Orden de 27 de marzo de 1992, por la que se amplía el plazo para el abandono definitivo de la producción lechera.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de marzo de 1992, por la que se amplía el plazo para el abandono def ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 27 de marzo de 1992 amplía el plazo para el abandono definitivo de la producción lechera, permitiendo que este se realice de forma más paulatina. 2. **CONTEXTO** La Orden de 30 de diciembre de 1991 establecía un plazo para el abandono definitivo de la producción lechera, con compromiso de cese total y definitivo antes del 1 de abril de 1992. Posteriormente, mediante Orden de 13 de febrero de 1992, se ampliaba el plazo para la presentación de solicitudes hasta el 22 de febrero. Sin embargo, se consideró necesario extender aún más el plazo para evitar una salida masiva de ganado en un corto periodo de tiempo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 27 de marzo de 1992, publicada en el Boletín Oficial del Estado, modifica el plazo previsto en el párrafo tercero del artículo 6 de la Orden de 30 de diciembre de 1991. Concretamente, se amplía el plazo para el abandono definitivo de la producción lechera hasta el 1 de mayo de 1992, inclusive. Esta medida se adopta con el objetivo de permitir que el abandono se realice de forma más paulatina, considerando el número de solicitudes recibidas y el volumen total de producción que se va a abandonar. La Orden establece en su artículo único que se amplía el plazo previsto en el párrafo tercero del artículo 6 de la Orden de 30 de diciembre de 1991, por la que se instrumenta un plan de abandono voluntario definitivo de la producción lechera. Esta ampliación se justifica por la necesidad de evitar una salida masiva de ganado en un periodo de tiempo muy corto, lo cual podría generar problemas en la gestión de los recursos y en la estabilidad del sector. La disposición final de la Orden indica que esta entrada en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La Orden fue firmada por Solbes Mira, en su calidad de Ilmo. Sres. Secretario General de Producciones y Mercados Agrarios, Director General de Producciones y Mercados Ganaderos y Director General del Servicio Nacional de Productos Agrarios. Esta norma se enmarca en el marco de políticas agrarias y ganaderas, con el objetivo de regular la producción lechera y promover una transición ordenada hacia la reducción de la actividad en el sector. La medida refleja una intervención estatal para garantizar la sostenibilidad del sector y evitar impactos negativos en la economía rural. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 27 de marzo de 1992 amplía el plazo para el abandono definitivo de la producción lechera, permitiendo una transición más gradual. La medida busca evitar una salida masiva de ganado y garantizar la estabilidad del sector. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación del plazo**: Se extiende el plazo para el abandono definitivo de la producción lechera hasta el 1 de mayo de 1992. ⚠️ **Necesidad de transición paulatina**: La medida busca evitar una salida masiva de ganado en un corto periodo de tiempo. 📋 **Regulación del sector lechero**: La norma refleja una intervención estatal para regular la producción lechera. ℹ️ **Entrada en vigor inmediata**: La Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden de Ministerio - **Fecha**: 27 de marzo de 1992 - **Materias**: Ganadería, producción lechera, políticas agrarias - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: abandono definitivo, producción lechera, transición paulatina, políticas agrarias, ganadería ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1992 se enmarca en un contexto de políticas agrarias comunitarias, concretamente en la gestión del sector lácteo, que ya contaba con un plan de abandono voluntario aprobado por Orden de 30 de diciembre de 1991. La normativa estatal, a su vez, solía transponer directivas de la Unión Europea para armonizar las políticas agrícolas. La diferencia fundamental aquí es la ampliación del plazo para el cese definitivo de la producción lechera, originalmente fijado para el 1 de abril de 1992 y extendido hasta el 1 de mayo. Esta modificación, aprobada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, buscaba evitar una salida masiva y desordenada de ganado, permitiendo una transición más gradual. Para el ciudadano productor, esta prórroga significaba una mayor flexibilidad para organizar el fin de su actividad, mitigando posibles impactos económicos y logísticos inmediatos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────