Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2023.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una resolución de la Dirección General de Tráfico que fija las normas especiales de circulación que se aplicarán a lo largo de todo el año 2023 en las carreteras interurbanas españolas. Su objetivo es mejorar la seguridad vial y evitar atascos en los momentos del año con mayor volumen de tráfico. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a dos grupos: por un lado, a los organizadores de eventos deportivos, marchas ciclistas y cualquier actividad que ocupe o interfiera con la vía pública; por otro, a los conductores de camiones y vehículos de transporte de mercancías —especialmente los que superan los 7.500 kg— y a los transportistas de mercancías peligrosas que circulen por carreteras bajo control estatal. **¿Qué cambia o establece?** La resolución fija dos tipos de restricciones concretas. Primera: en las fechas y horarios de mayor afluencia de tráfico (recogidos en anexos), no se autorizarán pruebas deportivas ni eventos que entorpezcan la circulación, salvo excepciones tasadas como competiciones federadas de ámbito oficial. Segunda: en esas mismas fechas y tramos, los camiones pesados tienen prohibido circular, con excepciones para el transporte de ganado vivo, mercancías perecederas, vehículos de Correos (de lunes a viernes), camiones de sal para carreteras con hielo y vehículos de auxilio en vía. Para las mercancías peligrosas se añade además la obligación de seguir rutas específicas designadas en la Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas (RIMP).
💬 Contexto ciudadano
Estas medidas especiales renuevan anualmente el régimen histórico de restricciones de tráfico en carreteras estatales españolas, que se remonta a regulaciones previas de la DGT. Mientras que España mantiene estas restricciones selectivas de camiones pesados en épocas de congestión, otros Estados europeos optan por prohibiciones más amplias o sistemas de peajes dinámicos, como Francia o Italia. Las comunidades autónomas no pueden establecer restricciones equivalentes en carreteras estatales (competencia exclusiva de la DGT), aunque sí en sus propias redes. Esta diferencia importa al ciudadano porque determina si el transporte de mercancías ajustará costes a horarios restringidos, cómo se distribuyen las congestiones entre carreteras estatales y autonómicas, y si eventos locales pueden celebrarse libremente o requieren excepciones estatales.