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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 12 de abril de 1991 por la que se fija el plazo para la presentación de las solicitudes de la indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas.

BOE-A-1991-8928Publicada: 13/04/1991MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 12 de abril de 1991 por la que se fija el plazo para la presentación de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 12 de abril de 1991 establece el plazo para la presentación de solicitudes de indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas para el año 1991. 2. **CONTEXTO** La Orden se emite en el marco del Real Decreto 466/1990, que regula la indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene la competencia para dictar normas de desarrollo. La Orden de 20 de abril de 1990 fijó el plazo para el año 1990. Con la entrada en vigor del Real Decreto 412/1991, que fija la cuantía de los módulos base para el cálculo de la indemnización compensatoria básica, se emite esta Orden para establecer el plazo para el año 1991. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 12 de abril de 1991, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece el plazo para la presentación de solicitudes de indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas correspondiente al año 1991. El Real Decreto 466/1990, de 6 de abril, autoriza al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar disposiciones precisas para el desarrollo y ejecución de la indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas. La Orden de 20 de abril de 1990 estableció el plazo para el año 1990. Con la entrada en vigor del Real Decreto 412/1991, de 27 de marzo, que fija la cuantía de los módulos base para el cálculo de la indemnización compensatoria básica, se emite esta Orden para establecer el plazo para el año 1991. El artículo único de la Orden establece que las solicitudes para la obtención de la indemnización compensatoria básica correspondiente al año 1991 se presentarán entre el 15 de abril y el 20 de mayo del presente año, ambos inclusive. Esta disposición se fundamenta en la necesidad de establecer un plazo claro y definido para la tramitación de las solicitudes, garantizando la regularidad y la eficacia del sistema de indemnización compensatoria. La Orden establece que el plazo se fija para el año 1991, en función de la cuantía de los módulos base fijados en el Real Decreto 412/1991. El plazo se establece en un periodo de 36 días, desde el 15 de abril hasta el 20 de mayo, lo que permite a los interesados presentar sus solicitudes dentro de un marco temporal definido y coherente con el sistema de tramitación establecido. La disposición final de la Orden establece que esta norma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esto garantiza que la norma tenga efecto legal desde el momento en que se haga pública, lo que es fundamental para la aplicación de los plazos establecidos. La Orden se emite en Madrid, el 12 de abril de 1991, y está firmada por Solbes Mira, con la firma de los Ilmos. Sres. Subsecretario y Secretario General de Estructuras Agrarias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden establece el plazo para la presentación de solicitudes de indemnización compensatoria básica en zonas desfavorecidas para el año 1991. Se basa en el Real Decreto 466/1990 y en la Orden de 20 de abril de 1990. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Plazo para solicitudes**: 15 de abril a 20 de mayo de 1991. ⚠️ **Autorización ministerial**: El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene competencia para dictar normas de desarrollo. 📋 **Base legal**: Real Decreto 466/1990 y Real Decreto 412/1991. ℹ️ **Vigencia**: Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 12 de abril de 1991 - **Materias**: Indemnización compensatoria, zonas desfavorecidas, plazos de presentación - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1991, dictada por el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, establece el plazo específico para solicitar la indemnización compensatoria básica en zonas desfavorecidas para ese año, fijándolo entre el 15 de abril y el 20 de mayo. Previamente, una Orden de 1990 ya había regulado la tramitación y establecido plazos para el año anterior, basándose en un Real Decreto que desarrollaba la política comunitaria de la UE en materia de zonas desfavorecidas. A diferencia de normativas posteriores o de otras CCAA que podrían haber flexibilizado o modificado estos plazos, esta orden concreta y limita el periodo de solicitud para el año 1991. Para el ciudadano, esta diferencia es crucial, ya que el estricto cumplimiento de estos plazos determina la posibilidad de acceder o no a una ayuda económica destinada a compensar las desventajas de vivir y trabajar en dichas zonas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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