Orden de 27 de marzo de 1991 por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros sobre la aplicación del artículo 15 y la disposición transitoria decimoquinta de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y de los artículos 39, 33 y 32 de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para 1989, 1990 y 1991.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de marzo de 1991 por la que se dispone la publicación del Acuerdo de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 27 de marzo de 1991 establece el Acuerdo del Consejo de Ministros sobre la aplicación del artículo 15 y la disposición transitoria decimoquinta de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, así como de los artículos 39, 33 y 32 de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para 1989, 1990 y 1991. Este acuerdo regula la participación del personal laboral en pruebas selectivas y la revaloración de su situación laboral. **2. CONTEXTO** La Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, establece que el personal laboral fijo que ocupe puestos reservados a funcionarios puede participar en pruebas selectivas. Posteriormente, las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para 1989, 1990 y 1991 añaden disposiciones sobre la valoración de servicios prestados y pruebas superadas. El Acuerdo del Consejo de Ministros de 1991 busca aplicar estas normas y garantizar la continuidad del personal laboral en sus puestos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991 regula la participación del personal laboral en pruebas selectivas y la revaloración de su situación laboral. En concreto, establece que el personal laboral fijo que ocupe puestos reservados a funcionarios puede participar en pruebas selectivas de acceso a los cuerpos y escalas correspondientes, siempre que reúna los requisitos de titulación y demás exigibles en cada caso (Artículo 15 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado por la Ley 23/1988). Además, la adscripción de estos puestos a la relación de personal funcionario no implica el cese del personal laboral, quien podrá permanecer en los mismos (Disposición transitoria decimoquinta de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública). Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para 1989, 1990 y 1991, en sus artículos 39, 33 y 32, respectivamente, establecen que el personal laboral que haya superado pruebas selectivas podrá acceder a la condición laboral, siempre que tenga conocimientos ya acreditados en las pruebas que se hubieran superado (Artículo 39 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1989). En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán hasta un 45 por ciento de la puntuación máxima a obtener en el concurso-oposición los servicios efectivos prestados en la condición de laboral y las pruebas selectivas superadas para acceder a dicha condición (Artículo 9.5). Los puntos obtenidos en la fase de concurso no se podrán aplicar para superar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio (Artículo 9.6). La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las dos fases (Artículo 9.7). Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser acumuladas a otros turnos de acceso (Artículo 9.8). El personal laboral que supere las pruebas selectivas quedará destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en que su puesto se haya reconvertido y deberá permanecer en el mismo durante un plazo mínimo de dos años, aplicándose lo dispuesto en el artículo 20.1 f) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública (Artículo 10.1). Los puestos de trabajo de personal funcionario tendrán funciones equivalentes a las del puesto que se venía desempeñando como laboral y sus retribuciones serán las propias del puesto de funcionario (Artículo 10.2). En todo caso, las retribuciones que perciba el funcionario en el puesto de ingreso no podrán ser inferiores a las consolidadas por el contratado laboral en el puesto que como tal venía desempeñando (Artículo 10.2). En cuanto al personal laboral en puestos docentes de enseñanza no universitaria, los requisitos de titulación y el sistema de selección aplicables serán los establecidos en el momento de efectuarse la convocatoria para el ingreso en la función pública docente (Artículo 11). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Acuerdo del Consejo de Ministros de 1991 establece un marco legal para la participación del personal laboral en pruebas selectivas y la revaloración de su situación laboral. Establece normas sobre la valoración de servicios prestados y pruebas superadas, así como la permanencia del personal laboral en sus puestos tras la reconvocatoria. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Participación del personal laboral en pruebas selectivas**: El personal laboral puede participar en pruebas selectivas si reúne los requisitos de titulación. ⚠️ **No cese del personal laboral**: La adscripción de puestos a la relación de funcionarios no implica el cese del personal laboral. 📋 **Valoración de servicios prestados**: En la fase de concurso se valora hasta un 45% de la puntuación máxima obtenida. ℹ️ **Retribuciones mínimas**: Las retribuciones del funcionario no podrán ser inferiores a las del personal laboral. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 27 de marzo de 1991 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de marzo de 1991 - **Materias**: Función pública, personal laboral, pruebas selectivas, retribuciones - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Función pública, personal laboral, pruebas selectivas, retribuciones, revaloración. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1991, la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, ya contemplaba la posibilidad de que personal laboral fijo que ocupara puestos reservados a funcionarios pudiera acceder a estos mediante pruebas selectivas, permitiendo su permanencia. Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 1989, 1990 y 1991 ampliaron esta posibilidad a otros colectivos de personal laboral. Esta normativa estatal, aprobada por el Consejo de Ministros, se diferencia de enfoques autonómicos que pudieran tener sus propias regulaciones sobre la función pública. La importancia para el ciudadano radica en la claridad y unificación de los procedimientos para la "funcionarización", garantizando la igualdad de oportunidades y la estabilidad en el empleo público para aquellos trabajadores que cumplieran los requisitos establecidos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────