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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 16 de marzo de 1992 por la que se establece un plan experimental de pesca con palangre de fondo y artes de enmalle de fondo hasta el 31 de diciembre de 1992 en determinada zona del litoral noroeste.

BOE-A-1992-8911Publicada: 24/04/1992MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 16 de marzo de 1992 por la que se establece ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la Orden de 16 de marzo de 1992, que establecía un plan experimental de pesca en una zona del litoral noroeste. Se corrigen errores de redacción en el texto y en los datos de los buques mencionados en el anexo. 2. **CONTEXTO** La Orden de 16 de marzo de 1992 establecía un plan experimental de pesca con palangre de fondo y artes de enmalle de fondo en una determinada zona del litoral noroeste. Dicha orden fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 78, de 31 de marzo de 1992. Posteriormente se detectaron errores en el texto de dicha orden, que afectaban la precisión de la información y la correcta aplicación del plan experimental. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores en la Orden de 16 de marzo de 1992, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 78, de 31 de marzo de 1992. Los errores afectan tanto al texto principal como al anexo de la orden. En concreto, se corrigen los siguientes errores: - **Primera corrección**: En la página 10783, primera columna, artículo 1.º, puntos A a H, ambos inclusive, donde dice: «longitud», debe decir «latitud» y donde dice: «latitud», debe decir «longitud». Esta corrección afecta la precisión geográfica del área de aplicación del plan experimental, lo cual es fundamental para la correcta delimitación de la zona de pesca. - **Segunda corrección**: En el anexo, página 10783, se corrigen los datos de los buques mencionados. Se corrige el código del buque denominado «Coral», donde dice: CI-4-1378, debe decir CO-4-1378. Asimismo, el buque «Elisa Broces», donde dice: SE-4-2890, debe decir FE-4-2890. El buque «Hermanos Sambade», debe decir «Hermanos Sambad». Finalmente, el buque «Saturnino Juan» GI-4-1162, debe decir «Saturno Juan» GI-8.1162. Estas correcciones son relevantes para la identificación correcta de los buques autorizados a participar en el plan experimental. La corrección de estos errores es fundamental para garantizar la precisión de la normativa y su correcta aplicación. La norma no introduce nuevos contenidos, sino que se limita a corregir errores previamente detectados en la Orden de 16 de marzo de 1992. La corrección se realiza mediante la transcripción de las rectificaciones necesarias, sin alterar el contenido general del plan experimental. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en la Orden de 16 de marzo de 1992, que establecía un plan experimental de pesca. Las correcciones afectan tanto al texto principal como al anexo, garantizando la precisión de la normativa. No se introduce nueva normativa, sino que se corrige información errónea. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores en la Orden de 1992**: Se corrigen errores en el texto y en los datos de los buques mencionados. ⚠️ **Relevancia para la aplicación del plan experimental**: Las correcciones son esenciales para la correcta aplicación de la normativa. 📋 **Transcripción de rectificaciones**: La norma se limita a transcribir las correcciones necesarias, sin alterar el contenido general. ℹ️ **Publicación en el Boletín Oficial del Estado**: La Orden original fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 78, de 31 de marzo de 1992. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 31 de marzo de 1992 (publicación de la Orden original) - **Materias**: Pesca, plan experimental, corrección de errores - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Orden Ministerial, corrección de errores, plan experimental, pesca, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1992, que corrige errores de una orden anterior sobre un plan experimental de pesca, se enmarca en un contexto nacional de regulación pesquera. Antes de esta corrección, la orden original contenía imprecisiones en la delimitación geográfica y en la identificación de embarcaciones, lo cual es crucial para la correcta aplicación de las medidas pesqueras. A diferencia de normativas autonómicas que podrían tener competencias específicas en sus litorales, esta orden de ámbito nacional buscaba unificar criterios para una zona concreta. La corrección, aprobada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, es vital para el ciudadano pescador, ya que asegura que las coordenadas y los datos de los buques sean precisos, evitando así posibles sanciones o confusiones en el desarrollo de la actividad pesquera experimental y en el cumplimiento de las normativas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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