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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 23 de diciembre de 1991, por la que se regula la Junta de Compras del Departamento.

BOE-A-1992-377Publicada: 08/01/1992MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de diciembre de 1991, por la que se regula la Junta de Compras del D ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 23 de diciembre de 1991 crea y regula la Junta de Compras del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con el objetivo de adaptarse a la reestructuración ministerial y cumplir con la normativa vigente sobre contratación pública. 2. **CONTEXTO** La reestructuración del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, acordada por el Real Decreto 576/1991, requiere la refundición de las Juntas de Compras de los ministerios integrados en él. Esto se debe a la necesidad de cumplir con el artículo 88 de la Ley de Contratos del Estado, que establece la existencia de una Junta de Compras en cada departamento ministerial. La Orden busca regular esta nueva Junta de Compras, integrando las funciones y estructura necesarias para su funcionamiento. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 23 de diciembre de 1991 establece la creación de la Junta de Compras del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con dependencia orgánica de la Dirección General de Administración y Servicios del Departamento. Esta Junta se constituye con la siguiente estructura: el Presidente será el Director General de Administración y Servicios, el Vicepresidente el Subdirector General de Suministros, y los Vocales incluirán representantes de la Secretaría de Estado para las Políticas del Agua y el Medio Ambiente, la Subsecretaría y cada una de las Secretarías Generales del Departamento. El Secretario será el Jefe del Servicio de Adquisiciones, quien actuará con voz y voto. Los Vocales deberán tener categoría de Subdirector General y ser designados por el Subsecretario de Obras Públicas y Transportes a propuesta de los titulares de los órganos respectivos. Por cada Vocal se nombrará un Vocal Suplente, que coordinará todas las propuestas de adquisición del órgano representado. La Junta de Compras tendrá competencias como proponer la adquisición de bienes cuando no esté centralizada, actuando como Mesa de Contratación. Las compras correspondientes se realizarán a través de la Secretaría de la Junta, que elevará al Presidente las propuestas de adjudicación. Además, las propuestas de compra de equipos informáticos y de mecanización de oficinas, incluso los de adquisición centralizada, deberán acompañarse del informe favorable de la Comisión Ministerial de Informática, constituida por orden de 24 de octubre de 1991. Queda subsistente la delegación de funciones de la Junta de Compras del extinguido Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones en la Junta de Compras de la Secretaría General de Comunicaciones, efectuada por orden de 22 de junio de 1989. En lo no previsto, la Junta de Compras se regirá por lo establecido para los órganos colegiados en el Capítulo II del Título Primero de la Ley de Procedimiento Administrativo. Finalmente, se derogan las órdenes de 29 de abril de 1978 y 30 de abril de 1983, que constituyeron la Junta de Compras del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo y del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, respectivamente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1991 establece la creación y estructura de la Junta de Compras del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, adaptándose a la reestructuración ministerial y a la normativa vigente. Se derogaron normas anteriores y se establecieron nuevas competencias y procedimientos para la gestión de adquisiciones. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Junta de Compras**: Se establece la Junta de Compras del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con dependencia de la Dirección General de Administración y Servicios. ⚠️ **Estructura y composición**: La Junta está compuesta por Presidente, Vicepresidente, Vocales y Secretario, con designaciones específicas. 📋 **Competencias y funciones**: La Junta puede proponer adquisiciones, actuar como Mesa de Contratación y coordinar propuestas. ℹ️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogaron órdenes anteriores que regulaban la Junta de Compras en ministerios anteriores. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Estatal - **Fuente**: Orden Ministerial de 23 de diciembre de 1991 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 23 de diciembre de 1991 - **Materias**: Contratación pública, administración pública, gestión de compras - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Junta de Compras, Ministerio de Obras Públicas y Transportes, contratación pública, normativa estatal ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1991, la normativa estatal, específicamente el artículo 88 de la Ley de Contratos del Estado, ya preveía la existencia de una Junta de Compras en cada departamento ministerial, si bien su organización y funcionamiento podían variar. Esta Orden, aprobada por el Ministro para las Administraciones Públicas, consolida y regula la Junta de Compras del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, adaptándola a la reestructuración ministerial acordada. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propias normativas de contratación adaptadas a sus competencias, o de directivas europeas que establecen marcos generales, esta norma es de ámbito nacional y específica para un ministerio concreto. La diferencia para el ciudadano radica en la transparencia, eficiencia y el control en la gestión de los recursos públicos destinados a las adquisiciones del ministerio, lo que puede traducirse en un mejor uso del dinero público y en la garantía de procesos de compra más equitativos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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