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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 16 de abril de 1991 por la que se establecen normas de coordinación de los tratamientos contra la «Mosca del olivo» (Dacus oleae Rossi), para la campaña de 1991.

BOE-A-1991-9825Publicada: 23/04/1991MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 16 de abril de 1991 por la que se establecen normas de coordinación de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente orden ministerial establece las normas de coordinación para la campaña fitosanitaria contra la "Mosca del olivo" (Dacus oleae Rossi) en el año 1991, declarando de interés estatal dicha campaña y estableciendo las zonas de tratamiento obligatorio, la subvención de los tratamientos y la obligación de las comunidades autónomas de proporcionar información técnica y estadística para su evaluación. **2. CONTEXTO** La "Mosca del olivo" es una plaga que afecta al olivar, por lo que su control es fundamental para la protección de la producción agrícola. En 1991, se considera necesario un enfoque coordinado a nivel estatal para garantizar la efectividad de los tratamientos fitosanitarios. La norma se emite en el marco de la responsabilidad del Estado en materia fitosanitaria y con la participación de las comunidades autónomas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El orden ministerial de 16 de abril de 1991 establece que la campaña fitosanitaria contra la "Mosca del olivo" (Dacus oleae Rossi) debe mantener su carácter de campaña de interés estatal. Esto implica que el Estado asume la responsabilidad principal en la coordinación y gestión de dicha campaña, aunque se involucran las comunidades autónomas en la determinación de las zonas afectadas y en la ejecución de los tratamientos. En el artículo 1, se declara de interés estatal para el año 1991 la campaña fitosanitaria contra la "Mosca del olivo", en las zonas de olivar que se determinen por las comunidades autónomas afectadas. Esto refleja la necesidad de un enfoque coordinado y centralizado para garantizar la eficacia del control fitosanitario. El artículo 2 establece que las zonas de tratamiento obligatorio se determinarán por cada una de las comunidades autónomas afectadas, de acuerdo con los medios y procedimientos a que tal fin se dispone. Esto implica que, aunque el Estado establece el marco general, las comunidades autónomas tienen la responsabilidad de definir las zonas específicas de intervención, lo que refleja un modelo de cooperación entre niveles de gobierno. El artículo 3 indica que los tratamientos obligatorios para la campaña del año actual se subvencionarán en forma de productos y/o aplicación, con cargo al programa 712.B de la aplicación presupuestaria 21.04.640 del vigente presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Esta subvención refuerza el compromiso del Estado con la protección de la producción agrícola y garantiza la financiación necesaria para la implementación de los tratamientos. Finalmente, el artículo 4 establece que, con el fin de una evaluación a nivel nacional de la campaña contra la "Mosca del olivo", las comunidades autónomas deberán proporcionar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la información técnica y estadística precisa para tal evaluación. Esto permite una supervisión y control efectivo de la campaña, asegurando que se cumplan los objetivos fitosanitarios establecidos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden ministerial de 1991 establece un marco legal para la campaña fitosanitaria contra la "Mosca del olivo", con participación de las comunidades autónomas. La norma establece la subvención de los tratamientos y la obligación de proporcionar información técnica para su evaluación. Es una norma de interés estatal que refleja la coordinación entre niveles de gobierno en materia fitosanitaria. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Declaración de interés estatal**: La campaña fitosanitaria contra la "Mosca del olivo" se declara de interés estatal, lo que implica la participación del Estado en su coordinación. ⚠️ **Participación de las comunidades autónomas**: Las comunidades autónomas tienen un rol clave en la determinación de las zonas de tratamiento y en la entrega de información técnica. 📋 **Subvención de tratamientos**: Los tratamientos se subvencionalizan con cargo a un programa presupuestario específico del Ministerio de Agricultura. ℹ️ **Evaluación nacional**: Se establece la obligación de las comunidades autónomas de proporcionar información para una evaluación a nivel nacional de la campaña. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de coordinación fitosanitaria - **Fecha**: 16 de abril de 1991 - **Materias**: Fitosanitaria, agricultura, plagas, olivar - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Mosca del olivo, Dacus oleae Rossi, campaña fitosanitaria, interés estatal, subvención, evaluación, comunidades autónomas ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1991, la gestión de plagas agrícolas como la mosca del olivo ya se abordaba, pero esta norma buscaba una coordinación estatal específica para la campaña de ese año, declarándola de interés estatal. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían haber tenido enfoques más descentralizados o normativas propias, esta orden implicaba una intervención y subvención a nivel nacional, lo que la diferencia de un enfoque puramente autonómico. La normativa estatal, en este caso, establecía un marco de actuación conjunto, aunque la determinación de las zonas de tratamiento y su aplicación recaía en las CCAA afectadas. Para el ciudadano, esta diferencia es crucial porque implicaba la posibilidad de tratamientos obligatorios subvencionados, garantizando una acción coordinada y un apoyo económico que podía no existir en otras campañas o regiones sin esta declaración de interés estatal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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