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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1120/1991, de 21 de julio, sobre régimen y funciones del Comisario General de España para la Exposición Universal de Sevilla 1992.

BOE-A-1991-18845Publicada: 22/07/1991PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1120/1991, de 21 de julio, sobre régimen y funciones del Comisario ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1120/1991 establece el régimen y funciones del Comisario General de España para la Exposición Universal de Sevilla 1992, adaptando su estructura y responsabilidades a las necesidades operativas de la Exposición, con mayor intervención del Gobierno. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 487/1985 había establecido el régimen del Comisario General para la Exposición Universal y sus órganos de apoyo. A pocos meses de la inauguración de la Exposición de Sevilla 1992, se consideró necesario actualizar su régimen para mejorar la participación del Estado en la organización. El Real Decreto 1120/1991 busca reforzar el control gubernamental y la responsabilidad en la gestión de la Exposición, adaptando la estructura y funciones del Comisario General. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1120/1991, de 21 de julio de 1991, establece el régimen y funciones del Comisario General de España para la Exposición Universal de Sevilla 1992. Este Real Decreto se emite en virtud de la propuesta del Presidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 19 de julio de 1991. En el artículo 1º se establece que el Comisario General desempeñará las funciones previstas en el Reglamento General de la Exposición Universal, aprobado por la Asamblea General de la Oficina Internacional de Exposiciones y publicado por Resolución de 28 de septiembre de 1988, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores. En el artículo 2º se establece que el Comisario General, con rango de Embajador Extraordinario, tendrá los derechos y prerrogativas reconocidos a los Subsecretarios y dependerá del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno. En el artículo 3º se establece que el Comisario General será nombrado y separado por Real Decreto, y que su nombramiento se realizará previo acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno. En el artículo 4º se establece que la Sociedad Estatal para la Exposición Universal de Sevilla 1992 adaptará sus Estatutos a las previsiones del Real Decreto y renovará su Consejo de Administración, cuyos miembros serán nombrados previo acuerdo del Consejo de Ministros. En el artículo 5º se establece que las actividades de la Sociedad Estatal se entenderán realizadas en ejecución de programas de cooperación internacional, a los efectos del régimen de los funcionarios públicos que presten servicios a la misma. En el artículo 6º se establece que los contratos laborales de duración determinada y tiempo parcial que concierten el Comisario o la Sociedad Estatal para la Exposición Universal de Sevilla 92, Sociedad Anónima, para el desarrollo de sus actividades, se entenderán comprendidos entre los susceptibles de compatibilidad con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3º 1, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, con las limitaciones establecidas en la misma. En las Disposiciones Finales, se establece que el Ministro de Economía y Hacienda habilitará los créditos necesarios para el cumplimiento del Real Decreto, que se autoriza al Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno para adoptar las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución del Real Decreto, y que el Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En la Disposición Derogatoria, se establece que quedan derogados el Real Decreto 487/1985, de 10 de abril, y cuantas disposiciones de igual o de inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto. Este Real Decreto se publica en Madrid a 21 de julio de 1991, firmado por el Presidente del Gobierno, Felipe González Márquez. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1120/1991 modifica y sustituye el régimen del Comisario General de la Exposición Universal de Sevilla 1992, reforzando la participación del Estado en su organización. Establece el rango, funciones y dependencia del Comisario General, así como la adaptación de la Sociedad Estatal y la derogación del Real Decreto 487/1985. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación del régimen del Comisario General**: Se modifica el régimen del Comisario General para adecuarlo a las necesidades operativas de la Exposición Universal de Sevilla 1992. ⚠️ **Reforzamiento del control gubernamental**: El Comisario General depende del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, aumentando su responsabilidad en la gestión de la Exposición. 📋 **Nombramiento del Consejo de Administración**: La Sociedad Estatal debe renovar su Consejo de Administración, cuyos miembros serán nombrados previo acuerdo del Consejo de Ministros. ℹ️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogó el Real Decreto 487/1985 y otras disposiciones que se oponían al nuevo régimen. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1120/1991 - **Tipo**: Norma de rango general - **Fecha**: 21 de julio de 1991 - **Materias**: Exposición Universal, Comisario General, funciones públicas, gestión de eventos internacionales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Exposición Universal de Sevilla 1992, Comisario General, Ministerio de Relaciones con las Cortes, Sociedad Estatal, derogación de normas anteriores ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1991 actualiza la estructura y funciones del Comisario General para la Exposición Universal de Sevilla 1992, sucediendo al Real Decreto 487/1985 que estableció el marco inicial. A diferencia de normativas más generales o de otras Comunidades Autónomas que podrían regular figuras similares en contextos distintos, esta norma es específica para un evento de proyección nacional e internacional, con la particularidad de que su aprobación recae en el Gobierno central, a través del Consejo de Ministros y el Ministerio de Relaciones con las Cortes y Secretaría del Gobierno. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que define la autoridad y el control gubernamental sobre un proyecto de gran envergadura, asegurando una mayor responsabilidad y coordinación en su desarrollo, lo cual impacta directamente en la ejecución y el éxito del evento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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