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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 23 de septiembre de 1991 por la que se dictan normas sobre colaboración del servicio de correos en las elecciones locales parciales.

BOE-A-1991-23944Publicada: 26/09/1991MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de septiembre de 1991 por la que se dictan normas sobre colaboración ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 23 de septiembre de 1991 establece normas sobre la colaboración del Servicio de Correos en las elecciones locales parciales, regulando el envío postal de propaganda electoral, la franquicia postal, y la entrega de documentos electorales. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 217 del 10 de septiembre de 1991, como parte de la convocatoria de elecciones locales parciales que se celebrarían el 3 de noviembre. La norma busca garantizar la eficacia de la colaboración del Servicio de Correos en el desarrollo de estas elecciones. Se establecen normas específicas para el envío postal de propaganda electoral, el tratamiento de documentos electorales y la aplicación de medidas de franquicia postal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 23 de septiembre de 1991, publicada en el BOE número 217 del 10 de septiembre de 1991, establece normas sobre la colaboración del Servicio de Correos en las elecciones locales parciales. La norma se divide en varios puntos, entre los que destacan: - **Enviados postales de propaganda electoral**: Se establece que los envíos de propaganda electoral realizados por partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores están sujetos a las normas del Real Decreto 421/1991, de 5 de abril, que regula los procesos electorales. Estos envíos deben ostentar la inscripción "ENVIOS POSTALES DE PROPAGANDA ELECTORAL" en la parte superior central del anverso, y pueden presentarse abiertos o cerrados sin perder su condición de impresos. No es obligatorio consignar en su cubierta el nombre y domicilio del remitente, ni su grupo político ni su símbolo. - **Depósito de los envíos**: Los envíos se realizan con el carácter de ordinarios y se acompañarán de una factura que indique el número de envíos, su destino y el nombre y firma del remitente. En el caso de envíos a que se refiere el régimen de "franqueo pagado", se ajustarán a las normas establecidas en la Orden del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicación citada en el punto anterior. - **Franquicia postal**: Los sobres que contengan documentación electoral remitidos por las juntas electorales gozarán de franquicia postal y circularán obligatoriamente con carácter certificado. Se aplicarán las normas sobre franquicia y las especiales que establece el Reglamento de los Servicios de Correos en los artículos 150 y 151. Asimismo, los sobres que contengan documentación electoral remitidos por la Oficina del Censo Electoral o sus delegaciones provinciales también gozarán de franquicia postal, excepto los envíos a que se refiere el punto 6.3 de la presente orden. - **Normas complementarias**: Los funcionarios de Correos y Telégrafos deben mantener la máxima escrupulosidad en sus actuaciones para evitar las penas y sanciones previstas en el Título I, Capítulo VIII, "Delitos e Infracciones Electorales", de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, que afecta a los funcionarios públicos, con especial referencia al incumplimiento de los trámites establecidos para el voto por correspondencia. - **Disposiciones finales**: La Orden faculta a la Dirección General de Correos y Telégrafos para dictar cuantas instrucciones de aplicación y desarrollo requiera la ejecución de esta orden. La presente orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOE. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1991 establece normas detalladas sobre la colaboración del Servicio de Correos en elecciones locales parciales. Regula el envío postal de propaganda electoral, la franquicia postal y la entrega de documentos electorales. La norma busca garantizar la eficacia y legalidad del proceso electoral. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación del envío postal de propaganda electoral**: Se establecen normas sobre el formato, la identificación y el tratamiento de los envíos. ⚠️ **Franquicia postal**: Los sobres con documentación electoral gozan de franquicia y deben circular con carácter certificado. 📋 **Cumplimiento de normas**: Los funcionarios de Correos deben actuar con escrupulosidad para evitar sanciones. ℹ️ **Vigencia y aplicación**: La norma entra en vigor el día de su publicación y se aplica a las elecciones locales parciales del 3 de noviembre de 1991. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 23 de septiembre de 1991 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 23 de septiembre de 1991 - **Materias**: Elecciones, Correos, Propaganda electoral, Franquicia postal - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1991, la colaboración del servicio de correos en elecciones locales parciales se regía por normativas generales sobre procesos electorales y servicios postales, sin una regulación específica tan detallada para este tipo de comicios. Comparada con la normativa estatal actual, que ha evolucionado significativamente, esta orden de 1991 es un antecedente directo pero menos exhaustivo. Las directivas de la UE sobre procesos electorales, si bien no abordan directamente la logística postal, establecen principios de transparencia y equidad que indirectamente influyen en estas regulaciones. La Orden fue aprobada por el Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, y su importancia para el ciudadano radica en establecer las reglas claras para la distribución de propaganda electoral, garantizando que todos los actores políticos puedan hacer llegar sus mensajes a los electores de manera organizada y dentro de los plazos establecidos, lo cual es fundamental para el ejercicio del derecho al voto informado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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