ResoluciónNacionalvigente

Auto de 5 de diciembre de 2022, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que deja sin efecto el auto de esta Sala de 29 de noviembre de 2022, confirmando que la resolución de la Dirección General de la Policía de 15 de noviembre de 2022 (BOE de 18 de noviembre de 2022) debe ser interpretada y aplicada de conformidad con las correcciones introducidas en el BOE de 30 de noviembre de 2022.

BOE-A-2022-21409Publicada: 17/12/2022TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un Auto (decisión) del Tribunal Supremo de 5 de diciembre de 2022 que anula una decisión anterior de 29 de noviembre del mismo año. El Tribunal confirma que la resolución de la Dirección General de la Policía del 15 de noviembre de 2022, que convocan oposiciones para la Escuela Nacional de Policía, debe interpretarse y aplicarse con las correcciones que se publicaron en el Boletín Oficial del Estado el 30 de noviembre. **¿A quién afecta?** Afecta a Samira Alemán Puerto y otras personas que presentaron una demanda contra esa resolución de oposiciones. También afecta al Abogado del Estado, que había presentado un recurso para intentar revertir la decisión anterior del Tribunal. **¿Qué cambia o establece?** El Tribunal establece que la resolución sobre las oposiciones a la Policía debe entenderse y aplicarse con las correcciones publicadas el 30 de noviembre. Anula la decisión anterior, declara que el recurso del Abogado del Estado ya no tiene objeto, no condena a ninguna parte al pago de gastos procesales, y ordena que esta decisión se publique en el Boletín Oficial del Estado.

💬 Contexto ciudadano

El proceso de selección de la Escuela Nacional de Policía es objeto de especial litigiosidad dado el elevado número de aspirantes y la trascendencia de los criterios de admisión. Este Auto resuelve una situación inusual: la existencia de dos textos normativos aparentemente contradictorios —la resolución original de 15 de noviembre de 2022 y su corrección de 30 de noviembre— que habían generado una impugnación cautelar y una orden de suspensión provisional. El TS aclara que la corrección de errores publicada el 30 de noviembre tiene plena validez legal y debe aplicarse, dejando sin efecto la suspensión cautelar previa. En la jurisprudencia sobre correcciones de errores normativos, el auto confirma que una corrección publicada en el BOE tiene el mismo rango y eficacia que la norma corregida, siempre que no introduzca cambios sustanciales. La publicación de este Auto en el BOE, circunstancia infrecuente, obedece a la necesidad de dar publicidad oficial a una decisión jurisdiccional que afecta a un proceso selectivo masivo de acceso a la función pública.

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