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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley Foral 19/1991, de 13 de noviembre, por la que se concede un crédito extraordinario de 66.760.195 pesetas, como subvención a los partidos políticos para la financiación de los gastos de la campaña electoral de las elecciones al Parlamento de Navarra de 1991.

BOE-A-1991-29683Publicada: 11/12/1991COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Ley Foral 19/1991, de 13 de noviembre, por la que se concede un crédito extraord ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley Foral 19/1991 concede un crédito extraordinario de 66.760.195 pesetas como subvención a los partidos políticos para financiar los gastos de la campaña electoral de las elecciones al Parlamento de Navarra de 1991. 2. **CONTEXTO** La Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, establece que la Comunidad Foral de Navarra debe conceder subvenciones a los partidos políticos para financiar sus gastos electorales. La presente ley se inscribe en este marco normativo, con el objetivo de cumplir con el mandato legal vigente. La campaña electoral de 1991 tuvo lugar el 26 de mayo, y la presente norma busca garantizar la financiación de los gastos generados durante dicha campaña. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley Foral 19/1991, de 13 de noviembre, concede un crédito extraordinario de 66.760.195 pesetas como subvención a los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores para la financiación de los gastos de la campaña electoral de las elecciones al Parlamento de Navarra celebradas el 26 de mayo de 1991. Esta norma se fundamenta en la Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, que establece que la Comunidad Foral de Navarra debe conceder subvenciones a los partidos políticos para financiar sus gastos electorales (art. 44). El artículo 48 de la misma Ley Foral 16/1986 establece que el Gobierno de Navarra, dentro del mes siguiente a la remisión del informe de la Cámara de Computos sobre las contabilidades electorales, presentará al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de crédito extraordinario por el importe de las subvenciones a adjudicar, las cuales deberán hacerse efectivas dentro de los treinta días siguientes a la aprobación por el Parlamento de dicho proyecto. La presente ley foral tiene por objeto cumplir el mandato establecido en la normativa electoral vigente, contribuyendo así a la financiación de los gastos originados por las elecciones al Parlamento de Navarra celebradas el 26 de mayo de 1991. El artículo 1 aprueba la concesión del crédito extraordinario mencionado. El artículo 2 establece que la financiación del referido crédito extraordinario se realizará con cargo a la partida "Superávit de ejercicios anteriores". Además, el importe del crédito se aplicará a la partida, de nueva creación, 01000-4810-1111, denominada "Subvención a partidos políticos". La disposición final establece que la presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El Presidente del Gobierno de Navarra, Gabriel Urralburu Tainta, promulga esta ley en nombre del Rey, ordena su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al Boletín Oficial del Estado, y manda a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir. La norma fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 146, de 18 de noviembre de 1991. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley Foral 19/1991 concede una subvención específica para financiar los gastos electorales de 1991. Se basa en una normativa previa y se cumple el procedimiento legal establecido. La norma se publicó en el Boletín Oficial de Navarra. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de crédito extraordinario**: Se concede un crédito de 66.760.195 pesetas para financiar gastos electorales. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: Se respeta el marco legal establecido en la Ley Foral 16/1986. 📋 **Procedimiento legal**: El Gobierno de Navarra presentó el proyecto de ley dentro del plazo legal. ℹ️ **Publicación**: La norma fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra el 18 de noviembre de 1991. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Foral (Navarra) - **Fuente**: Boletín Oficial de Navarra, número 146, de 18 de noviembre de 1991 - **Tipo**: Ley Foral - **Fecha**: 13 de noviembre de 1991 - **Materias**: Elecciones, financiación electoral, subvenciones, partidos políticos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Ley Foral, subvención, elecciones, partidos políticos, Navarra, 1991 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Ley Foral de 1991, la financiación de campañas electorales en Navarra ya estaba prevista en la Ley Foral 16/1986, que establecía la concesión de subvenciones a partidos políticos. Esta normativa navarra se alinea con la tendencia general de financiación pública de partidos, presente en la legislación estatal y en directivas de la Unión Europea, aunque los detalles y cuantías varían entre CCAA. La Ley Foral 19/1991 fue aprobada por el Parlamento de Navarra y promulgada por el Presidente del Gobierno de Navarra, cumpliendo con el mandato legal existente. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque asegura una financiación pública para las campañas, buscando un equilibrio y transparencia en el proceso electoral, lo que puede influir en la igualdad de oportunidades entre los distintos partidos y, por ende, en la pluralidad de opciones disponibles para el electorado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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