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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 24 de octubre de 1991 por la que se regula el Centro de Publicaciones y se crea la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

BOE-A-1991-26747Publicada: 06/11/1991MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 24 de octubre de 1991 por la que se regula el Centro de Publicaciones y ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 24 de octubre de 1991 regula el funcionamiento del Centro de Publicaciones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y crea la Comisión Asesora de Publicaciones, con el objetivo de centralizar la actividad editorial y difusora de publicaciones del departamento. **2. CONTEXTO** Esta norma se emite en el marco de la reestructuración del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, tras la creación de dicho ministerio mediante Real Decreto de 12 de marzo de 1991. La Orden de 1991 sustituye a las Ordenes de 1985 y 1986, que desarrollaban el Real Decreto 1434/1985 sobre la ordenación de publicaciones oficiales. La norma busca unificar y centralizar la gestión de publicaciones en el ámbito del Ministerio. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 24 de octubre de 1991 establece el régimen jurídico del Centro de Publicaciones, dependiente de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con la finalidad de coordinar y ejecutar la actividad editorial y difusora de las publicaciones del Ministerio y de los organismos autónomos adscritos a él. El Centro de Publicaciones tiene como funciones principales: elaborar el programa anual de ediciones, basado en las propuestas de los centros directivos, entidades y organismos autónomos adscritos al Departamento; coordinar la edición, distribución y venta de las publicaciones oficiales, así como cualquier otra actividad relacionada con el proceso editorial que determine el Departamento. Además, el Centro de Publicaciones debe tramitar los expedientes de gasto dentro de los créditos presupuestarios asignados al programa de ediciones, administrar y rendir cuentas de los fondos a justificar, y gestionar otros asuntos delegados por el Pleno de la Comisión Asesora de Publicaciones. La Comisión Asesora de Publicaciones, que se crea en esta norma, tiene funciones de asesoramiento y control sobre las publicaciones oficiales. Su Presidente puede autorizar la edición de publicaciones no incluidas en el programa, en casos de urgencia, siempre que se informe a la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales. Todas las publicaciones editadas, independientemente de su origen o sistema de financiación, deben tener asignado un número de identificación que acredite su inclusión en el programa editorial del Ministerio, con certificación expedida por la Secretaría de la Comisión Asesora de Publicaciones. Esta certificación es requisito imprescindible para la autorización del gasto. La Comisión Asesora de Publicaciones se regirá por la Ley de Procedimiento Administrativo en materia de órganos colegiados, salvo lo previsto en esta Orden. Finalmente, se derogan las Ordenes de 25 de noviembre de 1985 y 18 de febrero de 1986, que desarrollaban el Real Decreto 1434/1985, así como otras disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en esta Orden. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1991 establece un marco claro para la gestión de publicaciones oficiales en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Crea el Centro de Publicaciones y la Comisión Asesora de Publicaciones, con funciones específicas y responsabilidades claras. La norma sustituye a anteriores regulaciones y establece un sistema centralizado y coordinado. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Centro de Publicaciones**: Dependiente de la Secretaría General Técnica, con funciones de coordinación y ejecución de la actividad editorial. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Sustituye a las Ordenes de 1985 y 1986, que desarrollaban el Real Decreto 1434/1985. 📋 **Funciones específicas del Centro de Publicaciones**: Elaboración del programa anual, coordinación de edición, distribución y venta, gestión de gastos y fondos. ℹ️ **Certificación de publicaciones**: Requisito imprescindible para la autorización del gasto, con certificación expedida por la Comisión Asesora de Publicaciones. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 24 de octubre de 1991 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 24 de octubre de 1991 - **Materias**: Publicaciones oficiales, gestión editorial, administración pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Centro de Publicaciones, Comisión Asesora de Publicaciones, gestión editorial, publicaciones oficiales, Ministerio de Obras Públicas y Transportes ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1991, la regulación de las publicaciones oficiales del Ministerio de Obras Públicas y Transportes se basaba en Órdenes de 1985 y 1986, que a su vez desarrollaban el Real Decreto 1434/1985. Esta normativa estatal sentaba las bases para la ordenación de estas publicaciones, un marco que no difería sustancialmente de otras Comunidades Autónomas que también desarrollaban sus propias normativas internas en esta materia, ni de las directivas europeas que buscaban la transparencia y accesibilidad de la información pública. La Orden de 1991, aprobada por el Ministro para las Administraciones Públicas, consolida y centraliza la actividad editorial y difusora en un único Centro de Publicaciones, dependiente de la Secretaría General Técnica, lo cual es relevante para el ciudadano al facilitar un punto de acceso único y coordinado a la información oficial del departamento, mejorando la eficiencia y la coherencia en la difusión del conocimiento generado por el ministerio. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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