Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 653/1991, de 22 de abril, por el que se dotan plazas de Magistrado y se constituyen Juzgados de diversos órdenes jurisdiccionales.

BOE-A-1991-10236Publicada: 26/04/1991MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 653/1991, de 22 de abril, por el que se dotan plazas de Magistrado ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 653/1991 establece la dotación de plazas de magistrados en la Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales, así como la constitución de diversos juzgados de diferentes órdenes jurisdiccionales. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto fue aprobado en el marco de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, que establece la organización y distribución de la administración judicial en España. El Consejo General del Poder Judicial, junto con las Comunidades Autónomas afectadas, propuso la dotación de plazas de magistrados y la constitución de juzgados para garantizar la adecuada atención a las demandas judiciales. La norma fue aprobada con informe del Consejo General y previa deliberación del Consejo de Ministros en abril de 1991. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 653/1991, de 22 de abril, regula la dotación de plazas de magistrados y la constitución de juzgados en distintas instancias judiciales. En concreto, establece la asignación de tres plazas de magistrado para la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Además, se asignan plazas en los Tribunales Superiores de Justicia, concretamente cuatro plazas de magistrado para las Salas de lo Contencioso-Administrativo y 24 plazas para las Salas de lo Social de determinados Tribunales Superiores de Justicia. En cuanto a las Audiencias Provinciales, se dotan 51 plazas de magistrados. Asimismo, el Real Decreto prevé la constitución de diversos juzgados de diferentes órdenes jurisdiccionales, como 40 Juzgados de Primera Instancia, dos Juzgados de Instrucción, 49 Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, 10 Juzgados de lo Social, dos Juzgados de Menores y una Juzgada de Vigilancia Penitenciaria. Estas medidas están en cumplimiento del artículo 41.1 de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, que establece la organización de la planta judicial en el territorio nacional. El Real Decreto fue aprobado con informe de las Comunidades Autónomas afectadas y del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de abril de 1991. En el artículo 1º se establece la dotación de tres plazas de magistrado para la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. En el artículo 2º, se detallan las plazas de magistrado asignadas a los Tribunales Superiores de Justicia, con una plaza para la Sala de lo Contencioso-Administrativo y otras para las Salas de lo Social. El Real Decreto también incluye una tabla que detalla la distribución de plazas en diferentes Tribunales Superiores de Justicia, con un total de 44 plazas asignadas. Además, se menciona el total de juzgados constituidos, que asciende a 1.900. Este Real Decreto refleja la necesidad de una organización judicial eficiente y equilibrada, que permita atender las demandas judiciales en todo el territorio nacional, garantizando la justicia y el acceso a los derechos de los ciudadanos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 653/1991 establece una dotación de plazas de magistrados y la constitución de juzgados en distintas instancias judiciales. Se busca garantizar una organización judicial eficiente y equilibrada en todo el territorio nacional. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Dotación de plazas de magistrados**: Se asignan plazas en la Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales. ⚠️ **Constitución de juzgados**: Se establecen diversos juzgados de diferentes órdenes jurisdiccionales para garantizar el acceso a la justicia. 📋 **Cumplimiento normativo**: El Real Decreto se basa en la Ley de Demarcación y de Planta Judicial y en el artículo 41.1. ℹ️ **Distribución territorial**: La norma refleja una organización judicial equilibrada en todo el territorio nacional. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 653/1991 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 22 de abril de 1991 - **Materias**: Planta judicial, organización judicial, plazas de magistrados, juzgados - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto, plazas de magistrados, juzgados, organización judicial, Ley de Demarcación, Poder Judicial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1991, la dotación de plazas judiciales y la creación de nuevos juzgados se regían por la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, que establecía las bases para la organización del poder judicial. Este Real Decreto actualiza y concreta dichas previsiones, detallando la asignación de magistrados en la Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales, así como la constitución de diversos tipos de juzgados. A diferencia de normativas posteriores que podrían implicar una mayor descentralización o la intervención directa de las Comunidades Autónomas en la gestión de la planta judicial, este Real Decreto, aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Justicia y con informe de las CCAA afectadas, representa un desarrollo normativo estatal. La diferencia para el ciudadano radica en la agilidad y especificidad con la que se configuran los órganos judiciales, buscando una mejor cobertura y especialización, lo que impacta directamente en el acceso a la justicia y los tiempos de resolución de los litigios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →