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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 11 de julio de 1991 sobre tramitación de expedientes de dispensa del requisito de residencia en España.

BOE-A-1991-19014Publicada: 24/07/1991MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 11 de julio de 1991 sobre tramitación de expedientes de dispensa del re ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 11 de julio de 1991 establece criterios orientativos para la tramitación de expedientes de dispensa del requisito de residencia legal en España en casos de recuperación de la nacionalidad española y opción de nacionalidad por descendencia. 2. **CONTEXTO** La Ley 18/1990, de 17 de diciembre, reforma el Código Civil en materia de nacionalidad y atribuye al gobierno la facultad de dispensar del requisito de residencia legal en España en ciertos casos. Esta norma busca beneficiar a emigrantes y sus hijos, así como resolver problemas derivados de la emigración masiva del pasado. La Orden de 1991 se emite con el objetivo de facilitar la tramitación de estos expedientes, estableciendo criterios claros para su evaluación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 11 de julio de 1991, emitida por el Director General de los Registros y del Notariado, establece un marco orientativo para la tramitación de expedientes de dispensa del requisito de residencia legal en España en casos de recuperación de la nacionalidad española y opción de nacionalidad por descendencia. La norma se basa en la Ley 18/1990, de 17 de diciembre, que otorga al gobierno la facultad de dispensar este requisito en ciertos supuestos. En concreto, la Orden establece que, en los casos de recuperación de la nacionalidad por emigrantes o hijos de emigrantes, se propone la dispensa del requisito de residencia legal en España tanto para quienes se encuentren en el país como para quienes, hallándose en el extranjero, pretendan residir en España, salvo que concurran antecedentes penales desfavorables u otros especialmente graves que aconsejen la denegación. En otros casos de solicitud de recuperación, además de las circunstancias mencionadas, se exigirán otras especiales que aconsejen la dispensa. Entre estas, se valorarán la adaptación a la cultura española, el conocimiento del idioma, las actividades profesionales, sociales, culturales o benéficas en favor de intereses o asociaciones españolas, y cualquier otra circunstancia que demuestre una particular vinculación con España del interesado y su familia. Además, se establece que lo señalado en los apartados anteriores no perjudica la necesidad de obtener la habilitación discrecional del gobierno cuando esta sea exigible conforme al artículo 26.2 del Código Civil. Finalmente, para las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español y nacido en España, y que nunca hubieran ostentado la nacionalidad española, el requisito de residencia legal en España, a los efectos de la opción establecida por la disposición transitoria tercera de la Ley 18/1990, se exigirá en los términos previstos en los números primero y segundo de la presente Orden. La Orden se emite previa consulta con los Ministerios de Asuntos Exteriores, del Interior y de Trabajo y Seguridad Social, y se publica en Madrid el 11 de julio de 1991. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1991 establece criterios orientativos para la dispensa del requisito de residencia legal en casos de recuperación de la nacionalidad y opción por descendencia. Establece condiciones específicas para diferentes supuestos y se basa en la Ley 18/1990. La norma busca facilitar la tramitación de expedientes en beneficio de emigrantes y sus descendientes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Dispensa del requisito de residencia**: Se establecen criterios para dispensar el requisito de residencia legal en casos de recuperación de la nacionalidad y opción por descendencia. ⚠️ **Antecedentes penales**: Se mencionan como causa para denegar la dispensa en ciertos casos. 📋 **Criterios orientativos**: La norma no establece un régimen obligatorio, sino criterios que deben seguirse. ℹ️ **Vinculación con España**: Se valora la adaptación cultural, conocimiento del idioma y actividades benéficas en favor de España. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 11 de julio de 1991 - **Materias**: Nacionalidad, residencia, derecho de familia, derecho internacional privado - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: nacionalidad, residencia, dispensa, emigrantes, descendencia, Código Civil, Ley 18/1990 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1991, la Ley 18/1990 ya otorgaba al Gobierno la facultad de dispensar del requisito de residencia legal en España para la recuperación de la nacionalidad o para la opción de hijos de españoles originarios. Esta normativa estatal se diferencia de otras CCAA, que no tienen competencias directas en materia de nacionalidad, y se alinea con el espíritu de directivas europeas que buscan facilitar la integración y el retorno de ciudadanos. La Orden, aprobada por el Ministerio de Justicia, establece criterios para la Dirección General de los Registros y del Notariado, a diferencia de la discrecionalidad inicial del Gobierno. Para el ciudadano, esta ordenación supone una mayor claridad y previsibilidad en los procedimientos de obtención o recuperación de la nacionalidad, facilitando el retorno de emigrantes y sus descendientes, lo cual es crucial para mantener vínculos familiares y culturales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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