Orden de 7 de abril de 1992 por la que se establece la duración del tiempo del servicio militar del último llamamiento incorporado en el año 1991.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 7 de abril de 1992 por la que se establece la duración del tiempo del s ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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En este contexto, se emite la Orden Ministerial para regular la duración del servicio militar de los incorporados en el sexto llamamiento de 1991. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 7 de abril de 1992, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el mismo día, regula la duración del servicio militar para los militares de reemplazo incorporados en el sexto llamamiento de 1991. La norma se basa en la Ley Orgánica 13/1991, de 20 de diciembre, del Servicio Militar, que en su disposición transitoria primera, apartado 1, establece que la duración de nueve meses del servicio militar será de aplicación a partir del reemplazo incorporado en 1992, y que el Ministerio de Defensa debe establecer la reducción del tiempo del servicio militar del último llamamiento incorporado en 1991. La Orden Ministerial establece que los militares de reemplazo incorporados en el sexto llamamiento de 1991 realizarán un servicio militar de once meses de duración. Esta duración se establece en el artículo único de la Orden, que se publica en el BOE el 7 de abril de 1992. La norma se emite en virtud de la autoridad del Ministerio de Defensa, que tiene la competencia para determinar la reducción del tiempo del servicio militar del último llamamiento incorporado en 1991, según lo previsto en la Ley Orgánica 13/1991. La duración del servicio militar se establece en función del año de incorporación, con la intención de regular el tiempo de servicio de los nuevos reclutas, ajustándose a los plazos establecidos por la normativa vigente. La Orden Ministerial no modifica la duración del servicio militar para otros grupos, sino que se limita a regular específicamente a los incorporados en el sexto llamamiento de 1991. Esta norma tiene una aplicación directa en el ámbito del Servicio Militar, y su contenido se basa en la regulación previa de la Ley Orgánica 13/1991, que establece un marco legal para la duración del servicio militar y la reducción del tiempo de servicio en ciertos casos. La Orden Ministerial, por tanto, es una norma de aplicación específica y limitada, que se enmarca dentro del marco legal más general del Servicio Militar. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1992 establece una duración específica del servicio militar para los incorporados en el sexto llamamiento de 1991. Se basa en la Ley Orgánica 13/1991 y se emite en cumplimiento de su disposición transitoria primera. La norma es específica y limitada en su aplicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Duración del servicio militar**: Se establece que los incorporados en el sexto llamamiento de 1991 realizarán un servicio de once meses. ⚠️ **Aplicación específica**: La norma solo se aplica a los incorporados en el sexto llamamiento de 1991. 📋 **Base legal**: Se basa en la Ley Orgánica 13/1991, de 20 de diciembre, del Servicio Militar. ℹ️ **Fecha de publicación**: La Orden se publica en el BOE el 7 de abril de 1992. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de aplicación específica - **Fecha**: 7 de abril de 1992 - **Materias**: Servicio Militar, Duración del servicio, Reclutamiento - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Servicio Militar, duración, incorporación, llamamiento, Orden Ministerial, Ley Orgánica 13/1991 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1992, emitida por el Ministerio de Defensa, responde a una modificación legislativa que buscaba reducir la duración del servicio militar obligatorio. Previamente, la Ley Orgánica 13/1991 establecía que la duración de nueve meses se aplicaría a partir del reemplazo de 1992, dejando a un llamamiento anterior, el último de 1991, en una situación transitoria. A diferencia de otras normativas autonómicas o directivas europeas que pudieran regular aspectos laborales o de derechos, esta norma es de ámbito nacional y específica del servicio militar, una competencia exclusiva del Estado. La diferencia principal radica en que los jóvenes del último llamamiento de 1991 cumplieron once meses, mientras que los incorporados a partir de 1992 lo hicieron por nueve meses. Para el ciudadano, esta distinción implicaba una desigualdad en el tiempo de servicio prestado, afectando directamente a su vida personal y profesional al prolongar la obligatoriedad para un grupo específico. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────