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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 2 de febrero de 1991 por la que se ratifica el Reglamento de la Denominación Específica «Pollo y Capón de la Raza Prat» y su Consejo Regulador.

BOE-A-1991-4000Publicada: 15/02/1991MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 2 de febrero de 1991 por la que se ratifica el Reglamento de la Denomin ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 2 de febrero de 1991 ratifica el Reglamento de la Denominación Específica «Pollo y Capón de la Raza Prat» y establece el Consejo Regulador que la gestiona. 2. **CONTEXTO** La Orden fue emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con el objetivo de formalizar y regular la producción, comercialización y protección de la denominación específica «Pollo y Capón de la Raza Prat». Esta denominación está vinculada a la región de Prat de Llobregat, en Cataluña. La norma busca garantizar la calidad, la autenticidad y la protección de los productos asociados a esta denominación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 2 de febrero de 1991 establece el marco legal para la protección de la denominación específica «Pollo y Capón de la Raza Prat». Se ratifica el Reglamento que define los criterios de producción, características sensoriales, condiciones de calidad, métodos de producción y condiciones de comercialización de los productos mencionados. Además, se crea el Consejo Regulador, órgano encargado de velar por el cumplimiento de los estándares establecidos y de garantizar la autenticidad de los productos. El Reglamento establece en su artículo 1 que la denominación específica se aplica a los pollos y capones de la raza Prat, criados en la zona geográfica definida. En el artículo 2, se detalla que los animales deben ser criados en condiciones específicas, incluyendo el tipo de alimentación, el sistema de cría y la ubicación geográfica. En el artículo 3, se establece que los productos deben cumplir con determinados requisitos sanitarios y de bienestar animal. El Consejo Regulador, según el artículo 4, está compuesto por representantes de productores, expertos en ganadería, técnicos y otros interesados. Su función es velar por la aplicación del Reglamento, realizar inspecciones, emitir certificaciones y resolver conflictos. Además, el Consejo debe elaborar un plan de acción para la promoción y difusión de la denominación específica. La norma también establece en el artículo 5 que los productos que porten la denominación específica deben estar etiquetados con la información requerida, incluyendo el nombre de la denominación, la ubicación de producción y la identificación del productor. En el artículo 6, se establece el procedimiento para la inscripción de nuevos productores en el sistema de control. Esta norma se basa en el marco legal de la Directiva 89/106/CEE del Consejo, que establece las bases para la protección de las denominaciones específicas de origen. La Orden se alinea con este marco, asegurando la protección de los productos y la garantía de su autenticidad. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1991 establece un marco legal para la protección de la denominación específica «Pollo y Capón de la Raza Prat». Crea el Consejo Regulador para garantizar su aplicación. La norma se basa en el marco de la Directiva 89/106/CEE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ratificación del Reglamento**: Se establece el marco legal para la protección de la denominación específica. ⚠️ **Consejo Regulador**: Órgano encargado de velar por la aplicación de los estándares. 📋 **Criterios de producción**: Se detallan condiciones específicas para la producción de los productos. ℹ️ **Etiquetado obligatorio**: Los productos deben incluir información sobre la denominación y la producción. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 2 de febrero de 1991 - **Materias**: Agricultura, Alimentación, Denominación de Origen - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Denominación específica, Reglamento, Consejo Regulador, Protección de productos, Agricultura, Alimentación ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1991, la protección de la Denominación Específica "Pollo y Capón de la Raza Prat" carecía de un marco normativo específico y consolidado a nivel nacional, si bien podrían existir regulaciones sectoriales o de ámbito autonómico para otros productos agroalimentarios. La presente Orden, de ámbito estatal, establece un reglamento detallado para esta raza autóctona, lo que la diferencia de normativas autonómicas que podrían ser menos exhaustivas o específicas. A diferencia de otras Denominaciones de Origen o Indicaciones Geográficas Protegidas que ya contaban con sus respectivos reglamentos y consejos reguladores, esta Orden ratifica formalmente la estructura y funcionamiento del Consejo Regulador de la Raza Prat. La importancia para el ciudadano radica en la garantía de origen, calidad y métodos de producción tradicionales asociados a este producto, lo que facilita su identificación y confianza en el mercado, y protege la singularidad de la raza frente a producciones genéricas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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