Ley 6/2025, de 22 de diciembre, del Tercer Sector de Acción Social de Andalucía.
¿Qué dice esta ley?
**Qué es** Una ley que regula las organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la acción social en Andalucía (fundaciones, asociaciones, cooperativas sociales). Establece cómo deben funcionar, qué requisitos necesitan cumplir y qué derechos y responsabilidades tienen estas entidades. **A quién afecta** Directamente a las organizaciones sociales (fundaciones, asociaciones, ONG) que operan en Andalucía. También afecta a sus voluntarios, trabajadores y a los ciudadanos que reciben sus servicios. Indirectamente, a la administración autonómica que las supervisa y financia. **Qué cambia** La ley define un marco legal único y actualizado para el tercer sector (el conjunto de organizaciones no lucrativas ni públicas). Establece normas sobre gobernanza (cómo se toman decisiones en estas entidades), transparencia en la gestión de fondos, obligaciones contables y requisitos para acceder a financiación pública. Busca fortalecer estas organizaciones y garantizar que funcionen de forma responsable y eficaz. **Cuándo entra en vigor** La ley se aprobó el 22 de diciembre de 2025. Generalmente entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, aunque algunas disposiciones pueden tener
💬 Contexto ciudadano
El Tercer Sector de Acción Social andaluz —más de 9.000 entidades entre fundaciones, asociaciones y cooperativas sociales— opera con un marco regulatorio disperso que esta ley unifica. Andalucía sigue así el camino de Cataluña (Llei 4/2008 del Tercer Sector Social) y del País Vasco (Ley 6/2016 del Tercer Sector Social), que ya tienen legislación propia más desarrollada. La norma establece el registro, los requisitos de transparencia y las fórmulas de colaboración con la administración pública mediante conciertos y convenios. Para organizaciones del tercer sector andaluz, la ley mejora su posición en la negociación de contratos y convenios con la Junta, clarifica los requisitos de participación en la elaboración de políticas sociales y establece medidas de fomento que incluyen acceso preferente a contratación pública y posibilidad de recibir financiación estructural.