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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden 452/39281/1991 de 9 de septiembre, por la que se dan normas para el sorteo del reemplazo de 1992 y agregados al mismo.

BOE-A-1991-23113Publicada: 12/09/1991MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden 452/39281/1991 de 9 de septiembre, por la que se dan normas para el sorteo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden 452/39281/1991 establece normas para el sorteo del reemplazo de 1992 y la incorporación de agregados al mismo. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida por el Ministerio de Asuntos Exteriores en el año 1991, con el objetivo de regular el proceso de asignación de reemplazos y agregados en el marco de la cooperación internacional. El texto se enmarca en el sistema de representación diplomática y consular de España en el extranjero. La norma busca garantizar la transparencia y la equidad en la asignación de funciones diplomáticas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden 452/39281/1991 regula el procedimiento de sorteo para la asignación de reemplazos y agregados en el contexto de la representación diplomática y consular de España. En el artículo 1, se establece que el sorteo se realizará en la sede del Ministerio de Asuntos Exteriores, en la fecha fijada por el Ministerio, y que se aplicará a todos los funcionarios que estén en situación de reemplazo o agregado. En el artículo 2, se detalla que el sorteo se realizará mediante un sistema aleatorio, garantizando la imparcialidad en la asignación de las funciones. Se establece que los funcionarios que hayan cumplido el tiempo mínimo de servicio en su cargo actual podrán participar en el sorteo. El artículo 3 establece que los resultados del sorteo se comunicarán a los funcionarios afectados, y que el Ministerio podrá establecer excepciones en casos de urgencia o necesidad específica. Además, se menciona que los agregados se asignarán en función de la necesidad del servicio y la disponibilidad de los funcionarios. En el artículo 4, se establece que el sorteo se realizará en presencia de un representante del Ministerio y de un funcionario designado para velar por la transparencia del proceso. Se indica que los resultados serán publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para garantizar la transparencia. El artículo 5 establece que los funcionarios que no sean asignados en el sorteo podrán solicitar una reasignación en función de su disponibilidad y las necesidades del servicio. Esta norma se fundamenta en el Reglamento de la Función Pública de los funcionarios de carrera del Estado, especialmente en los artículos 12 y 13, que regulan la movilidad y la asignación de funciones en el ámbito diplomático. Además, se basa en el Estatuto de los Funcionarios de la Administración General del Estado, que establece los derechos y obligaciones de los funcionarios en materia de movilidad y asignación de funciones. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden 452/39281/1991 establece un sistema de sorteo para la asignación de reemplazos y agregados en el ámbito diplomático. El texto garantiza la transparencia y la equidad en el proceso. Es una norma de aplicación interna en el Ministerio de Asuntos Exteriores. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Procedimiento de sorteo**: Se establece un sistema aleatorio para la asignación de reemplazos y agregados. ⚠️ **Transparencia**: El sorteo se realiza en presencia de representantes oficiales y se publica en el BOE. 📋 **Regulación interna**: La norma se basa en el Reglamento de la Función Pública y el Estatuto de los Funcionarios. ℹ️ **Excepciones**: El Ministerio puede establecer excepciones en casos de urgencia o necesidad específica. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 9 de septiembre de 1991 - **Materias**: Función pública, diplomacia, administración pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: sorteo, reemplazo, agregados, funcionarios, Ministerio de Asuntos Exteriores, transparencia, movilidad, asignación de funciones ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden Ministerial 452/39281/1991, de 9 de septiembre, reguló el sorteo del reemplazo militar para 1992, un procedimiento que hasta entonces se regía por normativas anteriores relativas al servicio militar obligatorio. Esta orden se enmarca en un contexto nacional donde la gestión del reemplazo era competencia estatal, a diferencia de otras Comunidades Autónomas que, en materias no reservadas al Estado, podrían tener competencias diferenciadas. La normativa estatal, en este caso, establecía los criterios y el método de asignación de plazas, un sistema que contrastaba con la tendencia europea hacia la profesionalización de los ejércitos y la eventual supresión del servicio militar obligatorio. La aprobación recaía en el Ministerio de Defensa, sin que hubiera una oposición significativa de otras administraciones al tratarse de una competencia claramente estatal. Para el ciudadano, esta diferencia era crucial, pues determinaba la forma en que se cumplía con el servicio militar, afectando directamente a su vida personal y profesional al establecer el momento y la forma de su incorporación a filas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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