Circular 4/2022, de 22 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables, cuentas anuales y estados financieros intermedios de las infraestructuras del mercado español de valores.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** La Circular 4/2022 es una norma contable emitida por la Comisión Nacional del Mercado de Valores que establece las reglas de contabilidad y los modelos de estados financieros que deben aplicar las infraestructuras del mercado de valores español. Es la actualización de una norma anterior de 2008, simplificada y adaptada a la realidad actual del mercado. **¿A quién afecta?** Afecta a las empresas e instituciones que operan la infraestructura del mercado de valores español: las sociedades que rigen las bolsas, los operadores de sistemas de negociación electrónica, las entidades que hace de intermediarios en las operaciones, los que custodian valores y las sociedades que controlan estas entidades. No afecta al Banco de España. **¿Qué cambia o establece?** Simplifica las obligaciones: elimina requisitos que no eran específicos de estas infraestructuras, reduce el número de informes financieros que deben presentar, suprime la diferencia entre informes reservados y públicos, y establece que solo deben publicar las cuentas anuales auditadas. Además, adapta las normas a cambios en la legislación mercantil europea y española recientes.
💬 Contexto ciudadano
Las infraestructuras del mercado de valores español —Bolsas, BME, IBERCLEAR como depositario central— tienen obligaciones contables específicas derivadas de su naturaleza como infraestructuras sistémicas reguladas. La Circular 4/2022 de la CNMV actualiza la Circular 4/2008 adaptándola al nuevo marco regulatorio europeo: Reglamento EMIR (648/2012) sobre derivados OTC, Reglamento CSDR (909/2014) sobre depositarios centrales y Reglamento MiFIR (600/2014). Comparativamente, la CNMV tiene menores competencias de supervisión contable que la BaFin alemana o la AMF francesa sobre sus respectivos operadores de mercado. La simplificación de los estados financieros requeridos —reducción de informes y eliminación de la distinción entre informes reservados y públicos— responde a la tendencia europea de racionalización de los requisitos de reporte supervisor, reduciendo la carga administrativa sobre entidades sistémicas sometidas a supervisión continua del regulador de valores.