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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 18 de julio de 1991 por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 245/1989, de 27 de febrero, sobre determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria de obra.

BOE-A-1991-19198Publicada: 26/07/1991MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de julio de 1991 por la que se modifica el anexo I del Real Decreto ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1225/1991 modifica el Anexo I del Real Decreto 245/1989, incorporando rectificaciones de la Directiva 87/252/CEE y añadiendo un nuevo apartado referente a la Directiva 88/180/CEE, con el fin de actualizar las normas sobre la potencia acústica admisible de las cortadoras de césped. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 245/1989 establece normas sobre la determinación y limitación de la potencia acústica admisible de ciertos materiales y maquinaria de obra. En su artículo 4.2, se establece que la conformidad de las cortadoras de césped con la Directiva 84/538/CEE debe ser certificada por el fabricante o importador domiciliado en la Comunidad. Posteriormente, la Directiva 87/252/CEE modificó el Anexo III de dicha Directiva, que fue sustituido por un nuevo modelo de inscripción publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Además, las Directivas 88/180/CEE y 88/181/CEE establecen la obligatoriedad de incluir en ciertas cortadoras de césped una indicación del nivel de presión acústica en la posición del operador, garantizado por el fabricante. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1225/1991, de 18 de julio de 1991, modifica el Anexo I del Real Decreto 245/1989, de 27 de febrero de 1989, en materia de potencia acústica admisible de ciertos materiales y maquinaria de obra. La modificación se produce mediante la incorporación de rectificaciones derivadas de la Directiva 87/252/CEE, publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, número L 158/31. Estas rectificaciones afectan al Anexo III de la Directiva 84/538/CEE, que establece el modelo de inscripción informativa que debe aparecer en las máquinas, de forma visible e indeleble, ya sea directamente o mediante placa de características fijada de forma permanente. Además, el Real Decreto 1225/1991 incorpora un nuevo apartado al Anexo I del Real Decreto 245/1989, denominado apartado 20, referido a la Directiva 88/180/CEE, de 22 de marzo de 1988, que modifica la Directiva 84/538/CEE en materia de nivel de potencia acústica admisible de las cortadoras de césped. Esta Directiva establece que ciertos tipos de cortadoras de césped deben incluir en su inscripción informativa una indicación del nivel de presión acústica en la posición del operador, garantizado por el fabricante. La información debe ajustarse al modelo de inscripción incluido en el Anexo II de la Directiva 88/181/CEE, que establece los requisitos mínimos para la información a incluir en las máquinas. La modificación del Real Decreto 245/1989 se realiza con el fin de adaptar la normativa nacional a las directivas comunitarias vigentes, asegurando que las cortadoras de césped cumplan con los estándares de seguridad y protección del medio ambiente en cuanto a la emisión de ruido. La incorporación de estas rectificaciones y el nuevo apartado refleja la evolución normativa en materia de seguridad laboral y protección del operario frente a los riesgos acústicos derivados del uso de maquinaria agrícola y de obra. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1225/1991 actualiza el marco normativo sobre la potencia acústica admisible de las cortadoras de césped, incorporando rectificaciones de directivas comunitarias y añadiendo un nuevo apartado referente a la Directiva 88/180/CEE. Esta modificación busca garantizar la conformidad con los estándares europeos y la protección del operario frente a riesgos acústicos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del Real Decreto 245/1989**: Se incorporan rectificaciones de la Directiva 87/252/CEE. ⚠️ **Nuevas obligaciones para los fabricantes**: Deben garantizar la indicación del nivel de presión acústica en la posición del operador. 📋 **Inclusión de un nuevo apartado**: Referido a la Directiva 88/180/CEE, que modifica la Directiva 84/538/CEE. ℹ️ **Adaptación a normativa europea**: Se busca alinear la normativa nacional con los estándares comunitarios en materia de seguridad y protección del operario. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1225/1991 - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 18 de julio de 1991 - **Materias**: Seguridad laboral, protección del operario, ruido, maquinaria de obra - **Relevancia**: ALTA - **Resumen**: Este Real Decreto modifica el Anexo I del Real Decreto 245/1989, incorporando rectificaciones de la Directiva 87/252/CEE y añadiendo un nuevo apartado referente a la Directiva 88/180/CEE, con el fin de actualizar las normas sobre la potencia acústica admisible de las cortadoras de césped y garantizar la protección del operario frente a riesgos acústicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden de 1991 modifica el Real Decreto 245/1989, que establecía límites de potencia acústica para maquinaria de obra, adaptando la normativa nacional a las Directivas europeas 84/538/CEE y sus posteriores modificaciones (87/252/CEE, 88/180/CEE y 88/181/CEE). Anteriormente, la certificación de conformidad de las cortadoras de césped se basaba en el modelo de certificado y la inscripción informativa previstos en la Directiva 84/538/CEE. La normativa estatal, a través de este Real Decreto y su modificación, integraba los requisitos de las directivas comunitarias, que establecían la obligatoriedad de indicar el nivel de presión acústica en la posición del operador para ciertos modelos. La aprobación de estas directivas por la UE implicaba su transposición por los Estados miembros, como España, para garantizar la armonización del mercado interior y la protección del ciudadano frente al ruido. La diferencia radica en la actualización de los requisitos de información acústica, lo que importa al ciudadano porque garantiza una mayor transparencia sobre el nivel de ruido de la maquinaria que adquiere o utiliza, permitiendo tomar decisiones informadas y contribuyendo a un entorno más saludable. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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