Orden de 20 de diciembre de 1991 por la que se establecen las normas para el reembolso de la tasa de corresponsabilidad de cereales de la campaña 1991-1992 a los productores que participan en el régimen plurianual de retirada de tierras.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 20 de diciembre de 1991 por la que se establecen las normas para el ree ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 20 de diciembre de 1991 establece el procedimiento para el reembolso de la tasa de corresponsabilidad de cereales de la campaña 1991-1992 a los agricultores que participan en el régimen plurianual de retirada de tierras. **2. CONTEXTO** La Orden se emite en el marco del Reglamento (CEE) 1703/91 y 2328/91, que regulan la retirada de tierras de cultivos herbáceos y la corresponsabilidad en la comercialización de cereales. El objetivo es garantizar el reembolso de tasas soportadas por agricultores que participan en diferentes regímenes de retirada de tierras. La norma establece un procedimiento específico para los agricultores que no se han acogido al régimen anual de retirada, pero participan en el régimen plurianual. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 20 de diciembre de 1991 regula el procedimiento para el reembolso de la tasa de corresponsabilidad de cereales de la campaña 1991-1992, en función del régimen de retirada de tierras al que los agricultores se hayan acogido. Se establece que los agricultores que participen en el régimen plurianual de retirada de tierras, previsto en el Reglamento (CEE) 2328/91, podrán obtener el reembolso total o parcial de la tasa de corresponsabilidad, según el porcentaje de tierras retiradas y la cumplimiento de condiciones específicas. En concreto, el artículo 2, apartado 7, del Reglamento (CEE) 2328/91, establece que los agricultores que hayan retirado al menos el 30% de sus tierras de cultivo herbáceo se les reembolsarán las tasas soportadas para 20 toneladas de cereal comercializado. Si el porcentaje de tierras retiradas es del 40% o más y cumplen con las condiciones de la ayuda específica para el uso de tierras con fines no alimentarios, se les reembolsará la totalidad del cereal suministrado a empresas de transformación. El artículo 7 del Reglamento (CEE) 1703/91 establece que los productores que participen en el régimen de retirada de tierras durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 1991 y el 31 de agosto de 1992, antes del 15 de octubre de 1992, deberán presentar una solicitud de reembolso según el modelo del anexo, acompañada del certificado previamente mencionado, así como de justificantes de la tasa soportada, como facturas de venta o recibos expedidos por los compradores. El artículo 4 de la Orden detalla las cantidades de reembolso según el tipo de certificado presentado. Los agricultores que presenten el certificado A recibirán un importe unitario de 517,28 pesetas por tonelada, aplicable a la totalidad del cereal por el que haya soportado tasa. Los que presenten el certificado B recibirán 1.293,99 pesetas por tonelada, aplicable a un máximo de 20 toneladas, y, en su caso, 517,28 pesetas por tonelada para la cantidad que exceda las 20 toneladas. Los que presenten el certificado C recibirán 1.293,99 pesetas por tonelada, aplicable a la totalidad del cereal por el que haya soportado tasa. El artículo 5 autoriza a la Secretaría General de Producciones y Mercados Agrarios y al Servicio Nacional de Productos Agrarios a adoptar las medidas necesarias para la aplicación de la norma. La disposición final establece que la Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden establece un procedimiento claro para el reembolso de tasas de corresponsabilidad de cereales, en función del régimen de retirada de tierras al que los agricultores se hayan acogido. Se detallan las condiciones y montos de reembolso según el tipo de certificado presentado. La norma se aplica a la campaña 1991-1992 y entra en vigor tras su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Procedimiento de reembolso**: Se establece un proceso específico para los agricultores que participan en el régimen plurianual de retirada de tierras. ⚠️ **Condiciones de reembolso**: El reembolso depende del porcentaje de tierras retiradas y del cumplimiento de condiciones específicas. 📋 **Certificados y justificantes**: Se requiere la presentación de certificados y documentos que acrediten la tasa soportada. ℹ️ **Montos de reembolso**: Se establecen importes unitarios según el tipo de certificado presentado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 20 de diciembre de 1991 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 20 de diciembre de 1991 - **Materias**: Agricultura, comercio, reembolso de tasas, régimen de retirada de tierras - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: reembolso, tasa de corresponsabilidad, agricultura, retirada de tierras, Reglamento (CEE) 2328/91, Reglamento (CEE) 1703/91, Orden Ministerial, cereal, producción agraria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden Ministerial de 1992 establece el procedimiento para el reembolso de la tasa de corresponsabilidad de cereales a agricultores que participan en el régimen plurianual de retirada de tierras, complementando la normativa europea ya existente. Anteriormente, la Orden de 1991 ya regulaba el reembolso para quienes se acogían a la retirada anual de tierras, basándose en el Reglamento (CEE) 1703/91. Esta nueva orden se alinea con el Reglamento (CEE) 2328/91, que introduce ayudas en forma de exención de tasas para la retirada plurianual, diferenciando los porcentajes de superficie retirada y las condiciones para el reembolso. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener normativas de desarrollo propias, esta orden es de ámbito nacional y su aprobación corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que clarifica y amplía los supuestos de reembolso, permitiendo a un mayor número de agricultores beneficiarse de estas ayudas europeas, lo que impacta directamente en la rentabilidad de sus explotaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────