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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 4 de junio de 1991 por la que se modifican el anexo 3 del Real Decreto 2272/1985 y el anexo 2 del Real Decreto 2283/1985, de 4 de diciembre, sobre las tarifas aplicables a los informes de aptitud regulados en aquéllos.

BOE-A-1991-14467Publicada: 08/06/1991MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de junio de 1991 por la que se modifican el anexo 3 del Real Decreto ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1519/1986, de 24 de julio, autoriza al Ministerio del Interior a modificar anualmente las tarifas aplicables a los informes de aptitud, mediante Orden de la Presidencia del Gobierno. La Orden de 4 de junio de 1991 establece nuevas tarifas para los Centros de Reconocimiento y para la emisión de informes de aptitud para la tenencia y uso de armas, basándose en el Índice de Precios al Consumo. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 2272/1985, de 4 de diciembre, regula los Centros de Reconocimiento y establece tarifas para la emisión de informes de aptitud. El Real Decreto 2283/1985, también de 4 de diciembre, regula la emisión de informes de aptitud para la tenencia y uso de armas. Ambos establecen la posibilidad de modificación anual de las tarifas mediante Orden de la Presidencia del Gobierno. En 1990, se publicó una Orden que modificó las tarifas, pero se consideró necesario realizar una nueva revisión. En 1991, se publicó una nueva Orden que estableció nuevas tarifas, incrementadas porcentualmente según el Índice de Precios al Consumo. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 4 de junio de 1991, publicada en el Boletín Oficial del Estado, modifica las tarifas aplicables a los informes de aptitud regulados en los anexos 3 del Real Decreto 2272/1985 y el anexo 2 del Real Decreto 2283/1985. La modificación se realiza en virtud del Real Decreto 1519/1986, de 24 de julio, que otorga al Ministerio del Interior la facultad de realizar dichas modificaciones anuales. La Orden se basa en la necesidad de actualizar las tarifas, tras la anterior elevación en 1990, y en la justificación y audiencia de las Asociaciones representativas del sector. En el anexo 3 del Real Decreto 2272/1985, se establecen las tarifas para la obtención y revisión de permisos de conducir. Según el texto de la Orden, las tarifas son las siguientes: - Para la obtención y revisión de los permisos de las clases A-1, A-2, B-1 y L C. C.: 2.883 pesetas. - Para la obtención de los permisos de las clases B-2, C-1, C-2, D y E: 4.083 pesetas. - Para la revisión de los permisos B-2, C-1, C-2, D y E: 3.483 pesetas. - Para la revisión de los permisos a cuyo titular se imponga la obligación de efectuarla anualmente: 721 pesetas. En el anexo 2 del Real Decreto 2283/1985, se establecen las tarifas para la obtención y renovación de licencias y permisos de armas. Según la Orden, las tarifas son: - Para la obtención de licencia y permisos de armas: 4.083 pesetas. - Para las posteriores renovaciones de licencias y permisos: 3.483 pesetas. La Orden establece que, con la entrada en vigor de esta norma, queda derogada la Orden de 24 de julio de 1990, que modificó los anteriores anexos. Además, se establece que la presente Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La modificación de las tarifas se realiza mediante aplicación porcentual del Índice de Precios al Consumo, lo que refleja una actualización de las tarifas en función de la evolución de los precios. Esta medida busca garantizar que las tarifas se mantengan en línea con la inflación, permitiendo que los Centros de Reconocimiento y los organismos responsables de la emisión de informes de aptitud puedan cubrir sus costos operativos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 4 de junio de 1991 modifica las tarifas aplicables a los informes de aptitud, incrementándolas mediante aplicación del Índice de Precios al Consumo. La modificación se realiza en virtud del Real Decreto 1519/1986, y se deroga la anterior Orden de 1990. La nueva Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de tarifas**: Se actualizan las tarifas aplicables a los informes de aptitud mediante aplicación del Índice de Precios al Consumo. ⚠️ **Derogación de norma anterior**: La Orden de 24 de julio de 1990 queda derogada con la entrada en vigor de esta nueva Orden. 📋 **Procedimiento de modificación**: La modificación se realiza en virtud del Real Decreto 1519/1986, de 24 de julio, y se basa en la justificación y audiencia de las Asociaciones representativas del sector. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden de 4 de junio de 1991 - **Tipo**: Orden - **Fecha**: 4 de junio de 1991 - **Materias**: Tarifas, permisos de conducir, licencias de armas, Centros de Reconocimiento - **Relevancia**: ALTA - **Artículo/parágrafo**: Art. 11 del Real Decreto 2272/1985; Art. 3 del Real Decreto 2283/1985; Art. 1 del Real Decreto 1519/1986 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden de 1991 modifica las tarifas de los informes de aptitud psicofísica para conductores y para la tenencia de armas, que previamente se establecieron en los Reales Decretos de 1985. Anteriormente, estas tarifas podían ser modificadas anualmente por Orden de la Presidencia del Gobierno, y esta norma actualiza las cuantías basándose en el Índice de Precios al Consumo, derogando la Orden de 1990. A diferencia de otras normativas autonómicas que podrían tener competencias en materia de salud o seguridad, esta regulación es de ámbito nacional y se alinea con la legislación estatal existente. La diferencia principal para el ciudadano radica en el incremento de los costes de estos informes, afectando directamente al bolsillo de quienes necesitan renovar o solicitar permisos de conducir o de armas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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