Revisión parcial del Reglamento de Radiocomunicaciones y de los apéndices a dicho Reglamento (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 19 de mayo al 2 de julio de 1987), hecha en Ginebra del 17 de octubre de 1987.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Revisión parcial del Reglamento de Radiocomunicaciones y de los apéndices a dich ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente documento resuelve una revisión parcial del Reglamento de Radiocomunicaciones y de sus apéndices, publicada en el Boletín Oficial del Estado en 1987, entrando en vigor en España el 3 de octubre de 1989, con excepciones específicas. **2. CONTEXTO** La revisión parcial fue realizada en Ginebra el 17 de octubre de 1987 durante la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones para los Servicios Móviles (MOB-87). El texto fue publicado en el Boletín Oficial del Estado entre el 19 de mayo y el 2 de julio de 1987. La entrada en vigor en España se estableció para el 3 de octubre de 1989, con excepciones en ciertos artículos y apéndices. El documento incluye una lista de firmas de representantes de diversos países y una serie de artículos modificados o añadidos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La revisión parcial del Reglamento de Radiocomunicaciones y de sus apéndices fue realizada con el objetivo de actualizar y adaptar las normas vigentes a los avances tecnológicos y a las necesidades de regulación en el ámbito de las radiocomunicaciones. La entrada en vigor de la revisión se estableció de forma general, pero con excepciones específicas para España. La revisión afecta a ciertos artículos y apéndices del Reglamento, entre ellos los artículos 8, 12, 60, 62, 65, y los apéndices 16, 25 y 31 al 35. Además, se excluyen los capítulos IX y N IX del Reglamento, que entraron en vigor el 1 de julio de 1991. La entrada en vigor en España se estableció para el 3 de octubre de 1989, salvo en las excepciones mencionadas. El documento incluye una serie de observaciones que indican la naturaleza de los cambios introducidos en cada disposición, utilizando símbolos como ADD (adición de una nueva disposición), MOD (modificación de una disposición existente), (MOD) (modificación de redacción), NOC (disposición no modificada) y SUP (supresión de una disposición existente). Estos símbolos permiten identificar claramente los cambios realizados en el texto original. Además, el documento incluye una lista de firmas de representantes de diversos países, como la República Socialista Soviética de Ucrania, la República Socialista de Rumania, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la República de San Marino, la República del Senegal, la República de Singapur, la República Socialista Democrática de Sri Lanka, Suecia, la Confederación Suiza, la República de Surinam, el Reino de Suazilandia, la República Unida de Tanzania, la República Socialista Checoslovaca, Tailandia, la República Togolés, Túnez, Turquía, la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, la República Oriental del Uruguay, la República de Venezuela, la República Socialista de Vietnam, la República Socialista Federativa de Yugoslavia y la República de Zambia. El documento también incluye un índice detallado de los artículos modificados o añadidos, entre ellos los artículos 1, 8, 9, 11, 12, 14A, 19, 24, 25, 26, 28, 35, 37, 38, 39, 40, 41, 42, N 37, N 38, N 39, N 40, N 41, 42 A, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51 A, 52, 53, 55, 56, 58, 59, 60, 62, 63, 64 y 65. La entrada en vigor de la revisión parcial fue publicada en el Boletín Oficial del Estado entre el 19 de mayo y el 2 de julio de 1987, y se estableció como vigente en España el 3 de octubre de 1989, con excepciones en ciertos artículos y apéndices. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El documento establece una revisión parcial del Reglamento de Radiocomunicaciones y sus apéndices, entrando en vigor en España el 3 de octubre de 1989. La revisión afecta a ciertos artículos y apéndices, con excepciones específicas. El texto incluye una serie de observaciones sobre los cambios realizados y una lista de firmas de representantes de diversos países. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Revisión parcial del Reglamento de Radiocomunicaciones**: Entró en vigor en España el 3 de octubre de 1989. ⚠️ **Excepciones en ciertos artículos y apéndices**: Artículos 8, 12, 60, 62, 65 y apéndices 16, 25, 31-35. 📋 **Símbolos para identificar cambios**: ADD, MOD, (MOD), NOC, SUP. ℹ️ **Lista de firmas internacionales**: Representantes de múltiples países participaron en la revisión. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (España) - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Reglamento - **Fecha de entrada en vigor**: 3 de octubre de 1989 - **Materias**: Radiocomunicaciones, regulación, tecnología - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Reglamento de Radiocomunicaciones, revisión parcial, apéndices, entrada en vigor, firmas internacionales ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta revisión parcial, la normativa española en materia de radiocomunicaciones se regía por el Reglamento de Radiocomunicaciones y sus apéndices, publicados en 1987. Esta actualización, derivada de la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones para los Servicios Móviles (MOB-87) celebrada en Ginebra en 1987, introduce modificaciones y adiciones que armonizan la regulación nacional con acuerdos internacionales, en línea con las directivas de la Unión Europea y las normativas de otras Comunidades Autónomas que también se adaptan a estos estándares. La aprobación de esta revisión parcial, que entró en vigor en España en octubre de 1989 con algunas excepciones hasta julio de 1991, es fundamental para el ciudadano, ya que afecta directamente a la asignación y uso del espectro radioeléctrico, garantizando la interoperabilidad y la eficiencia de los servicios de telecomunicaciones, desde la telefonía móvil hasta la radiodifusión. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────