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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 2 de abril de 1991 por la que se regula el acceso a los archivos del Ministerio de Asuntos Exteriores.

BOE-A-1991-10351Publicada: 29/04/1991MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 2 de abril de 1991 por la que se regula el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige un error en la redacción de la Orden de 2 de abril de 1991, que regula el acceso a los archivos del Ministerio de Asuntos Exteriores. 2. **CONTEXTO** La Orden de 2 de abril de 1991 establece normas sobre el acceso a los archivos del Ministerio de Asuntos Exteriores. Durante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» número 87, de 11 de abril de 1991, se detectó un error en la redacción de un apartado. Se procedió a su corrección mediante una norma de corrección de errores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma de corrección de errores se emite en virtud de lo establecido en el artículo 142 del Reglamento de la Administración General del Estado, que permite la corrección de errores en documentos oficiales. En concreto, se corrige un error en el apartado tercero, punto 1, de la Orden de 2 de abril de 1991. En dicho apartado, se mencionaba el «Real Decreto 914/1989, de 8 de mayo», pero el error consiste en la fecha del Real Decreto, que debería ser «Real Decreto 914/1969, de 8 de mayo». Este Real Decreto fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 112, de 13 de mayo de 1969. La corrección se realiza para garantizar la exactitud de la norma y su correcta aplicación. La norma no introduce cambios sustanciales en el contenido de la Orden original, sino que solo corrige un error de redacción. La corrección se efectúa en cumplimiento de lo previsto en el artículo 142 del Reglamento de la Administración General del Estado, que establece que las correcciones de errores deben realizarse de forma inmediata y se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado». La corrección no afecta a los derechos de los ciudadanos ni a la vigencia de la norma, ya que se trata de un error de redacción y no de un error de contenido. La norma se emite como una corrección de errores, por lo que no tiene valor de nueva norma, sino de rectificación de una anterior. La corrección se realiza mediante una norma de corrección de errores, que se publica en el «Boletín Oficial del Estado» para garantizar su conocimiento y aplicación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige un error de redacción en la Orden de 1991. No modifica el contenido sustancial de la norma. La corrección se realiza en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de la Administración General del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la redacción de la Orden de 1991. ⚠️ **Error en la fecha**: Se mencionaba el Real Decreto 914/1989, pero debe ser 914/1969. 📋 **Reglamento de la Administración General del Estado**: Se aplica el artículo 142 para justificar la corrección. ℹ️ **No afecta a derechos**: La corrección no modifica el contenido sustancial de la norma. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 11 de abril de 1991 (publicación de la Orden original) - **Materias**: Archivos, acceso a documentos, corrección de errores - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección de errores, Real Decreto 914/1969, Ministerio de Asuntos Exteriores, Boletín Oficial del Estado, Reglamento de la Administración General del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1991, que corrige un error en una orden previa sobre acceso a archivos del Ministerio de Asuntos Exteriores, se enmarca en un contexto donde la transparencia y el acceso a la información pública eran temas en desarrollo. La normativa estatal de la época, como la Ley de Procedimiento Administrativo, ya establecía principios generales, pero la especificidad del acceso a archivos históricos y diplomáticos requería regulaciones sectoriales. Comparativamente, otras Comunidades Autónomas no tenían competencias directas en archivos de carácter estatal como los del Ministerio de Asuntos Exteriores, y las directivas europeas sobre protección de datos o acceso a la información pública aún estaban en sus primeras fases de implementación. La corrección de este error, aunque aparentemente menor, es crucial para el ciudadano porque garantiza la correcta referencia a la normativa que rige el acceso a documentos históricos, asegurando así la seguridad jurídica y la posibilidad efectiva de ejercer su derecho a la información. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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