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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 351/1991, de 15 de marzo, por el que se regula el ascenso a Comandante de los Capitanes de la Escala Básica del Cuerpo de Infantería de Marina retrasados en el ascenso.

BOE-A-1991-7124Publicada: 18/03/1991MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 351/1991, de 15 de marzo, por el que se regula el ascenso a Comanda ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 351/1991 establece la recuperación de puestos en el escalafón para ciertos Capitanes de la Escala Básica del Cuerpo de Infantería de Marina que han sido retrasados en su ascenso a Comandante. 2. **CONTEXTO** La Ley 78/1968 permite excepciones a la pérdida de puestos en el escalafón por retrasos en el ascenso, en casos extraordinarios. En el Cuerpo de Infantería de Marina, promociones específicas han experimentado retrasos en su ascenso, sin que ello sea imputable a los interesados. Por ello, se adopta este Real Decreto para resolver dicha situación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 351/1991, de 15 de marzo de 1991, regula el ascenso a Comandante de los Capitanes de la Escala Básica del Cuerpo de Infantería de Marina retrasados en su ascenso. Este Real Decreto se basa en la Ley 78/1968, de 5 de diciembre, de Escalas y Ascensos de los Cuerpos de Oficiales de la Armada, en su artículo 15.2, que permite excepciones a la pérdida de puestos en el escalafón por retrasos en el ascenso, en casos extraordinarios acordados por el Consejo de Ministros. El Real Decreto establece que los Capitanes pertenecientes a las promociones 108, 109 y 110, de la Escala Básica del Cuerpo de Infantería de Marina, retrasados en el ascenso, recuperarán su puesto en el escalafón en el momento de acceder al empleo de Comandante. Esto se consagra en el artículo 1º del Real Decreto. Además, el artículo 2º establece que a dichos Capitanes se les asignará la antigüedad en el empleo de Comandante del que inmediatamente le precede una vez recuperado su puesto en el escalafón. Esto permite que, al recuperar su posición en el escalafón, tengan reconocida la antigüedad correspondiente al puesto anterior, lo que puede influir en su carrera futura. El artículo 3º establece que el presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esto garantiza que la medida tenga efecto legal desde el momento en que se haga público, sin necesidad de esperar a una fecha específica. El Real Decreto fue aprobado a propuesta del Ministro de Defensa, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de marzo de 1991, y firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Defensa, Julián García Vargas. Este Real Decreto se enmarca en el marco legal de la Armada, donde se busca garantizar la continuidad y estabilidad en la carrera profesional de los oficiales, especialmente en situaciones de retrasos no imputables a los interesados. La medida busca corregir desequilibrios en el escalafón causados por movimientos no previstos, asegurando que los afectados no sufran consecuencias negativas en su carrera profesional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 351/1991 permite a ciertos Capitanes de la Escala Básica del Cuerpo de Infantería de Marina recuperar su puesto en el escalafón al ascender a Comandante. La medida se basa en la Ley 78/1968 y busca corregir retrasos en el ascenso no imputables a los interesados. La medida entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Recuperación de puestos en el escalafón**: Los Capitanes retrasados recuperan su posición al ascender a Comandante. ⚠️ **Retrasos no imputables**: La medida aplica solo a retrasos no causados por los interesados. 📋 **Antigüedad en el empleo**: Se asigna la antigüedad correspondiente al puesto anterior. ℹ️ **Vigencia inmediata**: El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 351/1991 - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 15 de marzo de 1991 - **Materias**: Ascenso, escalafón, carrera profesional, Cuerpo de Infantería de Marina - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: ascenso, escalafón, retraso, carrera profesional, Cuerpo de Infantería de Marina ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1991, la Ley de Escalas y Ascensos de los Cuerpos de Oficiales de la Armada de 1968 ya contemplaba la posibilidad de excepciones a la pérdida de puestos en el escalafón por retrasos en el ascenso, siempre que fueran casos extraordinarios y acordados en Consejo de Ministros. Esta normativa estatal, que se aplicaba a nivel nacional, permitía una flexibilidad que no se encontraba de forma explícita en normativas autonómicas, ya que la gestión de las Fuerzas Armadas es competencia exclusiva del Estado. La aprobación de este Real Decreto, por parte del Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Defensa, buscaba corregir una situación específica para ciertos capitanes de Infantería de Marina cuyas demoras en el ascenso no eran imputables a ellos. Para el ciudadano afectado, esta diferencia es crucial, ya que garantiza la recuperación de su posición en el escalafón y la antigüedad correspondiente, evitando perjuicios profesionales y económicos derivados de circunstancias ajenas a su voluntad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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