Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 51/1992, de 24 de enero, de Revalorización de Pensiones de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local en 1992.

BOE-A-1992-1904Publicada: 29/01/1992MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 51/1992, de 24 de enero, de Revalorización de Pensiones de la Mutua ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 51/1992, de 24 de enero, establece la revalorización de pensiones de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local (MUNPAL) en 1992, con un incremento medio del 5,7 por 100, y fija nuevos límites máximos para las pensiones, así como modificaciones en las prestaciones familiares. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto fue aprobado en virtud de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992, que establece medidas de revalorización de pensiones y modificaciones en las prestaciones familiares. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 24 de enero de 1992, y se aplicó a partir de esa fecha. La norma busca garantizar una mejora en el nivel de vida de los pensionistas y ajustar las prestaciones a las nuevas condiciones económicas del año. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 51/1992, de 24 de enero, regula la revalorización de pensiones de la MUNPAL en 1992, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992. Según el artículo 44.2 de dicha Ley, las pensiones abonadas por la MUNPAL experimentarán un incremento medio del 5,7 por 100, respecto de las cuantías percibidas a 31 de diciembre de 1991, salvo las excepciones que la propia Ley contempla. Asimismo, se eleva el límite máximo de las pensiones, que se establece en 233.631 pesetas, exceptuándose de la aplicación de este límite las pensiones reconocidas por la MUNPAL, causadas a consecuencia de actos terroristas. El artículo 47 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado dispone que los pensionistas de la MUNPAL que no perciban durante 1992 rentas por importe superior a 691.655 pesetas anuales, tendrán derecho a los complementos económicos necesarios para alcanzar la cuantía mínima que para las diferentes clases de pensión se establece en la citada Ley, manteniendo, como en años anteriores, las equivalencias de dichas cuantías mínimas, con las que se establecen en el Sistema de Seguridad Social. Además, la disposición adicional novena de la misma Ley establece, a partir del día 1 de enero de 1992, una nueva regulación para las prestaciones familiares por hijo a cargo, extensible a los funcionarios y pensionistas de la Administración Local. No obstante, a partir de la citada fecha, la ayuda familiar por cónyuge a cargo, reconocida con anterioridad a 31 de diciembre de 1991 a favor de los pensionistas de MUNPAL, se incorporará a la pensión correspondiente, como parte inherente de la misma, una vez determinada la cuantía de la revalorización. En su virtud, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 24 de enero de 1992, se dispone el capítulo P, que incluye las cuantías específicas de las pensiones y prestaciones familiares, detalladas en el texto adjunto. Por ejemplo, las pensiones de viudedad tienen una cuantía de 45.060 pesetas, mientras que las pensiones para mayores de 65 años o menores con hijos a cargo sin derecho propio a pensión de orfandad también tienen una cuantía de 45.060 pesetas. Las pensiones para menores de 65 años sin hijos a cargo o con hijos con derecho propio a pensión de orfandad tienen una cuantía de 30.000 pesetas. Las pensiones para personas entre 60 y 64 años tienen una cuantía de 39.325 pesetas, y las pensiones para menores de 60 años tienen una cuantía de 30.000 pesetas. Para otros familiares, como mayores de 65 años o menores de 65 años, las pensiones tienen una cuantía de 34.330 y 30.000 pesetas, respectivamente. Las pensiones por orfandad reconocidas al amparo del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas tienen una cuantía de 15.000 pesetas cuando concurran con pensión de viudedad, y 30.000 pesetas cuando no concurran con dicha pensión, siendo n el número de beneficiarios. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 51/1992 establece la revalorización de pensiones de la MUNPAL en 1992, con un incremento del 5,7 por 100, y fija nuevos límites máximos. Además, modifica las prestaciones familiares, incorporando la ayuda familiar por cónyuge a cargo a la pensión. La norma se aplica a partir del 1 de enero de 1992. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Revalorización de pensiones**: Se establece un incremento medio del 5,7 por 100 en las pensiones de la MUNPAL. ⚠️ **Límites máximos**: Se eleva el límite máximo de las pensiones a 233.631 pesetas, exceptuándose las pensiones por actos terroristas. 📋 **Prestaciones familiares**: Se modifica la regulación de las prestaciones familiares, incorporando la ayuda familiar por cónyuge a cargo a la pensión. ℹ️ **Fecha de aplicación**: La norma se aplica a partir del 1 de enero de 1992. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 51/1992 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 24 de enero de 1992 - **Materias**: Pensiones, prestaciones familiares, revalorización - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Pensiones, revalorización, MUNPAL, prestaciones familiares, límites máximos, Real Decreto, 1992. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1992 establece la revalorización de las pensiones de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local (MUNPAL) para ese año, basándose en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Previamente, la revalorización de estas pensiones se regía por normativas específicas de la propia MUNPAL o por disposiciones generales de pensiones. La normativa estatal, a través de la Ley de Presupuestos, es la que aprueba estas revalorizaciones, y en este caso, se diferencia de otras CCAA y del sistema general de Seguridad Social en la aplicación de límites máximos y complementos, aunque se busca mantener equivalencias con la Seguridad Social. Esta diferencia es crucial para el ciudadano pensionista de MUNPAL, ya que determina directamente el importe de su pensión y si se beneficia de incrementos o complementos específicos, afectando su poder adquisitivo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →