Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 388/1991, de 22 de marzo, por el que se incorporan al Arancel de Aduanas español determinadas modificaciones del arancel aduanero común.

BOE-A-1991-7740Publicada: 27/03/1991MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 388/1991, de 22 de marzo, por el que se incorporan al Arancel de Ad ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 388/1991 modifica el arancel aduanero español incorporando cambios derivados del Reglamento (CEE) 283/91, que actualiza el anejo I del Reglamento (CEE) 2658/87. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 388/1991 fue emitido en el marco de la integración europea y la adhesión de España al sistema aduanero comunitario. Este Real Decreto se fundamenta en el Reglamento (CEE) 283/91, que modifica el anejo I del Reglamento (CEE) 2658/87, relativo a la nomenclatura arancelaria y al arancel aduanero común. La norma busca actualizar el arancel aduanero español para alinearse con las normas comunitarias. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 388/1991, de 22 de marzo de 1991, establece modificaciones al arancel aduanero español, incorporando cambios derivados del Reglamento (CEE) 283/91. Este último regula modificaciones al anejo I del Reglamento (CEE) 2658/87, que establece la nomenclatura arancelaria y el arancel aduanero común. Según el artículo 39 del Acta de Adhesión, España debía incorporar estos cambios al arancel aduanero español, aprobado por el Real Decreto 1638/1990, de 20 de diciembre. El Real Decreto 388/1991 se fundamenta en el artículo 6.4 de la Ley Arancelaria, que otorga al Gobierno la facultad de incorporar modificaciones al arancel aduanero español. Además, se menciona el dictamen favorable de la Junta Superior Arancelaria y la aprobación del Consejo de Ministros en su reunión del 22 de marzo de 1991. El artículo único del Real Decreto modifica el anejo único del Real Decreto 1638/1990, que establece la nomenclatura y los derechos arancelarios para 1991. La modificación afecta a los productos elaborados a partir del sisal, que se clasifican bajo los códigos NCE 5607.21.00.0, 5607.29.10.0 y 5607.29.90.0. Para estos productos, el derecho aplicable a terceros países se establece en un 23,3 por 100, con efectividad desde el 7 de febrero de 1991. La disposición final establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La norma se emitió en Madrid el 22 de marzo de 1991, firmada por el Rey Juan Carlos I y firmada por el Ministro de Industria, Comercio y Turismo, José Claudio Aranzadi Martínez. El Real Decreto 388/1991 refleja la integración de España en el sistema aduanero comunitario y la necesidad de adaptar el arancel aduanero nacional a las normas vigentes en la Unión Europea. La modificación del arancel aduanero afecta específicamente a ciertos productos agrícolas y textiles, lo que tiene implicaciones en la regulación de importaciones y exportaciones. La norma también establece un marco legal claro para la aplicación de los derechos arancelarios, garantizando la coherencia con las normas comunitarias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 388/1991 modifica el arancel aduanero español para incorporar cambios derivados del Reglamento (CEE) 283/91. La norma establece un nuevo derecho arancelario para productos elaborados a partir del sisal, con efectividad desde el 7 de febrero de 1991. El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del arancel aduanero**: Se actualiza el arancel aduanero español para incorporar cambios derivados del Reglamento (CEE) 283/91. ⚠️ **Aplicación de nuevos derechos arancelarios**: Se establece un nuevo derecho arancelario del 23,3 por 100 para productos elaborados a partir del sisal. 📋 **Procedimiento legal**: El Real Decreto se emitió con el dictamen favorable de la Junta Superior Arancelaria y la aprobación del Consejo de Ministros. ℹ️ **Vigencia**: El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 388/1991 - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 22 de marzo de 1991 - **Materias**: Aduanas, comercio internacional, arancel - **Relevancia**: ALTA - **Descripción**: La norma tiene relevancia alta debido a su impacto en el sistema aduanero español y su alineación con las normas comunitarias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la entrada en vigor de este Real Decreto, el Arancel de Aduanas español, aprobado por el Real Decreto 1638/1990, reflejaba la normativa europea vigente hasta ese momento. La presente norma, impulsada por el Reglamento (CEE) 283/91, actualiza dicho arancel para incorporar modificaciones específicas al arancel aduanero común de la Unión Europea, en línea con lo establecido en el Acta de Adhesión. A diferencia de las normativas de otras Comunidades Autónomas, que no tienen competencia directa en materia arancelaria, esta regulación es de ámbito nacional y su aprobación corresponde al Gobierno, previa consulta a la Junta Superior Arancelaria. La diferencia es crucial para el ciudadano y las empresas, ya que determina los derechos de aduana aplicables a la importación de productos específicos, afectando directamente a los costes y la competitividad en el mercado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →