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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de junio de 1991 por la que se autoriza la modificación de tarifas de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE).

BOE-A-1991-17147Publicada: 04/07/1991MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de junio de 1991 por la que se autoriza la modificación de tarifas d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 27 de junio de 1991 autoriza a la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE) a modificar las tarifas de su red ferroviaria, estableciendo incrementos medios ponderados del 5,7% para viajeros y del 5,5% para mercancías, con especificaciones detalladas para cada tipo de servicio. **2. CONTEXTO** La Orden se emite en el marco del Contrato-Programa Estado-Renfe 1988-1991, que establece la regulación de precios en el sector ferroviario. La RENFE presentó una propuesta de modificación de tarifas ante la Junta Superior de Precios, remitiéndola al Ministerio. La autorización se otorga tras el informe de dicha Junta y con el visto bueno de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor el mismo día. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 27 de junio de 1991, publicada en el Boletín Oficial del Estado, autoriza a la RENFE a modificar las tarifas de su red ferroviaria, basándose en el Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, que establece la normativa en materia de precios. Según el artículo 5 de dicho Real Decreto, el Ministerio tiene la competencia para autorizar modificaciones tarifarias cuando se presenten propuestas ante la Junta Superior de Precios. En este caso, la RENFE presentó su propuesta de incremento de tarifas, que fue analizada por dicha Junta y aprobada con el visto bueno de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. La modificación afecta a dos categorías principales: viajeros y mercancías. Para viajeros, se autoriza un incremento medio ponderado del 5,7%, con tarifas específicas para cada tipo de servicio y clase. Por ejemplo, en primera clase, los trenes con suplemento tienen un precio de 12.600 pesetas por viajero-kilómetro, mientras que los sin suplemento son 9.406 pesetas. Para servicios de larga distancia y regionales, se establecen tarifas diferenciadas según la clase y el tipo de servicio. Además, se detallan los precios de los servicios de cama, con diferentes tramos de distancia y tarifas correspondientes. Para cabinas con ocupación superior a una cama, se aplican coeficientes de reducción, como el 0,65 para cabinas dobles y el 0,44 para la clase turista, redondeando por exceso a centenas de pesetas. En cuanto a los servicios de cercanías, se mantienen seis escalones por distancia de recorrido y un sistema de precios únicos por coronas, con tarifas específicas para billetes sencillos, ida y vuelta, bonotrem diez viajes y abono mensual. Por ejemplo, para la primera corona (0 a 10 km), el precio de un billete sencillo es de 90 pesetas, mientras que para la sexta corona (61 a 75 km), el precio es de 340 pesetas. Para mercancías, se autoriza un incremento medio ponderado del 5,5% en los precios netos operados. Además, se establece que los cuadros con las tarifas y las condiciones de aplicación deben ser comunicados previamente a la Dirección General de Transportes Terrestres. Finalmente, la Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden autoriza a la RENFE a modificar tarifas con incrementos del 5,7% para viajeros y del 5,5% para mercancías. La modificación se basa en el Real Decreto 2695/1977 y se publica en el BOE. La norma establece tarifas detalladas y condiciones de aplicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de tarifas**: La RENFE obtiene permiso para aumentar tarifas con incrementos del 5,7% para viajeros y del 5,5% para mercancías. ⚠️ **Base legal**: Se basa en el Real Decreto 2695/1977 y en el Contrato-Programa Estado-Renfe 1988-1991. 📋 **Tarifas detalladas**: Se especifican precios por tipo de servicio, clase y distancia, incluyendo servicios de cama y cabinas. ℹ️ **Procedimiento**: La modificación fue aprobada tras el informe de la Junta Superior de Precios y el visto bueno de la Comisión Delegada del Gobierno. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 27 de junio de 1991 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de junio de 1991 - **Materias**: Transporte ferroviario, tarifas, precios - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: RENFE, tarifas, precios, transporte ferroviario, Real Decreto 2695/1977, Junta Superior de Precios ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1991, la fijación de tarifas de RENFE se regía por el Real Decreto 2695/1977, que establecía un marco normativo general para la materia de precios, y se alineaba con las directrices del contrato-programa Estado-RENFE. Esta orden específica, aprobada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos tras informe de la Junta Superior de Precios, autorizaba un incremento medio ponderado del 5,7% en tarifas de viajeros y del 5,5% en mercancías, diferenciando precios por clase, tipo de tren y distancia, e introduciendo un sistema de "coronas" para cercanías. A diferencia de normativas posteriores que podrían haber liberalizado o modificado sustancialmente la estructura tarifaria, esta orden representa una intervención directa del Estado en la fijación de precios de un servicio público esencial. Para el ciudadano, esta diferencia es crucial, ya que determina directamente el coste de sus desplazamientos y el transporte de mercancías, afectando su poder adquisitivo y la competitividad del sector logístico. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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