Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles.

BOE-A-1991-7271Publicada: 21/03/1991Ministerio de Asuntos Sociales

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Na ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 358/1991 establece la nueva estructura y organización de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), modificando su régimen jurídico y funcional, y derogando disposiciones anteriores que le regulaban. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto fue aprobado en 1991, tras una serie de modificaciones previas, incluyendo el Real Decreto 2385/1985, que había reformado el Real Decreto 1041/1981. La ONCE había experimentado un desarrollo significativo en actividades económicas, empresariales y de atención a personas con discapacidad visual o minusvalía. La necesidad de una reorganización se derivó de la evolución de dichas actividades, con el objetivo de mejorar su eficacia y adaptabilidad, manteniendo su naturaleza como Corporación de Derecho Público. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo de 1991, establece la nueva estructura jurídica y funcional de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), modificando su régimen legal y derogando disposiciones anteriores. La ONCE se define como una Corporación de Derecho Público, de carácter social, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, que desarrolla su actividad en todo el territorio español bajo el Protectorado del Estado (Art. 1°). Este régimen le otorga la capacidad de actuar en el ámbito procesal, tributario y postal, según el ordenamiento vigente (Art. 1°, apartado 2). Se establece que ninguna entidad pública o privada podrá utilizar el título de ONCE ni cualquier otro que derive de su denominación (Art. 1°, apartado 3). El Real Decreto establece los fines de la ONCE, entre los que se incluyen la promoción de la integración social, la atención a personas con discapacidad visual o minusvalía, y la realización de actividades económicas y empresariales que permitan su sostenibilidad (Art. 2°). Se establece un régimen de control y coordinación con la Administración del Estado, mediante el Consejo de Protectorado, que debe ser consultado en la toma de decisiones importantes (Art. 3°). Los informes que la ONCE deba presentar al Consejo de Protectorado tienen carácter preceptivo, y su presentación dentro de los plazos previstos condiciona la adopción de acuerdos por parte de este órgano (Art. 3°, apartado 4). Además, se establece una disposición adicional que obliga al Consejo General de la ONCE a proponer al Consejo de Protectorato la aprobación de modificaciones en los Estatutos de la ONCE dentro de un mes, para adaptarlos a las nuevas normas. Los nuevos Estatutos, una vez aprobados, se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» (Disposición Adicional). En tanto no se aprueben los nuevos Estatutos, continuarán vigentes los aprobados en 1988, siempre que no se opongan al nuevo Real Decreto (Disposición Transitoria). Finalmente, se derogan los Reales Decretos 1041/1981 y 2385/1985, así como las Ordenes de 1986 que los desarrollaban, y otras disposiciones que se opongan al nuevo régimen (Disposición Derogatoria). Se faculta a la Ministra de Asuntos Sociales para dictar disposiciones complementarias necesarias para el desarrollo del Real Decreto, que entrará en vigor el día siguiente a su publicación (Disposición Final). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 358/1991 reorganiza la ONCE, otorgándole una estructura jurídica más flexible y operativa, mientras mantiene su naturaleza como Corporación de Derecho Público. Se derogaron disposiciones anteriores y se establecieron nuevos mecanismos de control y coordinación con la Administración. La norma entró en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Naturaleza de la ONCE**: Corporación de Derecho Público, de carácter social, con personalidad jurídica propia. ⚠️ **Control de la Administración**: La ONCE debe coordinarse con el Consejo de Protectorado, y su actividad está sujeta a control. 📋 **Derogación de normas anteriores**: Se derogaron los Reales Decretos 1041/1981 y 2385/1985, entre otros. ℹ️ **Procedimiento de adaptación**: El Consejo General de la ONCE debe proponer modificaciones a los Estatutos dentro de un mes. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 15 de marzo de 1991 - **Materias**: Derecho administrativo, Derecho social, Organizaciones de interés general - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: ONCE, Corporación de Derecho Público, Protectorado, Estatutos, Derogación, Control administrativo ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1991, la estructura y funcionamiento de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) ya habían sido modificados por el Real Decreto 2385/1985, que a su vez reformó el Real Decreto 1041/1981. Esta norma estatal, aprobada por el Consejo de Ministros, buscaba dotar a la ONCE de mayor autonomía y flexibilidad operativa, especialmente en la gestión de sus sorteos y en la prestación de servicios de integración social, sin alterar su naturaleza de Corporación de Derecho Público. A diferencia de otras comunidades autónomas que podrían tener competencias delegadas en materia de servicios sociales, la ONCE opera a nivel nacional bajo el Protectorado del Estado, lo que subraya su carácter unificado. Esta reordenación es crucial para el ciudadano, ya que una ONCE más eficiente y autónoma puede mejorar la calidad y el alcance de los servicios de atención, formación y promoción profesional dirigidos a personas con deficiencia visual. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →