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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1349/1991, de 13 de septiembre, de modificación parcial del Real Decreto 755/1987, de 19 de junio, por el que se establecen normas para garantizar la prestación de servicios minímos en los órganos de la Administración de Justicia.

BOE-A-1991-23292Publicada: 14/09/1991MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1349/1991, de 13 de septiembre, de modificación parcial del Real De ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1349/1991 incorpora las subastas judiciales como servicio esencial en los órganos de la Administración de Justicia, garantizando su funcionamiento incluso durante el ejercicio del derecho a la huelga por parte de los funcionarios. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 755/1987 establecía los servicios mínimos necesarios para el funcionamiento de los órganos judiciales durante huelgas. Sin embargo, se consideraba necesario ampliar dicha lista para incluir servicios críticos. La paralización de las subastas judiciales podía afectar derechos e intereses de los ciudadanos, lo que justificaba su inclusión como servicio esencial. Por ello, se aprobó el Real Decreto 1349/1991 para completar la normativa existente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1349/1991, de 13 de septiembre de 1991, modifica parcialmente el Real Decreto 755/1987, de 19 de junio, para incluir las subastas judiciales como servicio esencial en los órganos de la Administración de Justicia. Según el texto del Real Decreto 755/1987, se establecían los servicios mínimos necesarios para garantizar el funcionamiento de los órganos judiciales cuando se ejercitara el derecho a la huelga de sus funcionarios. La necesidad de incorporar nuevas actividades se derivaba del riesgo de perjuicio no reparable para los derechos e intereses de los ciudadanos si se paralizaban dichas funciones. En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de septiembre de 1991, se dispuso la incorporación de las subastas judiciales como servicio esencial. El artículo único del Real Decreto 1349/1991 incorpora al contenido del artículo 2.°, 1, del Real Decreto 755/1987, el siguiente servicio esencial: «Subastas judiciales». La disposición final establece que el presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 13 de septiembre de 1991, y fue firmada por el entonces Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Tomás de la Quadra-Salcedo y Fernández del Castillo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1349/1991 modifica el Real Decreto 755/1987 para incluir las subastas judiciales como servicio esencial. Esta medida busca garantizar el funcionamiento de los órganos judiciales incluso durante huelgas. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Inclusión de subastas judiciales como servicio esencial**: Se establece que las subastas judiciales deben mantenerse en funcionamiento incluso durante huelgas. ⚠️ **Riesgo de perjuicio no reparable**: La paralización de estas subastas podría afectar derechos e intereses de los ciudadanos. 📋 **Modificación del Real Decreto 755/1987**: Se incorpora el servicio de subastas judiciales al listado de servicios mínimos. ℹ️ **Vigencia inmediata**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa - **Fuente**: Real Decreto 1349/1991 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 13 de septiembre de 1991 - **Materias**: Funcionamiento de órganos judiciales, derecho a la huelga, servicios mínimos - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la modificación de 1991, el Real Decreto 755/1987 ya establecía servicios mínimos para la Administración de Justicia ante huelgas, pero no incluía explícitamente las subastas judiciales. Esta norma estatal, aprobada por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Justicia, se alinea con el objetivo general de garantizar la continuidad de servicios esenciales, una preocupación común en la normativa de otras comunidades autónomas y directivas europeas relativas a la protección de derechos ciudadanos. La adición de las subastas judiciales como servicio esencial es crucial para el ciudadano, ya que su paralización podría generar perjuicios irreparables en sus derechos e intereses económicos, asegurando así que estos procedimientos no se vean completamente interrumpidos por conflictos laborales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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