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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 26 de febrero de 1991 por la que se revisan las cuantías de los gastos de vestuario y transporte de los colaboradores sociales en la prestación social sustitutoria como objetores de conciencia.

BOE-A-1991-6198Publicada: 06/03/1991MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 26 de febrero de 1991 por la que se revisan las cuantías de los gastos ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 26 de febrero de 1991 revisa las cuantías de los gastos de vestuario y transporte para los colaboradores sociales en la prestación social sustitutoria como objetores de conciencia. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1990 establecía cuantías para gastos de vestuario y transporte, pero debido a las modificaciones económicas, se consideró necesario actualizar dichas cantidades. La nueva Orden busca adaptarse a la realidad financiera actual. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente de su publicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 26 de febrero de 1991, emitida por el Ministerio de la Presidencia, establece una revisión de las cuantías de los gastos de vestuario y transporte para los colaboradores sociales que actúan como objetores de conciencia en la prestación social sustitutoria. Esta revisión se justifica por las circunstancias económicas que han cambiado desde la aplicación de la Orden de 9 de marzo de 1990. La norma establece que la dotación económica para la adquisición del vestuario se fija en 74.550 pesetas, cantidad que se aplicará durante los dieciocho meses de duración de la actividad del colaborador social. Además, se modifica el apartado 2, b), del artículo 2 de la Orden de 23 de febrero de 1989, que establecía que la cantidad en pesetas resultante de multiplicar la distancia a recorrer en kilómetros por siete. Esta modificación se realiza para ajustar el cálculo de los gastos derivados de los desplazamientos reglamentados. La nueva norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La Orden se emite en Madrid, el 26 de febrero de 1991, y se firma por el Ilmo. Sr. Subsecretario, Mugica Herzog. Esta norma se enmarca en el régimen de la prestación social sustitutoria, que permite a los objetores de conciencia realizar labores sociales en lugar de cumplir con el servicio militar. La revisión de las cuantías refleja una adaptación a la realidad económica del momento, buscando garantizar una compensación adecuada para los colaboradores sociales. La norma se aplica a todos los casos en los que se haya iniciado la prestación social sustitutoria antes de su entrada en vigor. No se establecen excepciones específicas, salvo las previstas en la normativa vigente. La dotación económica para el vestuario se calcula de forma fija, sin dependencia de la distancia o el tipo de actividad, lo que simplifica el cálculo y asegura una base mínima de financiación. La modificación del cálculo de los gastos de transporte se realiza mediante un factor multiplicador fijo, lo que permite una aplicación uniforme y predecible. La norma no introduce nuevos derechos, sino que ajusta las condiciones previamente establecidas para garantizar su viabilidad económica. La entrada en vigor inmediata de la norma refleja la necesidad de adaptar rápidamente las condiciones a las circunstancias económicas cambiantes. La norma se aplica en el ámbito nacional, en el marco del sistema de prestación social sustitutoria, y no establece diferencias regionales o específicas. La norma no establece mecanismos de control o supervisión específica, lo que sugiere que su aplicación se realizará en el marco de la normativa vigente sobre la prestación social sustitutoria. La norma se enmarca en el derecho administrativo y en el régimen de la prestación social sustitutoria, que tiene su base en la legislación sobre objetores de conciencia y la protección de derechos laborales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1991 revisa las cuantías de gastos de vestuario y transporte para los colaboradores sociales. Se ajustan las cantidades debido a cambios económicos. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Revisión de cuantías**: Se actualizan los importes de gastos de vestuario y transporte. ⚠️ **Circunstancias económicas**: La revisión se justifica por cambios en la economía. 📋 **Modificaciones específicas**: Se ajusta el cálculo de gastos de transporte. ℹ️ **Entrada en vigor inmediata**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 26 de febrero de 1991 - **Materias**: Derecho administrativo, prestación social sustitutoria, objetores de conciencia - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: gastos de vestuario, transporte, colaboradores sociales, objetores de conciencia, prestación social sustitutoria, Orden Ministerial, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1991 revisa las cuantías de los gastos de vestuario y transporte para objetores de conciencia en la prestación social sustitutoria, actualizando importes fijados previamente en 1990 y 1989. A diferencia de normativas posteriores o de otras Comunidades Autónomas que pudieran haber evolucionado en la gestión de estas prestaciones, esta orden se centra en ajustar cifras monetarias en pesetas, reflejando las circunstancias económicas de la época. La aprobación recae en el Ministerio, y su importancia para el ciudadano objetor de conciencia radica en garantizar una compensación económica adecuada para cubrir necesidades básicas durante su servicio, asegurando así que la objeción no suponga una carga financiera desproporcionada. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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