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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 766/1992, de 26 de junio, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de las Comunidades Europeas.

BOE-A-1992-15288Publicada: 30/06/1992MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 766/1992, de 26 de junio, sobre entrada y permanencia en España de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 766/1992, de 26 de junio, establece normas sobre la entrada y permanencia en España de los nacionales de Estados miembros de las Comunidades Europeas, en cumplimiento de los tratados internacionales y directivas europeas vigentes. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto se dicta en el marco de la Ley Orgánica 7/1985, que regula los derechos de los extranjeros en España. Se basa en el Tratado de Adhesión a las Comunidades Europeas y en directivas europeas como la 90/364/CEE, 90/365/CEE y 90/366/CEE, que establecen derechos de residencia para trabajadores, estudiantes y otros grupos. El objetivo es adaptar la normativa española a los nuevos marcos europeos y garantizar la libre circulación de los ciudadanos europeos en España. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 766/1992, de 26 de junio, regula la entrada, permanencia y estancia en España de los ciudadanos de los Estados miembros de las Comunidades Europeas, en cumplimiento de los tratados internacionales y directivas europeas. La norma se fundamenta en la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, que establece que las normas sobre extranjeros no perjudican los tratados internacionales en los que España sea parte. En el texto se menciona que el Real Decreto 1099/1986, de 26 de mayo, fue dictado en cumplimiento de las obligaciones derivadas del Tratado de Adhesión a las Comunidades Europeas, y regulaba las formalidades administrativas para el ejercicio de los derechos de entrada y permanencia en España por parte de los ciudadanos de los Estados miembros. Sin embargo, con la aprobación del Reglamento CEE número 2194/1991, se modificó la situación previa, lo que hizo necesario la adopción de una nueva disposición. El Real Decreto 766/1992 incorpora las directivas europeas de 1990, como la 90/364/CEE (derecho de residencia), la 90/365/CEE (derecho de residencia de los trabajadores por cuenta ajena o propia que hayan dejado de ejercer una actividad profesional), y la 90/366/CEE (derecho de residencia de los estudiantes), que debían ser incorporadas al derecho interno antes del 30 de junio de 1992. El Real Decreto establece que las normas generales de la Ley Orgánica 7/1985, así como las normas reglamentarias vigentes sobre la materia, serán aplicables a los supuestos comprendidos en el ámbito de aplicación del presente Real Decreto, con carácter supletorio y en la medida en que no se opongan a los Tratados constitutivos de la CEE y a sus modificaciones. Además, se incluyen disposiciones transitorias y derogatorias. La Disposición transitoria segunda establece que el régimen especial y transitorio previsto en el Capítulo III del Real Decreto 1099/1986 se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 1992 para los nacionales de Luxemburgo y sus familiares que realicen actividades laborales por cuenta ajena. La Disposición derogatoria única establece que queda derogado el Real Decreto 1099/1986, de 26 de mayo, así como cuantas otras disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto. La Disposición final primera establece que las normas de carácter general de la Ley Orgánica 7/1985 y las normas reglamentarias vigentes sobre la materia serán aplicables a los supuestos comprendidos en el ámbito de aplicación del presente Real Decreto, con carácter supletorio y en la medida en que no se opongan a los Tratados constitutivos de la CEE y a sus modificaciones. La Disposición final segunda autoriza a los Ministros de Asuntos Exteriores, del Interior y de Trabajo y Seguridad Social para dictar, conjunta o separadamente, en el ámbito de sus competencias, las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de lo dispuesto en el presente Real Decreto. La Disposición final tercera establece que el presente Real Decreto entrará en vigor el día 1 de julio de 1992. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 766/1992, de 26 de junio, regula la entrada y permanencia en España de los ciudadanos de los Estados miembros de las Comunidades Europeas, en cumplimiento de los tratados internacionales y directivas europeas. Se derogó el Real Decreto 1099/1986 y se incorporaron normas vigentes. El Real Decreto entró en vigor el 1 de julio de 1992. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de la entrada y permanencia**: Se establecen normas para la entrada y permanencia en España de ciudadanos de Estados miembros de las Comunidades Europeas. ⚠️ **Derogación del Real Decreto 1099/1986**: Se derogó el anterior Real Decreto en favor de las nuevas normas. 📋 **Incorporación de directivas europeas**: Se incorporaron las directivas 90/364/CEE, 90/365/CEE y 90/366/CEE. ℹ️ **Vigencia y transitoriedad**: El Real Decreto entró en vigor el 1 de julio de 1992 y se mantuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 1992 para algunos casos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 26 de junio de 1992 - **Materias**: Derecho de extranjería, libre circulación, derechos de los ciudadanos europeos - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: entrada, permanencia, ciudadanos europeos, directivas, derogación, vigencia, libre circulación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1992, la normativa española sobre la entrada y permanencia de ciudadanos comunitarios se basaba principalmente en el Real Decreto 1099/1986, que ya buscaba adaptar la legislación interna a las obligaciones derivadas del Tratado de Adhesión a las Comunidades Europeas, permitiendo la entrada y permanencia para actividades laborales o de servicios. Sin embargo, este nuevo Real Decreto actualiza la regulación para incorporar directivas europeas clave de 1990 sobre el derecho de residencia y responde a la evolución de la libre circulación de trabajadores, adelantando períodos transitorios. A diferencia de normativas anteriores, que se centraban más en el aspecto laboral, este Real Decreto amplía el enfoque al derecho de residencia en sí mismo, lo cual es fundamental para el ciudadano porque garantiza una mayor seguridad jurídica y facilita su establecimiento en España más allá de la mera actividad profesional, consolidando la libre circulación como un derecho efectivo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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