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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 29 de febrero de 1992 por la que se determina la plantilla de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

BOE-A-1992-5983Publicada: 13/03/1992MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de febrero de 1992 por la que se determina la plantilla de las Agrup ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 29 de febrero de 1992 establece la plantilla de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz en la Comunidad Autónoma de Cataluña, determinando la constitución de 28 agrupaciones con personal al servicio de la Administración de Justicia. **2. CONTEXTO** La Orden se basa en los apartados 1 y 2 del artículo 50 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, que prevén las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz desempeñadas por personal al servicio de la Administración de Justicia. Además, se refiere a la Orden de 22 de noviembre de 1989, que aprobó la plantilla de este personal en los Juzgados de Paz procedentes de la conversión de los Juzgados de Distrito. La aplicación progresiva de la mencionada ley en esta materia aconseja la constitución de 28 agrupaciones en las provincias de Cataluña. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 29 de febrero de 1992 regula la organización de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz en la Comunidad Autónoma de Cataluña, en cumplimiento de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial. Según el artículo 50.1 de dicha ley, se prevén las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, que son desempeñadas por personal al servicio de la Administración de Justicia. La Orden se fundamenta también en el artículo 47.1 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 2003/1986, de 19 de septiembre. Además, se consultaron las organizaciones sindicales más representativas y se obtuvo un informe previo del Consejo General del Poder Judicial. La Orden establece que la plantilla de personal al servicio de la Administración de Justicia de los Juzgados de Paz de Les Borges Blanques y Montblanc, que figura en el Anexo I de la Orden de 22 de noviembre de 1989, constituirá la de las dos primeras Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz que figuran en el Anexo de la presente Orden. En cuanto a las restantes agrupaciones, el artículo 2 establece que la plantilla estará constituida por un Oficial en funciones de Secretario y un Agente. Esta estructura se aplica a las agrupaciones restantes, que se detallan en el Anexo de la Orden. Cada agrupación está integrada por varios Juzgados de Paz, y se detalla el número total de habitantes de cada agrupación, lo que sugiere una distribución equilibrada en cuanto a la población. Por ejemplo, la Agrupación 20 está integrada por los Juzgados de Paz de Capellades, Cabrera d’Igualada, La Torre de Claramunt y Vallbona de’ANOIA (Provincia de Barcelona), con un total de 7.541 habitantes. De manera similar, las demás agrupaciones se detallan con su composición y población, lo que refleja una planificación cuidadosa para la organización de las Secretarías de Juzgados de Paz. La Orden se fundamenta en estudios realizados por el Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, lo que demuestra que la decisión se basa en una evaluación previa de las necesidades de organización y funcionamiento de la Justicia de Paz en la comunidad autónoma. La aplicación progresiva de la Ley 38/1988 en esta materia aconseja la constitución de 28 agrupaciones, lo que sugiere una evolución gradual en la organización de los servicios de justicia local. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1992 establece la plantilla de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz en Cataluña, basándose en la Ley 38/1988 y en estudios previos. Se determinan 28 agrupaciones con estructura específica de personal, distribuidas según la población de cada zona. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Establecimiento de 28 agrupaciones**: La Orden determina la constitución de 28 Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz en Cataluña. ⚠️ **Estructura de personal**: Cada agrupación está integrada por un Oficial en funciones de Secretario y un Agente, salvo las primeras dos, que se basan en la plantilla previa de 1989. 📋 **Base legal**: Se fundamenta en el artículo 50.1 de la Ley 38/1988 y en el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia. ℹ️ **Estudios previos**: La decisión se basa en estudios realizados por el Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de organización - **Fecha**: 29 de febrero de 1992 - **Materias**: Organización de la Administración de Justicia, Juzgados de Paz, Secretarías de Juzgados - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1992, la Ley 38/1988 ya preveía la agrupación de Secretarías de Juzgados de Paz, y una Orden de 1989 había fijado plantillas para juzgados de paz convertidos de juzgados de distrito. Esta norma catalana, aprobada por el Ministerio de Justicia y con informe del Consejo General del Poder Judicial, establece 28 agrupaciones de secretarías en Cataluña, basándose en estudios de la Generalitat, lo que la diferencia de otras CCAA que pudieran tener modelos distintos o no haber implementado aún estas agrupaciones a nivel autonómico. Para el ciudadano, esta organización busca mejorar el funcionamiento de la justicia de paz, facilitando el acceso y la eficiencia en la tramitación de asuntos, especialmente en municipios más pequeños, al centralizar recursos y personal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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