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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1294/1991, de 2 de agosto, por el que se declaran libres de derechos arancelarios, hasta el 31 de diciembre de 1991, las importaciones de ciertos productos laminados planos de acero sin alear galvanizados electrolíticamente, cuando se cumplan las condiciones que se establecen.

BOE-A-1991-20518Publicada: 13/08/1991MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1294/1991, de 2 de agosto, por el que se declaran libres de derecho ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1294/1991, de 2 de agosto, establece la exención temporal del pago de derechos arancelarios para la importación de ciertos productos laminados planos de acero sin alear galvanizados electrolíticamente, dentro de un límite cuantitativo y plazo definidos. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto se emite en el marco de la legislación aduanera española, concretamente en el ámbito de la Ley Arancelaria y el régimen de derechos arancelarios. Se basa en la necesidad de garantizar la disponibilidad de ciertos productos para la industria transformadora, dada la insuficiencia de la producción nacional. Además, se apoya en el derecho de los organismos, entidades y personas interesadas a presentar reclamaciones o peticiones en relación con el arancel, según el artículo 8.0 de la Ley Arancelaria. También se considera la posibilidad de suspender derechos arancelarios, según el artículo 33 del Acta de Adhesión de España a las Comunidades Europeas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1294/1991, de 2 de agosto, se fundamenta en el artículo 6.4 de la Ley Arancelaria, que otorga al Gobierno la facultad de suspender temporalmente los derechos arancelarios en determinadas circunstancias. Además, se apoya en el artículo 33 del Acta de Adhesión de España a las Comunidades Europeas, que permite la suspensión total o parcial de los derechos arancelarios en los intercambios con la Comunidad Europea. El Real Decreto 1455/1987, de 27 de noviembre, en su artículo 4, reconoce el derecho de los organismos, entidades y personas interesadas a presentar reclamaciones o peticiones en relación con el arancel, en cumplimiento del artículo 8.0 de la Ley Arancelaria. El Real Decreto 1294/1991 establece que ciertos productos laminados planos de acero sin alear, galvanizados electrolíticamente, podrán importarse sin pagar derechos arancelarios, siempre que cumplan con ciertas condiciones. Estas condiciones incluyen que los productos sean originarios y procedan de la Comunidad Económica Europea o de países con el mismo tratamiento arancelario. Además, la importación se limita a un máximo de 37.000 toneladas métricas y al periodo hasta el 31 de diciembre de 1991. El artículo 1º del Real Decreto detalla los productos exentos, identificados con el código NCE Ex.7210.39.10.1, que corresponden a productos laminados planos de acero sin alear, de anchura igual o superior a 860 milímetros, galvanizados electrolíticamente. El artículo 2º establece que el reparto entre los importadores interesados se realizará por los servicios competentes de la Dirección General de Comercio Exterior. La disposición final indica que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». El Real Decreto fue firmado en Palma de Mallorca el 2 de agosto de 1991, por el Rey Juan Carlos I, y firmado por el Ministro de Industria, Comercio y Turismo, José Claudio Aranzadi Martínez. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1294/1991 exime temporalmente de derechos arancelarios la importación de ciertos productos de acero, dentro de un límite cuantitativo y plazo definidos. La medida se fundamenta en la necesidad de satisfacer la demanda de la industria transformadora y en el marco legal de la Ley Arancelaria y el derecho de suspensión de derechos arancelarios. La exención se aplica solo a productos originarios y procedentes de la Comunidad Económica Europea o países con el mismo tratamiento arancelario. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Exención temporal de derechos arancelarios**: Se establece la exención de derechos arancelarios para la importación de ciertos productos de acero dentro de un límite cuantitativo y plazo definidos. ⚠️ **Condiciones de origen y procedencia**: Los productos deben ser originarios y proceder de la Comunidad Económica Europea o de países con el mismo tratamiento arancelario. 📋 **Límite cuantitativo y plazo**: La exención se aplica a un máximo de 37.000 toneladas métricas y hasta el 31 de diciembre de 1991. ℹ️ **Fundamento legal**: Se basa en el artículo 6.4 de la Ley Arancelaria y en el artículo 33 del Acta de Adhesión de España a las Comunidades Europeas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1294/1991 - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 2 de agosto de 1991 - **Materias**: Aduanas, comercio exterior, derechos arancelarios - **Relevancia**: ALTA - **Resumen**: El Real Decreto 1294/1991 establece la exención temporal de derechos arancelarios para la importación de ciertos productos de acero, dentro de un límite cuantitativo y plazo definidos, con el objetivo de satisfacer la demanda de la industria transformadora. La medida se fundamenta en el marco legal de la Ley Arancelaria y en el derecho de suspensión de derechos arancelarios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1991, las importaciones de productos laminados planos de acero galvanizado electrolíticamente estaban sujetas a derechos arancelarios, tal como se regía por la Ley Arancelaria y el Arancel de Aduanas. La normativa estatal permitía reclamaciones para la defensa de intereses, y el Acta de Adhesión de España a las Comunidades Europeas contemplaba la suspensión de aranceles en intercambios intracomunitarios. Este Real Decreto, aprobado por el Gobierno español a propuesta del Ministro de Industria, Comercio y Turismo, se diferencia de una aplicación general de aranceles al conceder una exención temporal y cuantitativa para importaciones de la Comunidad Económica Europea o países con tratamiento arancelario similar. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que permite a la industria nacional acceder a materias primas a menor coste, potencialmente reduciendo los precios de los productos finales y mejorando la competitividad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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