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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea.

BOE-A-1991-19978Publicada: 06/08/1991MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se a ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, corrige errores en la publicación del Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 145 de 18 de junio de 1991. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 905/1991 establecía el Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, con el objetivo de regular su organización, funciones y competencias. Durante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», se detectaron errores tipográficos o de redacción que afectaban la correcta interpretación de su contenido. Para garantizar la precisión legal, se emitió una corrección de errores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 905/1991 corrige errores en la publicación del Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 145 de 18 de junio de 1991. Las correcciones afectan a varios puntos del texto original, incluyendo la exposición de motivos, disposiciones adicionales y artículos específicos. En la exposición de motivos, en el párrafo tercero, se corrige la frase «... a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Transportes, oído el Consejo de Estado...» para que sea «... a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Transportes, con la aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, oído el Consejo de Estado...». Esta corrección refleja una modificación en la forma en que se menciona la aprobación del Ministerio para las Administraciones Públicas, lo cual es relevante para la formalidad del procedimiento legislativo. En la disposición adicional tercera, se corrige la frase «... apartado tres del artículo...» para que sea «... apartado 3 del artículo...», lo que corrige un error en la numeración del apartado. En el artículo 11, apartado 3, se corrige la frase «... ejerce...» para que sea «... ejercerá...», lo que modifica el tiempo verbal del verbo, posiblemente para ajustar la redacción del texto. En el artículo 11, apartado 4, b), se corrige la frase «... Centros de Control...» para que sea «... centros de control...», corrigiendo la mayúscula en el nombre de los centros. En el artículo 19.2, se corrige la frase «... y en los m)...» para que sea «... y en las m)...», lo que corrige un error en la redacción de la enumeración. Estas correcciones son importantes para garantizar la precisión del texto legal y evitar malentendidos en su aplicación. Aunque no modifican el contenido sustancial del Estatuto, son necesarias para mantener la integridad del documento y su correcta interpretación. La corrección de errores no implica una modificación de la norma en sí, sino una corrección de errores de redacción o tipográficos. Por lo tanto, el Real Decreto 905/1991 se mantiene como norma vigente, pero con una versión corregida de su texto original. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige errores en la publicación del Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. Las correcciones afectan a varios puntos del texto, incluyendo la exposición de motivos, disposiciones adicionales y artículos específicos. No se modifica el contenido sustancial del Estatuto, sino que se corrige su redacción. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en la publicación del Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. ⚠️ Errores afectan a la exposición de motivos, disposiciones adicionales y artículos específicos. 📋 Las correcciones no modifican el contenido sustancial, sino la redacción del texto. ℹ️ La norma se mantiene vigente, pero con una versión corregida del texto original. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 14 de junio de 1991 - **Materias**: Administrativo, Aeropuertos, Navegación Aérea - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto, Estatuto, Aeropuertos Españoles, Navegación Aérea, corrección de errores, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto, aprobado en 1991, corrige errores formales en la publicación del Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. Previamente, la normativa que regulaba este ente se encontraba en el propio Real Decreto 905/1991, y su aprobación recayó en el Gobierno central, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Transportes, con la intervención del Consejo de Estado y, en este caso, del Ministro para las Administraciones Públicas. A diferencia de otras normativas autonómicas que podrían tener competencias en infraestructuras o servicios de transporte, esta regulación es de ámbito nacional y se alinea con la legislación estatal general sobre aeropuertos y navegación aérea. La corrección de estos errores, aunque de carácter menor, es importante para el ciudadano al garantizar la correcta interpretación y aplicación de la norma, evitando posibles ambigüedades o disputas legales sobre los procedimientos y competencias del ente regulador. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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