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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 9 de abril de 1992 por la que se ratifica la modificación del Reglamento de la Denominación de Origen «Costers del Segre» y de su Consejo Regulador.

BOE-A-1992-8910Publicada: 24/04/1992MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 9 de abril de 1992 por la que se ratifica la modificación del Reglament ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 9 de abril de 1992 ratifica la modificación del Reglamento de la Denominación de Origen «Costers del Segre» y de su Consejo Regulador. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 10 de abril de 1992. Se trata de una norma ministerial que modifica y ratifica una decisión previa del Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Costers del Segre». La modificación se realizó con el objetivo de actualizar y mejorar el régimen jurídico y de gestión de esta Denominación de Origen. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 9 de abril de 1992 ratifica la modificación del Reglamento de la Denominación de Origen «Costers del Segre» y de su Consejo Regulador, aprobada previamente por el Consejo Regulador. Esta modificación se incorpora al Reglamento general de las Denominaciones de Origen, que se encuentra en el ámbito de la legislación comunitaria y nacional. La norma establece que la modificación se realizará mediante el procedimiento previsto en el Reglamento (CE) nº 1493/1999, que establece las normas para la protección de las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas. La Orden establece que la modificación afecta al Reglamento de la Denominación de Origen «Costers del Segre», que se encuentra en el ámbito de la legislación comunitaria, y que se aplica en el territorio nacional. La modificación se refiere a los aspectos relacionados con la producción, la calidad, la denominación, la protección y la gestión del vino denominado «Costers del Segre». En concreto, la modificación incluye cambios en los criterios de producción, en la definición de la zona geográfica, en los requisitos de calidad del vino, y en la estructura del Consejo Regulador. Estos cambios se realizan con el fin de garantizar la autenticidad, la calidad y la protección de la Denominación de Origen. La Orden también establece que la modificación se incorpora al Reglamento general de las Denominaciones de Origen, que se encuentra en el ámbito de la legislación comunitaria, y que se aplica en el territorio nacional. La norma establece que la modificación se realizará mediante el procedimiento previsto en el Reglamento (CE) nº 1493/1999, que establece las normas para la protección de las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas. La norma establece que la modificación se realizará mediante el procedimiento previsto en el Reglamento (CE) nº 1493/1999, que establece las normas para la protección de las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas. La modificación se refiere a los aspectos relacionados con la producción, la calidad, la denominación, la protección y la gestión del vino denominado «Costers del Segre». La Orden también establece que la modificación se incorpora al Reglamento general de las Denominaciones de Origen, que se encuentra en el ámbito de la legislación comunitaria, y que se aplica en el territorio nacional. La norma establece que la modificación se realizará mediante el procedimiento previsto en el Reglamento (CE) nº 1493/1999, que establece las normas para la protección de las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1992 ratifica una modificación del Reglamento de la Denominación de Origen «Costers del Segre», que se incorpora al marco jurídico comunitario. La norma establece cambios en los criterios de producción, calidad y gestión del vino. La modificación se realiza mediante el procedimiento previsto en el Reglamento (CE) nº 1493/1999. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ratificación de modificación**: La Orden ratifica una modificación previa del Reglamento de la Denominación de Origen «Costers del Segre». ⚠️ **Procedimiento comunitario**: La modificación se realiza mediante el procedimiento previsto en el Reglamento (CE) nº 1493/1999. 📋 **Criterios de producción y calidad**: La modificación incluye cambios en los criterios de producción, calidad y gestión del vino. ℹ️ **Aplicación nacional**: La norma se aplica en el territorio nacional y se incorpora al marco jurídico comunitario. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de aplicación general - **Fecha**: 9 de abril de 1992 - **Materias**: Denominación de Origen, vino, protección de productos, Consejo Regulador - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1992, la regulación de la Denominación de Origen «Costers del Segre» se regía por normativas anteriores, probablemente un reglamento previo que ahora se modificaba. Esta orden, al ser de ámbito nacional, se inserta en el marco de la política agraria común europea y la legislación estatal española sobre denominaciones de origen, buscando armonizar la protección de productos agroalimentarios. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propios reglamentos específicos para denominaciones de origen, esta orden ratifica una modificación a nivel estatal, lo que implica que su aprobación recae en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (en ese momento). La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que establece las reglas claras sobre la producción, calidad y comercialización de los vinos de «Costers del Segre», garantizando su autenticidad y protegiendo al consumidor de posibles engaños y al productor de la competencia desleal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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