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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 673/1992, de 19 de junio, por el que se regulan los resarcimientos por daños a víctimas de bandas armadas y elementos terroristas.

BOE-A-1992-15284Publicada: 30/06/1992MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 673/1992, de 19 de junio, por el que se regulan los resarcimientos ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 673/1992 establece un régimen de resarcimiento para víctimas de bandas armadas y elementos terroristas, con el objetivo de garantizar una indemnización uniforme y justa, y derogar normativas anteriores que generaban discriminación en la concesión de ayudas. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto fue aprobado en 1992, en un contexto de creciente preocupación por el terrorismo y la violencia armada en España. La normativa anterior, como la Ley Orgánica 9/1984, había sido derogada, y se buscaba establecer un marco legal más claro y equitativo para la indemnización de víctimas. La necesidad de un régimen uniforme surgió por la discriminación en la aplicación de ayudas, que dependían del régimen de previsión de la víctima. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 673/1992 regula los resarcimientos por daños a víctimas de bandas armadas y elementos terroristas, estableciendo un régimen de indemnización uniforme. Este régimen sustituye a la Ley Orgánica 9/1984, cuyo derecho de indemnización fue recogido en el artículo 64.1 de la Ley 33/1987, de Presupuestos Generales del Estado para 1988, y desarrollado por el Real Decreto 1311/1988. El artículo 64 de la Ley 33/1987 establecía que las lesiones no invalidantes deberían ser indemnizadas según el baremo de indemnizaciones vigente en el sistema de Seguridad Social. Sin embargo, este criterio generaba discriminación, ya que la cantidad indemnizatoria variaba según el régimen de previsión de la víctima, lo que no era coherente con la finalidad de las ayudas. Para resolver esta situación, se introdujo la disposición adicional decimosexta de la Ley 4/1990, que modificó el artículo 64 de la Ley 33/1987, estableciendo una regla de cuantificación uniforme. Además, se permitió la concesión de ayudas con carácter provisional, a cuenta de la definición que proceda, para garantizar una respuesta inmediata a las víctimas. El Real Decreto 673/1992 también establece que los expedientes se tramitan por el procedimiento de urgencia, lo que acelera su resolución. Además, se establecen requisitos para la concesión de ayudas, como la justificación de su uso en la reparación de la vivienda, y se fija un plazo de prescripción de un año para reclamar. En cuanto a la aplicación, el Real Decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y será aplicable a los hechos ocurridos a partir del 1 de enero de 1992. Además, se habilitan créditos en los Presupuestos Generales del Estado para hacer efectivas las previsiones del Real Decreto. El Real Decreto derogó el Real Decreto 1311/1988, de 28 de octubre, y otras disposiciones de igual o inferior rango que se oponían a su contenido, asegurando así la vigencia de un marco legal coherente y uniforme para la indemnización de víctimas de actos terroristas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 673/1992 establece un régimen de indemnización uniforme para víctimas de actos terroristas, derogando normativas anteriores que generaban discriminación. Establece plazos, requisitos y mecanismos de justificación para la concesión de ayudas, garantizando una protección más equitativa y eficiente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Indemnización uniforme**: Se establece un régimen de indemnización que elimina la discriminación entre víctimas según su régimen de previsión. ⚠️ **Derogación de normativas anteriores**: Se sustituye la Ley Orgánica 9/1984 y el Real Decreto 1311/1988, que generaban incoherencias. 📋 **Procedimiento de urgencia**: Los expedientes se tramitan de forma acelerada para garantizar una respuesta inmediata a las víctimas. ℹ️ **Requisitos de justificación**: Las ayudas deben ser justificadas en el plazo de doce meses, con excepciones previstas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 19 de junio de 1992 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho de daños, derecho de víctimas de terrorismo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: indemnización, víctimas de terrorismo, resarcimiento, derecho administrativo, normativa de desarrollo ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1992, la indemnización a víctimas de terrorismo se regía por la Ley Orgánica 9/1984 y posteriormente por el artículo 64 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 1988, desarrollado por un Real Decreto anterior. Este sistema presentaba disparidades, ya que las lesiones no invalidantes se valoraban según baremos de Seguridad Social, resultando en cuantías diferentes para daños similares según la condición laboral de la víctima, una discriminación que se buscaba corregir. La normativa estatal ha ido evolucionando a través de sucesivas leyes de presupuestos, introduciendo modificaciones para unificar criterios y permitir pagos provisionales, además de ampliar la cobertura a daños materiales en la vivienda habitual. Esta evolución, aprobada por el Gobierno central, es crucial para el ciudadano porque garantiza una compensación más equitativa y oportuna, independientemente de su situación profesional, y amplía el abanico de daños resarcibles, buscando paliar de forma más efectiva las consecuencias del terrorismo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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