Orden de 6 de febrero de 1992 por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas y subvenciones del Ministerio de Cultura y de sus Organismos autónomos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 6 de febrero de 1992 por la que se establecen las normas reguladoras de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 6 de febrero de 1992 establece las normas generales para la concesión de ayudas y subvenciones del Ministerio de Cultura y sus organismos autónomos, modificando la Orden de 24 de febrero de 1984 y adaptándose a las modificaciones introducidas por la Ley 31/1990. **2. CONTEXTO** La Orden de 24 de febrero de 1984 establecía el régimen general para la concesión de subvenciones y ayudas por el Departamento, sin perjuicio de la normativa específica de los distintos centros directivos y organismos autónomos. La Ley 31/1990, de 27 de diciembre, modificó los artículos 81 y 82 de la Ley General Presupuestaria, lo que generó la necesidad de actualizar la normativa vigente. Por ello, se dispuso la modificación de la Orden de 1984 para adaptarla a los nuevos marcos legales. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 6 de febrero de 1992 establece un régimen general para la concesión de ayudas y subvenciones por el Ministerio de Cultura y sus organismos autónomos, dentro de los límites de los créditos aprobados en sus presupuestos. El objetivo es regular la concesión de ayudas y subvenciones para distintas finalidades, como la promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, la realización de exposiciones, el fomento de las artes plásticas, el desarrollo de una infraestructura bibliotecaria, la cooperación con empresas editoras, entre otras. La Orden establece que las ayudas y subvenciones se concederán en el ámbito de la competencia del Ministerio y sus organismos autónomos, y que, en su caso, se podrán establecer condiciones específicas en las resoluciones de convocatoria. Además, se establecen criterios de selección, requisitos de elegibilidad, y se prevé la posibilidad de que la obtención de subvenciones o ayudas por otras administraciones o entes públicos o privados pueda dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. En cuanto a la revocación de la subvención, se establece que procederá la revocación de la subvención, el reingreso de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago, en los casos previstos en el artículo 81.9 de la Ley General Presupuestaria. Asimismo, se establece que los beneficiarios de ayudas y subvenciones quedarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionador que establece el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en su redacción dada por la Ley 31/1990. Se prevé la posibilidad de efectuar anticipos de pago sobre la subvención concedida y las medidas de garantía en favor de los intereses públicos, por orden a propuesta del órgano competente por razón de la actividad objeto de la subvención. Finalmente, se derogan las órdenes del Ministerio de Cultura de 24 de febrero de 1984, 7 de marzo de 1986 y 30 de junio de 1989, y se establece que la presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1992 establece un régimen general para la concesión de ayudas y subvenciones del Ministerio de Cultura, adaptándose a las modificaciones de la Ley General Presupuestaria. Establece criterios de concesión, responsabilidades y garantías, y deroga normas anteriores. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Objeto general de las ayudas y subvenciones**: Establece las finalidades para las que se conceden ayudas y subvenciones, como la promoción del patrimonio histórico, la difusión de museos y archivos, la realización de exposiciones, el fomento de las artes plásticas, etc. ⚠️ **Modificaciones legales**: La Orden se adapta a las modificaciones introducidas por la Ley 31/1990 en la Ley General Presupuestaria, lo que implica un cambio en el régimen general de subvenciones. 📋 **Derogación de normas anteriores**: Se derogaron las órdenes de 1984, 1986 y 1989, lo que refleja una actualización de la normativa. ℹ️ **Responsabilidades y sanciones**: Los beneficiarios quedan sujetos a responsabilidades y sanciones establecidas en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1091/1988. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 6 de febrero de 1992 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 6 de febrero de 1992 - **Materias**: Cultura, subvenciones, ayudas, presupuestos, organismos autónomos - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1992, el régimen general para la concesión de ayudas y subvenciones del Ministerio de Cultura se regía por una Orden de 1984, si bien existían normativas específicas para finalidades concretas. La presente Orden actualiza dicha regulación, adaptándola a las modificaciones introducidas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 1991 en la Ley General Presupuestaria. A diferencia de otras Comunidades Autónomas, que desarrollan sus propias políticas culturales con normativas específicas, esta Orden establece un marco nacional para las subvenciones del Ministerio de Cultura y sus organismos autónomos, abarcando áreas como el patrimonio, las artes, el libro y el cine. La aprobación recae en el Ministerio de Cultura, y la diferencia para el ciudadano radica en la claridad y unificación de los criterios para acceder a estas ayudas, que buscan fomentar la cultura en sus diversas manifestaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────