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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 2/1991, de 4 de enero, de modificación de la Ley de medidas para la ordenación de la función pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

BOE-A-1991-3404Publicada: 08/02/1991COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Ley 2/1991, de 4 de enero, de modificación de la Ley de medidas para la ordenaci ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 2/1991, de 4 de enero, modifica la Ley 1/1986, de 20 de febrero, de medidas para la ordenación de la función pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, con el objetivo de adecuarla a las nuevas bases estatutarias y a las sentencias del Tribunal Constitucional. **2. CONTEXTO** La Ley 1/1986 establecía un marco general para la organización de la función pública en Aragón, basado en la Ley Estatal 30/1984 y en otros preceptos legales. La Ley 23/1988, de 28 de julio, introdujo modificaciones que exigieron una reforma de la normativa aragonesa. La Ley 2/1991 fue aprobada con el fin de adaptar dicha normativa a las nuevas bases estatutarias y a las decisiones del Tribunal Constitucional. La experiencia de aplicación de la Ley 1/1986 reveló problemas en la administración pública, lo que justificó la necesidad de reformas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 2/1991 introduce modificaciones significativas a la Ley 1/1986, con el objetivo de mejorar la organización y funcionamiento de la función pública en la Comunidad Autónoma de Aragón. Entre las principales novedades se encuentra la estructuración de los cuerpos en escalas, lo que busca aumentar la racionalidad de los procesos selectivos y la provisión de puestos, así como la correcta definición de estos en las relaciones laborales. Además, se regula la movilidad del personal entre distintas administraciones públicas, tanto dentro como fuera de la Comunidad Autónoma. La norma también establece que los funcionarios procedentes de los cuerpos sanitarios locales mantendrán un régimen retributivo específico, conforme a lo establecido en los presupuestos generales del Estado y de la Comunidad Autónoma, mientras no se regule definitivamente dicho régimen. En cuanto a la derogación, se establece que quedan derogados, total o parcialmente, todos los artículos de la Ley 1/1996 que son modificados por la presente, así como sus disposiciones transitorias, adicionales y finales. Además, se derogará el inciso final del artículo 36 de la Ley 3/1984, de 22 de junio, y parcialmente los apartados 2 y 3 del artículo 38 de la misma en cuanto se opongan al artículo 12.2 g) del texto modificado de la Ley 1/1986. En las disposiciones finales, se autoriza a la Diputación General de Aragón para dictar normas reglamentarias necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley. Asimismo, se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar un decreto legislativo en el plazo máximo de treinta días, que fije el texto refundido de la Ley de ordenación de la función pública. Finalmente, se establece que la presente ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 2/1991 modifica la Ley 1/1986 para adecuarla a las nuevas bases estatutarias y a las decisiones del Tribunal Constitucional. Introduce mejoras en la organización de la función pública, especialmente en la estructuración de los cuerpos y en la movilidad del personal. La norma establece una derogación parcial de la anterior ley y autoriza la elaboración de normas reglamentarias y un texto refundido. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la Ley 1/1986**: Se adapta a las nuevas bases estatutarias y a las decisiones del Tribunal Constitucional. ⚠️ **Derogación parcial**: Se derogaron artículos de la Ley 1/1986 que eran modificados. 📋 **Autorización de normas reglamentarias**: Se permite a la Diputación General dictar normas necesarias para el desarrollo de la ley. ℹ️ **Vigencia**: La ley entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Aragón. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Comunidad Autónoma de Aragón - **Fuente**: Ley 2/1991 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 4 de enero de 1991 - **Materias**: Función pública, organización administrativa, movilidad del personal, régimen retributivo - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: función pública, organización administrativa, movilidad, régimen retributivo, Tribunal Constitucional, derogación, normativa aragonesa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley de 1991, la Comunidad Autónoma de Aragón contaba con la Ley 1/1986, que regulaba la función pública basándose en la estatal Ley 30/1984. Esta modificación se produce tras una reforma de la ley estatal y una sentencia del Tribunal Constitucional, obligando a Aragón a adecuar su normativa. A diferencia de otras comunidades autónomas que podrían haber tenido normativas más o menos desarrolladas en materia de función pública, esta ley aragonesa buscaba, además, resolver problemas prácticos detectados tras su aplicación, como la estructuración de cuerpos y escalas, la movilidad del personal y la consolidación del grado personal. La importancia para el ciudadano radica en que estas mejoras afectan directamente al buen funcionamiento de los servicios públicos y a la carrera profesional de los funcionarios, impactando en la calidad y eficiencia de la administración autonómica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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