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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 24 de marzo de 1992, de la Secretaría General de Pesca Marítima, por la que se efectúa la revisión anual del censo al día 1 de enero, conforme a la Orden de 8 de junio de 1981, por la que se ordena la actividad pesquera de la flota bacaladera.

BOE-A-1992-8650Publicada: 20/04/1992MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 24 de marzo de 1992, de la Secretaría General de Pesca Marítima, p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 24 de marzo de 1992, de la Secretaría General de Pesca Marítima, actualiza el censo de unidades bacaladeras y coeficientes de participación para el año 1992, dejando sin efecto la resolución de 3 de julio de 1991. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en el marco de la actividad pesquera de la flota bacaladera en aguas de NAFO. Se basa en la Orden de 8 de junio de 1981 y en su modificación por la Orden de 30 de marzo de 1990. La resolución se adopta tras la revisión anual del censo y tras escuchar al sector bacaladero. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 24 de marzo de 1992, de la Secretaría General de Pesca Marítima, establece la actualización del censo de unidades bacaladeras y sus coeficientes de participación para el año 1992, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 8 de junio de 1981, modificada por la Orden de 30 de marzo de 1990. De conformidad con el apartado 2 del artículo 1 de dicha Orden, se establece que el censo se elabora en base a la lista de unidades bacaladeras actualizada, incluyendo las modificaciones realizadas en la Resolución de 3 de julio de 1991. La resolución publica como anejo primero el censo de unidades bacaladeras y coeficientes de participación de las empresas agrupadas por asociaciones al día 1 de enero de 1992, que tienen derecho a cuota de pesca de bacalao, especies afines y gallineta. Asimismo, se incluye como anejo segundo el coeficiente de participación por asociaciones. La resolución deja sin efecto la Resolución de 3 de julio de 1991, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 169 del 16. La resolución se emite en uso de las facultades concedidas por los artículos 2 y 1 de las Ordenes mencionadas. El censo incluye una lista detallada de empresas, buques, matrículas, TRB (Toneladas de Registro Bruto), CV (Consumo de Combustible) y otros datos técnicos. Por ejemplo, la empresa Pesquerías Molares, S. A. tiene un coeficiente de participación de 4,0208 y posee dos buques con matrícula VI5, TRB de 9.479 y 9.514, respectivamente. La empresa PEBSA, con un coeficiente de 23,8773, posee cuatro buques con matrícula CO2, TRB de 3.846, 3.847, 3.844 y 3.845. La resolución también menciona la participación de asociaciones, como Arbac con un coeficiente de 91,4046 y Agarba con 8,5954, sumando un total de 100,0000. La resolución establece que los buques incluidos en el censo están autorizados a faenar en aguas de NAFO durante el año 1992. La norma se emite en el marco de la regulación de la actividad pesquera, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las cuotas de pesca y la gestión sostenible de los recursos marinos. La resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado, y se firma por el Secretario general, José Loira Rúa, junto con los directores generales de Recursos Pesqueros y Estructuras Pesqueras. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución actualiza el censo de unidades bacaladeras y coeficientes de participación para el año 1992. Se deja sin efecto la resolución anterior de 1991. La norma se emite en el marco de la regulación de la actividad pesquera en aguas de NAFO. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización del censo**: Se actualiza el censo de unidades bacaladeras y coeficientes de participación para el año 1992. ⚠️ **Dejado sin efecto**: La resolución de 3 de julio de 1991 queda sin efecto. 📋 **Publicación de anexos**: Se incluyen dos anexos con el censo detallado y los coeficientes de participación por asociaciones. ℹ️ **Regulación de la actividad pesquera**: La norma se emite en el marco de la regulación de la actividad pesquera en aguas de NAFO. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 24 de marzo de 1992 - **Materias**: Pesca marítima, gestión de recursos marinos, cuotas de pesca - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Resolución de 1992, emitida por la Secretaría General de Pesca Marítima, actualiza el censo de la flota bacaladera española, basándose en normativas previas de 1981 y 1988 que regulaban la actividad pesquera, especialmente en aguas de la NAFO. Previamente, la Orden de 1981 establecía el marco general y la de 1988 lo adaptaba a las aguas NAFO, siendo esta resolución una revisión anual de los buques autorizados y sus coeficientes de participación. A diferencia de normativas autonómicas que podrían tener enfoques más locales, esta es de ámbito nacional y se alinea con acuerdos internacionales sobre gestión pesquera. La aprobación recae en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de su Secretaría General, y su importancia para el ciudadano reside en la transparencia y equidad en la asignación de cuotas de pesca, afectando directamente a la viabilidad económica de las empresas pesqueras y, por ende, al empleo y al suministro de productos del mar. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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