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Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley Foral 11/1991, de 16 de marzo, por la que se modifican determinados preceptos de la Ley Foral 16/1986, de 17 noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra.

BOE-A-1991-23615Publicada: 20/09/1991Comunidad Foral de Navarra

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Ley Foral 11/1991, de 16 de marzo, por la que se modifican determinados precepto ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley Foral 11/1991 modifica determinados preceptos de la Ley Foral 16/1986, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra, con el objetivo de fijar una fecha específica para la celebración de las elecciones en el cuarto domingo de mayo cada cuatro años. 2. **CONTEXTO** La Ley Foral 16/1986 y la Ley Orgánica 5/1985 constituyen las normas principales que regulan el derecho de sufragio en Navarra. Durante el proceso electoral de 1987, estas leyes demostraron su eficacia. Sin embargo, se planteaba la necesidad de modificar la fecha de celebración de las elecciones para evitar que se celebraran en julio y agosto, lo cual generaba descontento en la sociedad y entre las fuerzas políticas. La Ley Foral 11/1991 busca resolver este problema mediante la fijación de una fecha electoral específica. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley Foral 11/1991 modifica los artículos 12 y 13 de la Ley Foral 16/1986, así como la frase inicial del artículo 36 y añade un segundo párrafo al artículo 46. Estas modificaciones tienen como objetivo principal fijar una fecha concreta para la celebración de las elecciones al Parlamento de Navarra. En concreto, el **artículo 12** establece que las elecciones se convocarán mediante Decreto Foral del Presidente del Gobierno de Navarra, en los plazos determinados por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, con la finalidad de que se celebren el **cuarto domingo de mayo cada cuatro años**. Además, el Decreto Foral de convocatoria deberá publicarse al día siguiente de su expedición en el «Boletín Oficial de Navarra», entrando en vigor en esa fecha. El **artículo 13** establece que el Decreto Foral de convocatoria indicará la fecha de las elecciones, la fecha de inicio de la campaña electoral y, en su caso, la fecha y hora de celebración de la sesión constitutiva del Parlamento de Navarra, que deberá realizarse dentro del plazo de un mes a contar desde el día de celebración de las elecciones. El **artículo 2** modifica la frase inicial del artículo 36, que queda redactada como: «El tercer día siguiente al de la votación, ...», lo que podría implicar una corrección en el plazo para la publicación de los resultados. El **artículo 3** añade un segundo párrafo al artículo 46, estableciendo que la Comunidad Foral de Navarra, en el plazo de treinta días posterior a la presentación ante la Cámara de Comptos de su cóntabilidad, y en concepto de adelanto mientras no concluyan las actuaciones de la Cámara de Comptos, entregará a los Administradores electorales el 45 por 100 del importe de las subvenciones que les correspondan de acuerdo con los resultados oficiales hechos públicos por la Junta Electoral Provincial de Navarra. La **disposición final** establece que la Ley Foral entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra». Estas modificaciones buscan garantizar una mayor previsibilidad y estabilidad en el calendario electoral, evitando la repetición de elecciones en meses de verano, lo que podría afectar la participación ciudadana y la organización de las mismas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley Foral 11/1991 modifica la fecha de celebración de las elecciones al Parlamento de Navarra, fijándola en el cuarto domingo de mayo cada cuatro años. Estas modificaciones buscan mejorar la organización electoral y evitar la repetición de elecciones en meses de verano. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fecha electoral fijada**: El cuarto domingo de mayo cada cuatro años. ⚠️ **Evita elecciones en verano**: Para mejorar la organización y participación ciudadana. 📋 **Modificaciones específicas**: Artículos 12, 13, 36 y 46 de la Ley Foral 16/1986. ℹ️ **Publicación en Boletín Oficial**: Entrada en vigor al día siguiente de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Navarra - **Fuente**: Ley Foral 11/1991 - **Tipo**: Ley Foral - **Fecha**: 16 de marzo de 1991 - **Materias**: Elecciones, derecho electoral, organización política - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: elecciones, Parlamento de Navarra, derecho electoral, Ley Foral, fecha electoral ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Ley Foral 11/1991, la normativa principal que regía las elecciones al Parlamento de Navarra era la Ley Foral 16/1986, complementada por la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General. A diferencia de otras comunidades autónomas, que suelen tener fechas electorales fijas o reguladas de forma distinta, Navarra buscaba evitar la coincidencia de sus elecciones con los meses de verano, un problema que se presentaba con la normativa anterior. Esta ley fue aprobada por el Parlamento de Navarra, y su principal diferencia radica en fijar la fecha de las elecciones al cuarto domingo de mayo cada cuatro años, en lugar de dejarla sujeta a los plazos generales que podían derivar en votaciones estivales. Para el ciudadano, esta modificación importa porque asegura que los procesos electorales se desarrollen en un periodo más propicio para la participación y la deliberación pública, evitando la dispersión vacacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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