Corrección de errores de la Resolución de 13 de septiembre de 1991, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de tratados internacionales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Resolución de 13 de septiembre de 1991, de la Secret ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente documento corrige errores en la Resolución de 13 de septiembre de 1991, de la Secretaría General Técnica, sobre la aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de tratados internacionales. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 1991 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 251, de fecha 19 de octubre de 1991, y contenía información sobre tratados internacionales. Posteriormente se detectaron errores en la redacción de ciertos convenios internacionales. El presente documento corrige dichos errores para garantizar la precisión de la información publicada. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El documento corrige errores en la Resolución de 13 de septiembre de 1991, de la Secretaría General Técnica, sobre la aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de tratados internacionales. Estos errores afectan a dos convenios internacionales específicos: el Convenio Europeo de Extradición, firmado en París el 13 de diciembre de 1957, y el Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal, firmado en Estrasburgo el 20 de abril de 1959. En concreto, en la página 33957, primera columna, se menciona el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con fecha 13 de febrero de 1990, cuando debería ser 13 de febrero de 1991. Este error se corrige al indicar la fecha correcta. En la página 33957, segunda columna, se menciona el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con fecha 21 de junio de 1991, y se indica que se firmó. Sin embargo, se debe añadir la fecha de ratificación, que es 29 de agosto de 1991. Este error se corrige al incluir la fecha de ratificación. La corrección se realiza mediante una resolución firmada por el Secretario general Técnico, Ameno Pérez Giralda, en Madrid, el 29 de octubre de 1991. La corrección se publica con el fin de corregir errores en la información proporcionada en el «Boletín Oficial del Estado», garantizando la precisión de los datos relativos a los tratados internacionales. El Decreto 801/1972 establece la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de tratados internacionales, lo que incluye la firma, ratificación y aplicación de los mismos. El artículo 32 de dicho Decreto se refiere a la aplicación de los tratados internacionales, lo que implica la necesidad de una redacción precisa y correcta de los documentos oficiales. La corrección de errores en la Resolución de 1991 es relevante para garantizar la precisión de los datos oficiales y la correcta aplicación de los tratados internacionales. La corrección se realiza en el marco de la normativa vigente, con el objetivo de mantener la integridad y la fiabilidad de los documentos oficiales publicados en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El documento corrige errores en una resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado». Se corrigen fechas incorrectas en dos convenios internacionales. La corrección se realiza mediante una resolución firmada por el Secretario general Técnico. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en una resolución de 1991. ⚠️ Errores en fechas de dos convenios internacionales. 📋 Corrección de datos en el «Boletín Oficial del Estado». ℹ️ Relevancia para la aplicación correcta de los tratados internacionales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 29 de octubre de 1991 - **Materias**: Tratados internacionales, Administración del Estado, Boletín Oficial del Estado - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Corrección de errores, tratados internacionales, Boletín Oficial del Estado, Decreto 801/1972, Secretaría General Técnica ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta corrección de errores de 1991 se refiere a una resolución previa de 1972 sobre la gestión de tratados internacionales por la Administración del Estado, un ámbito regulado a nivel estatal y en línea con las directivas de la Unión Europea que buscan armonizar la aplicación de acuerdos internacionales. Antes de esta corrección, la normativa estatal ya establecía un marco para la ordenación de la actividad administrativa en materia de tratados, sin que existieran diferencias significativas con otras Comunidades Autónomas en este punto, ya que la competencia es eminentemente estatal. La importancia para el ciudadano radica en la precisión de las fechas de aplicación y ratificación de convenios internacionales, como el de extradición o asistencia judicial penal, garantizando así la seguridad jurídica y el correcto funcionamiento de los mecanismos de cooperación internacional que afectan directamente a sus derechos y obligaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────