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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 75/1992, de 31 de enero, sobre la Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos.

BOE-A-1992-3085Publicada: 12/02/1992MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 75/1992, de 31 de enero, sobre la Comisión Nacional contra la Viole ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 75/1992, de 31 de enero, crea la Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos, instituyendo su estructura, funcionamiento y plazos de constitución, con el objetivo de prevenir y sancionar conductas violentas en los eventos deportivos. 2. **CONTEXTO** La Ley del Deporte de 1990 incorpora medidas para prevenir y sancionar la violencia en los espectáculos deportivos, dedicando su título IX a este tema. El Real Decreto 75/1992 da cumplimiento a este mandato al concretar la composición y funcionamiento de la Comisión Nacional. La norma también refleja el compromiso de España con el Convenio Europeo sobre la violencia en los deportes, suscrito en 1987. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 75/1992, de 31 de enero, establece la creación de la Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos, con el objetivo de prevenir y sancionar conductas violentas en los eventos deportivos. La Comisión se constituye como órgano colegiado, con participación de representantes de las Administraciones Públicas, federaciones deportivas y personas de reconocido prestigio en el ámbito del deporte y la seguridad. El artículo 60 de la Ley del Deporte de 1990 establece la creación de dicha Comisión, que debe estar integrada por representantes de las diferentes Administraciones Públicas, federaciones deportivas españolas o ligas profesionales más directamente afectadas, así como por personas de reconocido prestigio en el ámbito del deporte y la seguridad. El Real Decreto 75/1992 da cumplimiento al mandato de concretar su composición y definir su funcionamiento. El Real Decreto establece que la Comisión se constituirá en el plazo de dos meses desde su entrada en vigor. El Pleno de la Comisión se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al semestre, y en sesión extraordinaria por decisión del Presidente o a requerimiento escrito de, al menos, la mitad de sus miembros. Para la constitución válida de la Comisión en Pleno será necesaria la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros. Si no existiera quórum, la Comisión se constituirá en segunda convocatoria, veinticuatro horas después de la señalada para la primera, con la asistencia de, al menos, un tercio de los miembros. El Pleno establecerá las directrices, calendarios y prioridades de actuación de la Comisión, así como constituirá los grupos de trabajo según las materias que el mismo determine. El sistema de votación en el Pleno responderá a los principios de voto personal e indelegable. En todas las materias de orden procedimental no contempladas en la presente disposición se estará a lo dispuesto para los órganos colegiados en la Ley de Procedimiento Administrativo. La Comisión se constituirá en el plazo de dos meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto. Se autoriza al Ministro de Educación y Ciencia y al Ministro del Interior para dictar, en la esfera de sus respectivas competencias, las disposiciones que fueran necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente Real Decreto. El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Este Real Decreto refleja la implementación del compromiso adquirido por España al suscribir el Convenio Europeo sobre la violencia e irrupciones de espectadores con motivo de manifestaciones deportivas, especialmente partidos de fútbol, suscrito en Estrasburgo el 19 de agosto de 1985. El Convenio exige la coordinación en el plano nacional de las políticas y medidas emprendidas por los Ministerios y otros organismos públicos contra la violencia de los espectadores y propone la creación de órganos coordinadores como primera y más importante medida. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 75/1992 crea la Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos, con una estructura y funcionamiento definidos. La norma refleja el compromiso de España con el Convenio Europeo sobre la violencia en los deportes y da cumplimiento a la Ley del Deporte de 1990. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos** ⚠️ **Funcionamiento colegiado y participación de múltiples actores** 📋 **Plazos de constitución y reuniones del Pleno** ℹ️ **Cumplimiento del Convenio Europeo sobre la violencia en los deportes** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 75/1992 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 31 de enero de 1992 - **Materias**: Deporte, violencia, seguridad, derechos de los espectadores - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 687 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1992, la Ley del Deporte de 1990 ya había sentado las bases para combatir la violencia en espectáculos deportivos, pero carecía de un órgano específico que coordinara y desarrollara estas medidas. La creación de la Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos, aprobada por el Consejo de Ministros, responde a un mandato estatal y al compromiso internacional adquirido con el Convenio europeo de 1985, que insta a la coordinación nacional. Si bien otras Comunidades Autónomas podrían haber desarrollado normativas propias o tener órganos similares, esta norma estatal establece un marco unificado. Para el ciudadano, esta diferencia es crucial, ya que una comisión nacional coordinada y con representación de diversas administraciones y entidades deportivas mejora la eficacia en la prevención y sanción de la violencia, garantizando una mayor seguridad en los eventos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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