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Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 1/1991, de 7 de marzo, reguladora de régimen jurídico de los baldíos de Alburquerque.

BOE-A-1991-20457Publicada: 12/08/1991Comunidad Autónoma de Extremadura

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Ley 1/1991, de 7 de marzo, reguladora de régimen jurídico de los baldíos de Albu ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 1/1991, de 7 de marzo, establece el régimen jurídico de los baldíos de Alburquerque, con el objetivo de regular la propiedad, el uso y la titularidad de los derechos sobre las tierras en el municipio, con especial atención a los conflictos de uso y propiedad entre los titulares de derechos dominicales. 2. **CONTEXTO** La Ley responde a un problema histórico de los baldíos de Alburquerque, que ha afectado negativamente su evolución socioeconómica. La población ha disminuido significativamente, pasando de 11.141 habitantes en 1910 a 6.428 en 1982, y el desempleo es elevado. La actividad agraria es la principal en el municipio, lo que justifica la necesidad de regular el uso de las tierras. Además, la división de titularidades dominicales ha generado conflictos, con casos de usurpación de derechos que afectan el interés legítimo de los vecinos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 1/1991, de 7 de marzo, establece un régimen jurídico específico para los baldíos de Alburquerque, con el fin de regular la propiedad, el uso y la titularidad de los derechos sobre las tierras en el municipio. La norma se fundamenta en el artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, que otorga al Presidente de la Junta de Extremadura la potestad de promulgar leyes en materia de régimen jurídico local. La Ley establece que los baldíos de Alburquerque son tierras que están distribuidas entre distintos titulares de derechos dominicales, como el derecho de siembra, los pastos de primavera y verano, las hierbas de invierno, el arbolado y sus sucesorios. La división de titularidades ha generado situaciones de infrautilización de la tierra o de apropiación indebida de derechos, lo que ha llevado a la necesidad de una regulación legal. La norma establece que los baldíos son propiedad de los titulares de derechos dominicales, y que estos tienen derecho a aprovechar las tierras en la forma que les corresponda. La Ley también establece que, en casos de usurpación, se aplicarán las normas de derecho civil para resolver los conflictos. Además, la Ley establece que los baldíos deben ser aprovechados de forma conjunta, con el fin de maximizar su uso y evitar la infrautilización. La Ley también establece que los baldíos deben ser delimitados con precisión, mediante la descripción de los linderos y la definición de los tramos de tierra. La descripción de los linderos se basa en la delimitación de los tramos, que se detallan en la norma, con la finalidad de garantizar la claridad en la propiedad y el uso de las tierras. La Ley establece que los baldíos deben ser gestionados de forma sostenible, con el fin de garantizar su uso eficiente y la protección del medio ambiente. Además, la Ley establece que los baldíos deben ser utilizados de forma conjunta, con el fin de evitar la fragmentación de la propiedad y la infrautilización de las tierras. La norma también establece que los baldíos deben ser gestionados de forma que se respeten los derechos de los titulares de derechos dominicales, y que se eviten las situaciones de usurpación o apropiación indebida. La Ley establece que, en caso de conflicto, se aplicarán las normas de derecho civil y se buscará una solución que respete los derechos de todos los titulares. La Ley también establece que los baldíos deben ser delimitados con precisión, mediante la descripción de los linderos y la definición de los tramos de tierra. La descripción de los linderos se basa en la delimitación de los tramos, que se detallan en la norma, con la finalidad de garantizar la claridad en la propiedad y el uso de las tierras. En resumen, la Ley 1/1991, de 7 de marzo, establece un régimen jurídico específico para los baldíos de Alburquerque, con el fin de regular la propiedad, el uso y la titularidad de los derechos sobre las tierras en el municipio, con especial atención a los conflictos de uso y propiedad entre los titulares de derechos dominicales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 1/1991, de 7 de marzo, establece un régimen jurídico para los baldíos de Alburquerque, con el objetivo de regular la propiedad y el uso de las tierras. La norma se basa en el Estatuto de Autonomía de Extremadura y establece que los baldíos deben ser aprovechados de forma conjunta y sostenible. La Ley también establece que los baldíos deben ser delimitados con precisión y que los titulares de derechos dominicales deben respetar sus derechos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de los baldíos**: La Ley establece un régimen jurídico específico para los baldíos de Alburquerque. ⚠️ **Conflictos de propiedad**: La división de titularidades ha generado situaciones de usurpación y apropiación indebida. 📋 **Delimitación precisa**: La norma establece la delimitación de los baldíos mediante la descripción de los linderos y los tramos de tierra. ℹ️ **Uso sostenible**: La Ley establece que los baldíos deben ser aprovechados de forma conjunta y sostenible. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica - **Fuente**: Ley 1/1991 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 7 de marzo de 1991 - **Materias**: Propiedad, derechos dominicales, baldíos, uso de tierras - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: baldíos, Alburquerque, derechos dominicales, uso de tierras, régimen jurídico ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley autonómica extremeña de 1991, el problema de los baldíos en Alburquerque se abordó de forma incipiente con el Decreto de 1926 y de manera más directa, aunque sin aplicación, con la Ley de 1935. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pudieron haber desarrollado normativas específicas o aplicado legislación estatal más general sobre propiedad y aprovechamiento de tierras, Extremadura optó por una ley ordinaria para resolver una problemática histórica y muy arraigada en Alburquerque. Esta ley, aprobada por la Asamblea de Extremadura, busca corregir la infrautilización y los abusos en la tenencia de la tierra, lo cual es crucial para el ciudadano de Alburquerque, ya que pretende mejorar la infraestructura agraria y garantizar un aprovechamiento más justo y rentable de estas tierras, impactando directamente en su desarrollo socioeconómico y en la posibilidad de acceder a recursos básicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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