Corrección de erratas del Real Decreto 1821/1991, de 27 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica para 1992.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 1821/1991, de 27 de diciembre, por el que ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 1821/1991, que establecía la tarifa eléctrica para 1992, modificando la expresión «desarrollo tecnológico electrónico» por «desarrollo tecnológico electrotécnico» en el artículo 3, punto 2.1. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1821/1991 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 311, de 28 de diciembre de 1991, con el objetivo de fijar las tarifas eléctricas para el año 1992. Posteriormente, se detectó una errata en el texto original, específicamente en el artículo 3, punto 2.1, que afectaba a la redacción de una frase referida al desarrollo tecnológico. Esta errata fue corregida mediante el presente Real Decreto. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1821/1991, de 27 de diciembre, establecía la tarifa eléctrica para el año 1992, y fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 311, de 28 de diciembre de 1991. Posteriormente, se detectó una errata en el texto original, que se encontraba en la página 41762, columna primera, artículo 3, punto 2.1, segunda línea. La errata consistía en que en la frase «...desarrollo tecnológico electrónico...», la palabra correcta era «electrotécnico». Por ello, el presente Real Decreto corrige dicha errata, sustituyendo la palabra incorrecta por la correcta. La errata afectaba a la redacción de una frase que se encontraba en el texto del Real Decreto, lo que podría generar confusiones en la interpretación del mismo. La corrección de esta errata no modifica el contenido general del Real Decreto, sino que solo corrige una imprecisión en la redacción de una frase específica. La errata fue corregida mediante la transcripción del texto correcto, lo que garantiza la precisión del contenido legal del Real Decreto. La corrección de esta errata es relevante para garantizar la claridad y la precisión del texto legal, lo que es fundamental en el derecho administrativo. La errata no afecta a los derechos de los ciudadanos ni a las obligaciones de las empresas eléctricas, ya que solo se trata de una corrección de redacción. La corrección de esta errata se realiza en el marco del derecho administrativo, y se basa en la necesidad de garantizar la precisión del texto legal. La errata fue corregida mediante el uso de la redacción correcta, lo que permite que el texto del Real Decreto sea interpretado correctamente. La corrección de esta errata es un ejemplo de cómo el derecho administrativo se adapta a las necesidades de precisión y claridad en la redacción de normas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 1821/1991, que establecía la tarifa eléctrica para 1992. La errata afectaba a la redacción de una frase específica, que fue corregida sustituyendo «electrónico» por «electrotécnico». Esta corrección no modifica el contenido general del Real Decreto, sino que solo garantiza su precisión. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errata**: Se corrige una errata en el texto del Real Decreto 1821/1991, que afecta a la redacción de una frase específica. ⚠️ **Impacto limitado**: La corrección no modifica el contenido general del Real Decreto, sino solo una imprecisión en la redacción. 📋 **Redacción precisa**: La errata fue corregida mediante la sustitución de la palabra incorrecta por la correcta, garantizando la claridad del texto legal. ℹ️ **Relevancia administrativa**: La corrección es relevante en el marco del derecho administrativo, ya que garantiza la precisión del texto legal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errata - **Fecha**: 27 de diciembre de 1991 (publicación original), corregido posteriormente - **Materias**: Derecho administrativo, tarifas eléctricas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto, errata, tarifa eléctrica, desarrollo tecnológico, electrotécnico ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La corrección de erratas del Real Decreto 1821/1991, que establecía la tarifa eléctrica para 1992, aclara un detalle técnico en su redacción, sustituyendo "electrónico" por "electrotécnico". Esta modificación, aunque aparentemente menor, es relevante porque afecta a la precisión terminológica en un ámbito regulatorio crucial para el suministro energético. A diferencia de normativas más amplias que establecen marcos tarifarios o directivas europeas que armonizan políticas energéticas, este real decreto se centra en la aplicación concreta de tarifas a nivel estatal. La aprobación recae en el Gobierno central, y la diferencia para el ciudadano radica en la claridad y exactitud de las normas que rigen el coste de la electricidad, asegurando que las disposiciones se apliquen conforme a la intención legislativa original. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────