programas**: Se establecen plazos para la aprobación de reglamentos y programas de actuación. ℹ️ **Aplicación de normas vigentes**: Se aplican normas vigentes en materia de carreteras y se definen términos utilizados en la norma. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia - **Fuente**: Ley 9/1990, de 27 de agosto - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 27 de agosto de 1990 - **Materias**: Carreteras, infraestructura viaria, seguridad vial, uso de la vía pública - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Carreteras, infraestructura, seguridad vial, uso de la vía pública, reglamentos, programas de actuación, normativa autonómica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Ley 9/1990, la Región de Murcia se regía por normativas estatales y, tras su Estatuto de Autonomía, asumió la competencia sobre carreteras cuyo trazado se desarrollaba íntegramente en su territorio, heredando infraestructuras de la extinta Diputación Provincial y recibiendo transferencias de carreteras estatales. Esta ley murciana se compara con la Ley estatal 25/1988 de Carreteras, que regula las vías estatales, pero que presenta dificultades de aplicación directa a la red regional debido a sus características y funciones. Otras Comunidades Autónomas también tienen sus propias leyes de carreteras, ejerciendo competencias similares. La aprobación de esta ley por la Asamblea Regional de Murcia, en virtud de las competencias constitucionales y estatutarias, es crucial para armonizar la normativa estatal y autonómica, adaptándola a las necesidades específicas de la red viaria murciana, lo que impacta directamente en la planificación, construcción, conservación y uso de estas vías para los ciudadanos de la región. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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