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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 9 de marzo de 1992 por la que se establecen las bases fitosanitarias para la producción de planteles de hortalizas y material de reproducción de ornamentales.

BOE-A-1992-6245Publicada: 17/03/1992MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 9 de marzo de 1992 por la que se establecen las bases fitosanitarias pa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 9 de marzo de 1992 establece las bases fitosanitarias para la producción de planteles de hortalizas y material de reproducción de ornamentales, con el objetivo de garantizar niveles fitosanitarios adecuados y prevenir la propagación de patógenos. **2. CONTEXTO** El cultivo de especies hortícolas ocupa un lugar preeminente en la agricultura española y es de vital importancia para determinadas regiones. Por ello, es fundamental establecer bases de buenas prácticas agrícolas que permitan mantener niveles fitosanitarios adecuados, asegurando una productividad y rentabilidad aceptables. En el ámbito de la sanidad vegetal, las virosis son una de las patologías más preocupantes debido a su incidencia económica y a la extensión de sus inóculos y vectores. La producción de planteles a partir de semillas u otros materiales de reproducción es una práctica común, lo que exige medidas fitosanitarias rigurosas. El intercambio de material vegetal es un medio sensible para la introducción y difusión de plagas y enfermedades, por lo que es necesario establecer normas y controles sobre su producción y circulación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 9 de marzo de 1992 establece un marco normativo para la producción y control fitosanitario de planteles de hortalizas y material de reproducción de ornamentales. La norma se fundamenta en la necesidad de garantizar la calidad fitosanitaria del material vegetal, con el fin de prevenir la propagación de patógenos y mantener la productividad de los cultivos. La Orden establece que el material vegetal debe cumplir requisitos específicos en cuanto a su calidad exterior, como la ausencia de daños mecánicos o fisiológicos, y la ausencia de síntomas indicativos de la presencia de virus y patógenos similares. Además, se establecen condiciones para el medio de cultivo, los envases utilizados y su higiene. En cuanto a los organismos nocivos, la Orden menciona una lista de patógenos y virus que deben ser evitados en el material vegetal, incluyendo bacterias como *Corynebacterium michiganense* y *Xanthomonas campestris*, así como hongos como *Oomycetes* y virus como el CMV, LMV, MNSV, PMMV, SQMV, TOMV, TSWV, TYLCV y ZYMV. Se detalla que las especies hortícolas mencionadas en la columna 2 no deben presentar los organismos nocivos incluidos en la columna 1. La Orden también establece que los planteles y el material de reproducción deben tener una calidad exterior satisfactoria, con folaje y sistema radicular normales, y no deben mostrar síntomas de enfermedades. Además, el medio de cultivo debe ajustarse a condiciones establecidas, y los envases utilizados deben ser higiénicos y sólidos, con un método adecuado de limpieza para los reutilizables. La norma se considera de alcance estatal debido a la urgencia y conjeturalidad de la materia, lo que justifica la necesidad de tomar medidas sin dilación para controlar la extensión de los inóculos de virosis y evitar daños a la producción hortícola. La Orden se aplica a las especies hortícolas y ornamentales, y su cumplimiento es obligatorio para garantizar la seguridad fitosanitaria del material vegetal. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1992 establece normas fitosanitarias para la producción de planteles y material de reproducción, con el objetivo de prevenir la propagación de patógenos. La norma establece requisitos específicos para la calidad del material vegetal y su medio de cultivo. Su aplicación es obligatoria y se considera de alcance estatal debido a la urgencia de la materia. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Requisitos de calidad del material vegetal**: Debe tener folaje y sistema radicular normales, y no mostrar síntomas de enfermedades. ⚠️ **Prevención de patógenos**: Se mencionan virus y bacterias que deben ser evitados en el material vegetal. 📋 **Control de envases**: Deben ser higiénicos y sólidos, con limpieza adecuada para los reutilizables. ℹ️ **Naturaleza de la norma**: Es de alcance estatal debido a la urgencia de la materia fitosanitaria. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de alcance estatal - **Fecha**: 9 de marzo de 1992 - **Materias**: Fitosanitario, producción agrícola, control de plagas, virus, material vegetal - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: planteles, material de reproducción, fitosanitario, virus, control de plagas, hortalizas, ornamentales, normativa estatal ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1992, la regulación fitosanitaria para la producción de planteles hortícolas y material de reproducción ornamental era menos estructurada a nivel nacional, aunque las Comunidades Autónomas podían haber desarrollado normativas propias. Esta orden, de ámbito estatal, establece bases fitosanitarias que buscan homogeneizar criterios y garantizar la sanidad vegetal, algo crucial dado el intercambio de material vegetal como vector de plagas, especialmente virosis. Se compara con normativas europeas que, progresivamente, han ido armonizando estos aspectos, y con legislaciones posteriores de las CCAA que han desarrollado o adaptado estas bases. Su aprobación recae en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con la participación de las Comunidades Autónomas. La diferencia para el ciudadano radica en la mayor seguridad y trazabilidad del material vegetal que adquiere, lo que repercute en la calidad y rendimiento de sus cultivos, y en la prevención de pérdidas económicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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